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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE JUNIO DEL AÑO 2022 (27/06/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 21

21 NORMAS LEGALES Lunes 27 de junio de 2022 El Peruano / ubicado en el distrito de Baños del Inca, provincia y departamento de Cajamarca (en adelante, la obra), y el valor de la Tasación ascendente a S/ 141 776.70 (Ciento Cuarenta y Un Mil Setecientos Setenta y Seis con 70/100 Soles); Que, en forma posterior a la emisión de la referida Resolución Ministerial, el Sujeto Pasivo mani fi esta su aceptación a la oferta de adquisición; por lo que, solicita retornar al trato directo conforme a lo dispuesto en el numeral 21.8 del artículo 21 del TUO de la Ley; para tal efecto, a través del “Acta de Entrega – Recepción de la posesión del inmueble de 0.0555 ha, de titularidad de MOET Confecciones Textiles EIRL., a favor del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, conforme a lo establecido en el numeral 21.8 del artículo 21 del TUO del Decreto Legislativo Nº 1192”, de fecha 22 de abril de 2022, realiza la entrega anticipada de la posesión del inmueble a favor del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, con Memorando Nº 1128-2022-MTC/19.03, la Dirección de Disponibilidad de Predios de la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes, encuentra conforme lo expresado en el Informe Nº 018-2022-MTC/19.03-HMÑ-MCHDLC, a través del cual se ha sustentado que resulta procedente la aplicación del numeral 21.8 del artículo 21 del TUO de la Ley, señalando que corresponde dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 1231-2021-MTC/01.02, que aprueba la ejecución de la expropiación del inmueble con código PM1G-AERCAJAMARCA-PR-0294, y en consecuencia aprobar el valor total de la Tasación y el pago por la adquisición del citado inmueble, conforme el procedimiento de trato directo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, la Resolución Ministerial Nº 658-2021-MTC/01 que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, y el Decreto Supremo Nº 015-2020-VIVIENDA, que aprueba el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la ejecución de obras de infraestructura; SE RESUELVE:Artículo 1.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 1231-2021-MTC/01.02, que aprueba la ejecución de la expropiación del área de un (01) inmueble con código PM1G-AERCAJAMARCA-PR-0294, afectado por la ejecución de la obra: Aeropuerto “Mayor General FAP Armando Revoredo Iglesias”, ubicado en el distrito de Baños del Inca, provincia y departamento de Cajamarca, y el valor de la Tasación, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Aprobar el valor total de la Tasación ascendente a S/ 169 832,04 (CIENTO SESENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y DOS CON 04/100 SOLES), monto que incluye el incentivo a la adquisición equivalente al 20% del valor comercial del inmueble identi fi cado con código PM1G- AERCAJAMARCA-PR-0294, afectado por la ejecución de la obra: Aeropuerto “Mayor General FAP Armando Revoredo Iglesias”, ubicado en el distrito de Baños del Inca, provincia y departamento de Cajamarca, así como el pago correspondiente, conforme se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 3.- Disponer que la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes, dentro del plazo máximo de sesenta (60) días hábiles de emitida la presente Resolución Ministerial, gestione la suscripción de los instrumentos de transferencia a favor del Bene fi ciario y el pago del valor total de la Tasación a que se re fi ere el artículo 2 de la presente Resolución Ministerial. Artículo 4.- Disponer que dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes de suscrito el Formulario Registral y efectuado el pago del valor total de la Tasación, la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes remita al Registro de Predios de la SUNARP, el Formulario Registral y copia certi fi cada del documento que acredite el pago del monto del valor total de la Tasación, a favor del Sujeto Pasivo. El Registrador Público dentro de los siete (07) días hábiles de recibida la solicitud con los citados documentos, inscribe la adquisición a nombre del Sujeto Activo o Bene fi ciario, bajo responsabilidad, según lo previsto en el artículo 22 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de inmuebles, transferencia de inmuebles de propiedad del Estado, liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la ejecución de obras de infraestructura, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 015-2020-VIVIENDA. Además, el registrador, bajo responsabilidad, debe levantar las cargas y gravámenes que existan sobre el bien inmueble; asimismo, los acreedores pueden cobrar sus acreencias con el valor total de la Tasación pagado directamente o vía consignación a el Sujeto Pasivo. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN MAURO BARRANZUELA QUIROGA Ministro de Transportes y Comunicaciones Anexo Valor total de la Tasación del área de un (01) inmueble afectado por la ejecución del Aeropuerto “Mayor General FAP Armando Revoredo Iglesias”, ubicado en el distrito de Baños del Inca, provincia y departamento de Cajamarca CÓDIGO VALOR COMERCIAL DEL INMUEBLE (S/)PERJUICIO ECONOMICO (S/)INCENTIVO DEL 20% DEL VALOR COMERCIAL DEL INMUEBLE (S/)VALOR TOTAL DE LA TASACIÓN (S/) PM1G- AERCAJAMARCA- PR-0294140 276,70 1 500,00 28 055,34 169 832,04 2080974-1 Amplían Lista de Servicios que forma parte del Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas aprobada mediante R.M. N° 555-2017 MTC/01.02, a fin de incluir el ítem “Servicios financieros intercompañías y de accionistas” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 541-2022-MTC/01.02 Lima, 24 de junio de 2022VISTOS: Las Cartas Nos. CSPCP-LTR-GMA-131-2021 y CSPCP-LTR-GMA-005-2022 de la empresa Cosco Shipping Ports Chancay Peru S.A., el O fi cio Nº 0013- 2022-EF/61.01 y el Informe Nº 0020-2022-EF/61.03 de la Dirección General de Política de Ingresos Públicos del Ministerio de Economía y Finanzas, los O fi cios Nos. 1028 y 1681-2022-MTC/19, los Memorandos Nos. 1913 y 2740-2022-MTC/19 y los Informes Nos. 0354, 0670, 0971 y 1287-2022-MTC/19.02 de la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes; y, CONSIDERANDO: Que, el numeral 3.2 del artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 973, Decreto Legislativo que establece el Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas, y sus modi fi catorias (en adelante, el Decreto Legislativo Nº 973), establece que