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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE JUNIO DEL AÑO 2022 (27/06/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 27

27 NORMAS LEGALES Lunes 27 de junio de 2022 El Peruano / los servicios de saneamiento y productos y servicios derivados de los sistemas establecidos en la Ley Marco. Que, mediante Memorándum N.° 099-2022-SUNASS- ODS-MDD, la ODS Madre de Dios presentó el documento “Propuesta de Determinación de Área de la Prestación de Servicios del departamento de Madre de Dios”, el cual ha sido revisado por la Dirección de Ámbito de la Prestación y está acorde con la Metodología en sus distintas fases, por lo que corresponde su aprobación. De acuerdo con lo dispuesto en el literal b) del artículo 37 de la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones de la Sunass, aprobado por Decreto Supremo N.º 145-2019-PCM. SE RESUELVE:Artículo 1°.– DETERMINAR el Área de Prestación de Servicios del departamento de Madre de Dios conforme al documento denominado “Determinación del Área de Prestación de Servicios del departamento de Madre de Dios” que se acompaña como anexo y forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2°.- NOTIFÍQUESE la presente resolución a Empresa Prestadora de Servicio de Saneamiento Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Tambopata Sociedad Anónima – – EPS EMAPAT S.A. Artículo 3°.- NOTÍFIQUESE la presente resolución al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Programa Nacional de Saneamiento Rural, Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento (OTASS) y Gobierno Regional de Madre de Dios. Artículo 4°.- La presente resolución deberá publicarse en el diario o fi cial El Peruano y en el portal institucional de la SUNASS (www.sunass.gob.pe). El documento “Determinación del Área de Prestación de Servicios del departamento de Madre de Dios” se difundirá en el portal institucional de la SUNASS. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARIELA PACHECO AUSEJO Directora de la Dirección de Ámbito de la Prestación 2079988-1 Determinan el Área de Prestación de Servicios del departamento de Puno conforme al documento denominado “Determinación del Área de Prestación de Servicios del departamento de Puno” RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN DE ÁMBITO DE LA PRESTACIÓN Nº 017-2022-SUNASS-DAP Lima, 21 de junio de 2022VISTOS:El documento “Propuesta de Determinación del Área de Prestación de Servicios del departamento de Puno” presentado por la O fi cina Desconcentrada de Servicios de Puno (en adelante ODS Puno) mediante Memorándum N.° 0130-2022-SUNASS-OD-PUN. CONSIDERANDO:Que, el numeral 1 del artículo 79 Texto Único Ordenado de la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo N.° 005-2020-VIVIENDA (en adelante Ley Marco), dispone en relación con los mercados de servicios de saneamiento que corresponde a la Sunass determinar las áreas de prestación de los servicios de saneamiento y productos y servicios derivados de los sistemas detallados en el artículo 2 de la Ley Marco. Que, el numeral 7 del artículo 4 del Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley Marco, aprobado por Decreto Supremo N.° 016-2021-VIVIENDA, de fi ne el Área de Prestación de Servicios como el ámbito de responsabilidad en el que el prestador de los servicios de saneamiento brinda estos e incluye el área potencial en el que podría brindarlos de manera e fi ciente. Además, establece que el área potencial se de fi ne de acuerdo con la escala e fi ciente, la política de integración y otros criterios que determine la Sunass. Que, mediante Resolución de Consejo Directivo N.º 013-2020-SUNASS-CD se aprobó la “Metodología para determinar el área de prestación de servicios” (en adelante la Metodología), cuyo fi n, bajo un proceso estructurado, es alcanzar la e fi ciencia y sostenibilidad de la prestación de los servicios de saneamiento. Que, el literal b) del artículo 65 de la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones de la Sunass, aprobado por Resolución de Presidencia N.° 040-2019-SUNASS-PCD, señala que es función de las o fi cinas desconcentradas de servicios proponer a la Dirección de Ámbito de la Prestación la determinación de las áreas de prestación de los servicios de saneamiento y productos y servicios derivados de los sistemas previstos en la Ley Marco. Que, el literal b) del artículo 37 de la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones de la Sunass, aprobado por Decreto Supremo N.° 145-2019-PCM, dispone que es función de la Dirección de Ámbito de la Prestación determinar las áreas de prestación de los servicios de saneamiento y productos y servicios derivados de los sistemas establecidos en la Ley Marco. Que, mediante Memorándum N.° 0130-2022-SUNASS- OD-PUN, la ODS Puno presentó el documento “Propuesta de Determinación de Área de la Prestación de Servicios del departamento de Puno”, el cual ha sido revisado por la Dirección de Ámbito de la Prestación y está acorde con la Metodología en sus distintas fases, por lo que corresponde su aprobación. De acuerdo con lo dispuesto en el literal b) del artículo 37 de la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones de la Sunass, aprobado por Decreto Supremo N.º 145-2019-PCM. SE RESUELVE:Artículo 1°.– DETERMINAR el Área de Prestación de Servicios del departamento de Puno conforme al documento denominado “Determinación del Área de Prestación de Servicios del departamento de Puno” que se acompaña como anexo y forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2°.- NOTIFÍQUESE la presente resolución a Empresa Municipal de Saneamiento Básico de Puno Sociedad Anónima - Emsapuno S.A-, Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento Sedajuliaca Sociedad Anónima – EPS SEDAJULIACA S.A-, Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento Municipal de Agua Potable y Alcantarillado Nor Puno Sociedad Anónima -EPS NOR PUNO S.A-, Empresa Prestadora de Servicio de Saneamiento Aguas del Altiplano Sociedad de Responsabilidad Limitada – EPS AGUAS DEL ALTIPLANO S.R.L- y Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado Yunguyo Sociedad de Responsabilidad Limitada -EMAPA Y S.R.L.-. Artículo 3°.- NOTÍFIQUESE la presente resolución al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Programa Nacional de Saneamiento Rural, Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento (OTASS) y Gobierno Regional de Puno. Artículo 4°.- La presente resolución deberá publicarse en el diario o fi cial El Peruano y en el portal institucional de la SUNASS (www.sunass.gob.pe). El documento “Determinación del Área de Prestación de Servicios del departamento de Puno” se difundirá en el portal institucional de la SUNASS. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARIELA PACHECO AUSEJO Directora de la Dirección de Ámbito de la Prestación 2079988-2