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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE MARZO DEL AÑO 2022 (04/03/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 53

53 NORMAS LEGALES Viernes 4 de marzo de 2022 El Peruano / ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO DEL DISTRITO DE PUNTA NEGRA PARA EL AÑO FISCAL 2023 Artículo Primero.- APROBAR, el reglamento que regula el proceso de presupuesto participativo basado en resultados del distrito de Punta Negra para el año fi scal 2023, el mismo que como anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- FACULTAR, a la señora Alcaldesa a dictar mediante Decreto de Alcaldía las disposiciones normativas complementarias para la adecuación, modi fi cación y aplicación de la presente Ordenanza, que sean necesarias para el desarrollo del proceso de presupuesto participativo. Artículo Tercero.- ENCOMENDAR, a la Secretaría General e Imagen Institucional, la publicación de la presente Ordenanza en el diario o fi cial “El Peruano”, y a la Sub Gerencia de Logística e Informática la publicación de su anexo en el portal de transparencia de la entidad. Artículo Cuarto.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente ordenanza a los miembros del Equipo Técnico del Proceso de Presupuesto Participativo 2023. Artículo Quinto.- DEJAR SIN EFECTO, cualquier dispositivo legal de igual o menor jerarquía que se oponga a lo dispuesto en la presente Ordenanza. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.JULIA IBET TATAJE TABOADA Alcalde 2044666-1 MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES Aprueban el Reglamento Interno del Centro Municipal para el Deporte Adaptado y Rehabilitación - CEMUDER , administrado por la OMAPED de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres ORDENANZA Nº 529-MDSMP San Martín de Porres, 14 de diciembre de 2021 EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN MARTÍN DE PORRES VISTO:En Sesión Ordinaria del Concejo Distrital de San Martin de Porres de fecha 14 de diciembre del 2021; los Informes Nº 034, 042-2021-GDH-MDSMP, de la Gerencia de Desarrollo Humano, el Informe Nº 141 -2021-SGSS-GDH/GDH de la Sub Gerencia de Servicios Sociales, el Informe Nº 020-2021-OMAPED-SGSS-GDH/MDSMPMP de la O fi cina Municipal de Atención a la Persona con Discapacidad, los Informes Nº 114,115-2021-GPP/MDSMP, de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº 478-2021-GAJ/MDSMP, de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Memorándum Nº 4042-2021-GM-MDSMP, de la Gerencia Municipal y el Dictamen Nº 005-2021-CDHyPS/MDSMP de la Comisión de Desarrollo Humano y Programas Sociales; y, CONSIDERANDO:Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley Nº 30305, establece que las municipalidades tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; concordante en el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, que sostiene que dicha autonomía municipal radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, asimismo el Artículo 42º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los Decretos de Alcaldía establecen normas Reglamentarias y de aplicación de las Ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y e fi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal; Que, el Artículo 2º de la Ley Nº 29973 - Ley General de la Persona con Discapacidad, señala: “La persona con discapacidad es aquella que tiene una o más defi ciencias físicas, sensoriales, mentales o intelectuales de carácter permanente que, al interactuar con diversas barreras actitudinales y del entorno, no ejerza o pueda verse impedida en el ejercicio de sus derechos y su inclusión plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones que las demás”; Que, por otro lado la citada Ley en el Capítulo IV determina la Salud y Rehabilitación, y el Capítulo V estípula la Educación y Deporte, como derechos fundamentales de las personas con discapacidad para lograr una verdadera inclusión social y mejorar su calidad de vida; Que, con la Ordenanza Nº 366-MDSMP, de fecha 16 de julio del 2014, se conforma la O fi cina Municipal para la Atención a la Personas con Discapacidad- OMAPED, dependiente de la Sub Gerencia de Servicios Sociales; Que, con el Informe Nº 020-2021-OMAPED-SGSS- GDH/MDSMP, el Coordinador de la OMAPED, presenta la propuesta complementada del Reglamento Interno del Centro Municipal para Deporte Adaptado y Rehabilitación – CEMUDER, cuya fi nalidad es contar con un instrumento normativo que establezca las acciones y servicios que brinda el Centro Municipal para el Deporte Adaptado y Rehabilitación CEMUDER administrado por la OMAPED de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres; Que, mediante Informe Nº 141-2021-SGSS-GDH/ MDSMP, la Sub Gerencia de Servicios Sociales, emite opinión favorable por la propuesta del Reglamento Interno del Centro Municipal para el Deporte Adaptado y Rehabilitación – CEMUDER, con el cual se regulará las actividades y servicios que se brindan en el Centro Municipal para el Deporte Adaptado y Rehabilitación, cuyo alcance será para los operadores y personas con discapacidad residentes en la jurisdicción; Que, con el Informe Nº 034-2021-GDH/MDSMP, la Gerencia de Desarrollo Humano, rati fi ca el informe emitido por la Sub Gerencia de Servicios Sociales considerando que la propuesta del Reglamento Interno del CEMUDER permitirá la atención ordenada de sus usuarios; Que, a través del Informe Nº 478-2021-GAJ/MDSMP, la Gerencia de Asesoría Jurídica, emite opinión favorable por Reglamento Interno del Centro Municipal para el Deporte Adaptado y Rehabilitación de las personas con Discapacidad, permitiendo de esta manera regular los espacios del CEMUDER, por loque debe proseguirse con el trámite administrativo interno y elevarlo ante el Concejo Municipal; Estando a los fundamentos expuestos y a las conferidas en los Artículos 9º numeral 8º y 40º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades y modi fi catorias; con el voto por unanimidad de los miembros del Concejo Municipal y la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, se acordó aprobar lo siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO INTERNO DEL CENTRO MUNICIPAL PARA EL DEPORTE ADAPTADO Y REHABILITACION – CEMUDER, ADMINISTRADO POR LA OMAPED DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MARTIN DE PORRES Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento Interno del Centro Municipal para el Deporte Adaptado y Rehabilitación - CEMUDER de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, el mismo que es administrado por la O fi cina Municipal de Atención a la Persona con Discapacidad – OMAPED, dependiente de