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25 NORMAS LEGALES Lunes 27 de junio de 2022 El Peruano / o Archivo Central de la entidad presente oportunamente su cronograma de eliminación de documentos al Archivo General de la Nación, como parte del Plan Anual de Trabajo Archivístico, conforme al marco normativo vigente.” Artículo 3.- Modi fi car el inciso b del numeral 8.2 de las VIII. Disposiciones Generales de la Directiva Nº 001-2018-AGN/DAI, “Norma para la eliminación de documentos de archivo del Sector Público”, el cual quedará redactado de la siguiente manera: “8.2 Procedimiento para entidades que No cuentan con Programa de Control de Documentos. (…)b. Es un requisito previo para solicitar la autorización de eliminación que el Órgano de Administración de Archivos o Archivo Central de la entidad presente oportunamente su cronograma de eliminación de documentos al Archivo General de la Nación, como parte del Plan Anual de Trabajo Archivístico, conforme al marco normativo vigente. Las entidades (órgano de plani fi cación y alta dirección) brindarán las facilidades para que el plan de trabajo sea aprobado en el plazo correspondiente, y de esta forma facilitar la eliminación de documentos.” Artículo 4.- Modi fi car el inciso k del numeral 8.4 de las VIII. Disposiciones Generales de la Directiva Nº 001-2018-AGN/DAI, “Norma para la eliminación de documentos de archivo del Sector Público”, el cual queda redactado de la siguiente manera: “8.4 Evaluación del expediente de autorización para eliminación de documentos. (…)k. La Dirección de Archivo Intermedio será responsable de atender la solicitud de revisión del expediente de eliminación teniendo un plazo máximo de veinte (20) días hábiles, en caso no tenga observaciones en aspectos de fondo y forma respecto a los requisitos establecidos en la presente directiva, y derivarlo a la Comisión Técnica de Archivos. Si el dictamen otorgado por la Comisión Técnica de Archivos es desfavorable se archiva el procedimiento, debiendo notifi car a la entidad.” Artículo 5.- Incorporar el inciso n al numeral 8.4 de las VIII. Disposiciones Generales de la Directiva Nº 001-2018-AGN/DAI, “Norma para la eliminación de documentos de archivo del Sector Público”, el cual queda redactado de la siguiente manera: “8.4 Evaluación del expediente de autorización para eliminación de documentos. (…)n. La Dirección de Archivo Intermedio coordina con las entidades públicas el recojo de los documentos archivísticos declarados innecesarios en un plazo máximo de cuarenta y cinco (45) días hábiles, bajo responsabilidad, posterior a la noti fi cación de la resolución jefatural de autorización.” Artículo 6.- Modi fi car el inciso d de las IX. Disposiciones Complementarias de la Directiva Nº 001-2018-AGN/DAI, “Norma para la eliminación de documentos de archivo del Sector Público”, el cual queda redactado de la siguiente manera: “IX. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS (…)d. El Archivo General de la Nación y los Archivos Regionales, en el ámbito de sus competencias conforme a ley, son los únicos entes facultados para hacer efectiva la eliminación de los documentos archivísticos que previamente hayan sido autorizados, mediante acto administrativo, por el Archivo General de la Nación o los Archivos Regionales, según corresponda; debiendo cumplir con un procedimiento interno debidamente aprobado, controlado y documentado, mediante el cual se determine el uso de métodos seguros y e fi caces que garanticen que la información contenida en dichos soportes no pueda ser recuperada o restituida”. Artículo 7.- Incorporar el inciso e en las IX. Disposiciones Complementarias de la Directiva Nº 001-2018-AGN/DAI, “Norma para la eliminación de documentos de archivo del Sector Público”, el cual queda redactado de la siguiente manera: “IX. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS (…)e. El Archivo Regional conforme a sus competencias elabora y aprueba un procedimiento que recoja los lineamientos dispuestos en el numeral 8.4, considerando en los plazos, aquellos que se ajusten a la disponibilidad de sus recursos, con excepción del inciso n), para el cual el plazo máximo será de noventa (90) días hábiles, bajo responsabilidad”. Artículo 8.- Incorporar el inciso c en las X. Disposiciones Transitorias de la Directiva Nº 001-2018-AGN/DAI, “Norma para la eliminación de documentos de archivo del Sector Público”, el cual queda redactado de la siguiente manera: “X. DISPOSICIONES TRANSITORIAS (…)c. En un plazo no mayor a treinta (30) días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de la presente resolución, el Archivo General de la Nación aprueba el documento interno establecido en el inciso d de las Disposiciones Complementarias”. Artículo 9.- Disponer que los expedientes de eliminación de documentos presentados hasta la fecha de publicación de la presente resolución, y que aún no se encuentren con la resolución de autorización, sean tramitados en aplicación de la norma vigente y sus modi fi catorias. Artículo 10.- Disponer que la Dirección de Archivo Intermedio y el órgano funcional que ejecute el proceso de eliminación de documentos en los Archivos Regionales, efectúe la gestión correspondiente para la implementación de la modi fi cación dispuesta. Artículo 11.- Mantener subsistentes los demás extremos de la Directiva Nº 001-2018-AGN/DAI, “Norma para la eliminación de documentos de archivo del Sector Público”, aprobada por la Resolución Jefatural Nº 242-2018-AGN/J, de fecha 24 de octubre de 2018, y su modi fi catoria contenida en la Resolución Jefatural Nº 029-2019-AGN/J, de fecha 25 de enero de 2019. Artículo 12.- Encargar al Área de Trámite Documentario y Archivo que noti fi que la presente resolución a los interesados. Artículo 13.- Disponer la publicación de la presente resolución jefatural en el Diario O fi cial El Peruano. Asimismo, la presente resolución será publicada en el portal institucional del Archivo General de la Nación (www.agn.gob.pe) en la misma fecha de publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.RICARDO ARTURO MOREAU HEREDIA Jefe Institucional 2080567-1 INSTITUTO NACIONAL DE ENFERMEDADES NEOPLASICAS Designan Director Ejecutivo del Departamento de Atención de Servicio al Paciente del INEN RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 200-2022-J/INEN Surquillo, 24 de junio del 2022