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57 NORMAS LEGALES Viernes 4 de marzo de 2022 El Peruano / perjuicio de las normas particulares establecidas, con carácter general no está permitido: - Fumar e ingerir cualquier tipo de bebida alcohólica en las instalaciones de rehabilitación. - Introducir utensilios o envases de vidrio en las instalaciones de rehabilitación. - El acceso de animales en las instalaciones de rehabilitación, a excepción de los que sirven de guías para una persona con discapacidad visual. - Jugar y/o efectuar calentamientos con balones, pelotas, etc. en vestuarios, pasillos y todos aquellos espacios que se consideren deportivos. - Prohibida la venta alimentos o bebidas en las instalaciones de rehabilitación. - La utilización de las instalaciones de rehabilitación, para impartir clases con la fi nalidad de obtener algún bene fi cio económico particular. e) Prioridades de la utilización de las instalaciones de Rehabilitación La prioridad de utilización de las instalaciones de rehabilitación será la siguiente: - Para los programas o proyectos de la OMAPED y otras de la MDSMP previa coordinación con la OMAPED. - Para los miembros de la comunidad del Distrito de San Martín de Porres que requieran del servicio, previa coordinación con la OMAPED. - Para programas y proyectos de docencia relacionados a los servicios que brinda la OMAPED. f) Duración de Uso La duración del uso de la instalación deberá quedar refl ejada en la solicitud, pudiendo ser ésta limitada por el personal de la OMAPED, responsable de la gestión de uso de la instalación. Estará determinado de acuerdo a las terapias programadas y no puede ser permanente en el tiempo, sino esporádica en caso de docencia y convenios. Artículo 21º.- PISCINA ADAPTADA (SEMI OLIMPICA) a) Usuarios: Se entiende por usuarios de la piscina adaptada, toda persona debidamente identi fi cada que hace uso de las instalaciones, participando en programas deportivos, recreativos y artísticos promovidos por la MDSMP, teniendo como encargado de la administración de la referida piscina al coordinador del OMAPED b) Derechos de los Usuarios Los usuarios de la piscina adaptada, tendrán los siguientes derechos, sin perjuicio de aquellos otros derivados del tipo de instalación previsto en el presente reglamento: - Utilizar la piscina, espacios complementarios como vestuarios, duchas, material deportivo, que se encuentra en perfectas condiciones de uso, de limpieza y mantenimiento. - Hacer uso de la piscina en los días y en el horario establecido por la OMAPED sujeto a disponibilidad de espacios, tomando en cuenta programas deportivos, recreativos y artísticos así como también horarios de entrenamientos. - Acceder a la instalación deportiva con antelación sufi ciente al horario de la actividad, para poder efectuar el cambio de ropa y permanecer en ella una vez fi nalizada la actividad el tiempo necesario para dicha tarea, salvo en los casos en que la actividad coincida con la apertura de la instalación. - Ser tratados con educación y respeto por el personal y los instructores que prestan los servicios en la piscina. - Ser informado sobre las condiciones de uso de piscina, así como los programas deportivos y recreativos promovidos por la OMAPED u otra área de la MDSMP. - Presentar por escrito las quejas, reclamos o sugerencias que se estimen convenientes.c) Deberes de los Usuarios Constituyen deberes de los usuarios de la piscina: - Hacer uso de las instalaciones de acuerdo a las normas establecidas en este Reglamento, y, en su caso, de las instrucciones dadas por el personal y los instructores de la OMAPED u otro personal de la MDSMP, responsabilizándose de cualquier daño que causen en las instalaciones. - Guardar el debido respeto a los demás usuarios, al personal de la OMAPED u otro personal de la MDSMP. - Acceder a la instalación para realizar la actividad con indumentaria deportiva adecuada, gorro y lentes de natación, así como ropa de baño. - Abandonar la instalación deportiva una vez fi nalizada la actividad en la que participen. - Presentar un documento de identi fi cación, para el acceso de la instalación deportiva y para la utilización de material deportivo solicitado, en caso sea brindado por la MDSMP. - Llenar la solicitud de uso de instalaciones con anterioridad para hacer uso de la instalación deportiva (piscina). - Hacer uso del servicio o espacio que tengan concertado, pudiendo ser sancionados con la pérdida de la condición de usuarios, si de forma reiterada no hacen uso del servicio o espacio que tienen reservado. d) Prohibiciones Generales Para la adecuada ordenación de la convivencia y uso de la piscina, equipamiento deportivo y sin perjuicio de las normas particulares establecidas, con carácter general no está permitido: - Fumar e ingerir cualquier tipo de bebida alcohólica al interior de la piscina. - Introducir utensilios o envases de vidrio en la piscina.- El acceso de animales en las instalaciones de la piscina. - La entrada de tablas de surf u otros similares no autorizados por el instructor. - Jugar y/o efectuar calentamientos con balones, pelotas, etc., en las instalaciones de la piscina. - Consumo de alimentos ni bebidas en las instalaciones de la piscina. - Prohibida la venta de alimentos y bebidas e indumentarias de natación dentro de las instalaciones de la piscina. e) Prioridades de la utilización de las instalaciones Deportivas La prioridad de utilización de la piscina adaptada será la siguiente: - Para los talleres de natación de la OMAPED. - Para los programas o proyectos de la OMAPED, u otros impulsados por la MDSMP, previa coordinación con la OMAPED. - Para programas y proyectos de docencia que estén en relación a los servicios de la OMAPED. f) Duración de Uso: La duración del uso de la instalación deberá quedar refl ejada en la solicitud, pudiendo ser ésta limitada por la OMAPED, estará determinado de acuerdo a la naturaleza del evento programado. g) Obligaciones de los usuarios para el uso de la Piscina adaptada - Los Menores de 14 años, no podrán acceder a la piscina salvo que vayan acompañados de un mayor de edad que se responsabilice por su comportamiento y seguridad, cuando la actividad lo permita. - Es obligatorio ducharse antes de introducirse al agua.- Es obligatorio el uso de lentes y gorro para natación.- Será obligatorio el uso de sandalias en los vestuarios, zonas de baño y duchas, estando prohibido caminar con los pies descalzos. - No se puede hacer uso de la piscina si el usuario padece de cualquier tipo de enfermedad infectocontagiosa.