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56 NORMAS LEGALES Viernes 4 de marzo de 2022 El Peruano / se debe encontrar en perfectas condiciones de uso, de limpieza y mantenimiento. - Hacer uso de las instalaciones en los días y en el horario establecido por la OMAPED sujeto a disponibilidad de espacios, tomando en cuenta programas recreativos, educativos, deportivos y artísticos así como también horarios de entrenamientos. - Acceder a la instalación deportiva con antelación sufi ciente al horario de la actividad, para poder efectuar el cambio de ropa y permanecer en ella una vez fi nalizada la actividad el tiempo necesario para dicha tarea, salvo en los casos en que la actividad coincida con la apertura de la instalación. - Ser tratados con educación y respeto por el personal que presta los servicios de las instalaciones deportivas. - Ser informado sobre las condiciones de uso de las instalaciones deportivas, así como los programas deportivos y recreativos de la MDSMP. - Presentar por escrito las quejas, reclamos o sugerencias que se estimen convenientes. c) Deberes de los Usuarios- Hacer uso de las instalaciones de acuerdo a lo establecido en este Reglamento, y, en su caso, de las instrucciones dadas por el personal de la OMAPED u otro de la MDSMP autorizado para ello, responsabilizándose de cualquier daño que causen en las instalaciones. - Guardar el debido respeto a los demás usuarios, al personal de la OMAPED y otro de la MDSMP. - Acceder a la instalación para realizar la actividad con indumentaria deportiva adecuada según horario establecido, observándose especialmente la necesidad de calzado idóneo para la práctica deportiva. - Acceder a la instalación deportiva con ropa adecuada en todo momento y permanecer con la misma el tiempo de utilización de la instalación. - Abandonar la instalación deportiva una vez fi nalizada la actividad en la que participen. - Presentar un documento de identi fi cación, para el acceso de la instalación deportiva y para la utilización de material deportivo solicitado. - Llenar la solicitud de uso de instalaciones con anterioridad para hacer uso de la instalación deportiva. - Hacer uso del servicio o espacio que tengan concertado, pudiendo ser sancionados con la pérdida de la condición de usuarios, si de forma reiterada no hacen uso del servicio o espacio que tienen reservado. d) Prohibiciones Generales Para la adecuada ordenación de la convivencia y uso de la instalación deportiva, equipamiento deportivo y sin perjuicio de las normas particulares establecidas, con carácter general no está permitido: - Fumar e ingerir cualquier tipo de bebida alcohólica en las instalaciones deportivas. - Introducir utensilios o envases de vidrio en las instalaciones deportivas. - El acceso de animales en las instalaciones deportivas, a excepción de los que sirven de guías para una persona con discapacidad visual. - La entrada de patines, monopatines, bicicletas o cualquier otro tipo salvo en los lugares autorizados o destinados a tal fi n. - Jugar y/o efectuar calentamientos con balones, pelotas, etc., en vestuarios, pasillos y todos aquellos espacios que se consideren deportivos. - Prohibida la venta alimentos o bebidas en las instalaciones deportivas. - La utilización de las instalaciones deportivas para impartir clases con la fi nalidad de obtener algún bene fi cio económico particular. e) Prioridades de la utilización de las instalaciones Deportivas La prioridad de utilización de las instalaciones deportivas será la siguiente: - Para los programas o proyectos de la OMAPED y otras de la MDSMP previa coordinación con la OMAPED.- Para programas y proyectos de docencia relacionados a los servicios que brinda la OMAPED. f) Duración de Uso La duración del uso de la instalación deberá quedar refl ejada en la solicitud, pudiendo ser ésta limitada por el personal de la OMAPED, responsable de la gestión de uso de la instalación. Estará determinado de acuerdo al evento programado y no puede ser permanente en el tiempo, sino esporádica en caso de docencia y convenios. Artículo 20º.- SALA DE REHABILITACION Y TERAPIA a) Usuarios El uso de las instalaciones se extiende para los usuarios de las instalaciones, a toda persona debidamente identi fi cada que hace uso de las instalaciones, participando en programas de rehabilitación física por la MDSMP, teniendo como encargado de la administración de la referida Sala de Rehabilitación al Coordinador de la OMAPED. b) Derechos de los Usuarios Los usuarios de las instalaciones de la sala de rehabilitación, tendrán los siguientes derechos, sin perjuicio de aquellos otros derivados del tipo de instalación previsto en el presente reglamento: - Utilizar la sala de rehabilitación, espacios complementarios como vestuarios, duchas, material deportivo (en caso lo brinde la MDSMP), que se debe encontrar en perfectas condiciones de uso, de limpieza y mantenimiento. - Hacer uso de las instalaciones en los días y en el horario establecido por la OMAPED sujeto a disponibilidad de espacios, tomando en cuenta programas de rehabilitación y terapia física. - Acceder a la instalación de rehabilitación con antelación su fi ciente al horario de la terapia, para poder efectuar el cambio de ropa y permanecer en ella una vez fi nalizada la terapia el tiempo necesario para dicha tarea, salvo en los casos en que la terapia coincida con la apertura de la instalación. - Ser tratados con educación y respeto por el personal que presta los servicios de las instalaciones de rehabilitación. - Ser informado sobre las condiciones de uso de las instalaciones de rehabilitación, así como los programas realizados por la MDSMP. - Presentar por escrito las quejas, reclamos o sugerencias que se estimen convenientes. c) Deberes de los Usuarios- Hacer uso de las instalaciones de acuerdo a las normas establecidas en este Reglamento, y en su caso, de las instrucciones dadas por el personal de la OMAPED u otro de la MDSMP autorizado para ello, responsabilizándose de cualquier daño que causen en las instalaciones. - Guardar el debido respeto a los demás usuarios, al personal de la OMAPED y otro de la MDSMP. - Acceder a la instalación para realizar la actividad con indumentaria adecuada según horario establecido. - Abandonar la instalación de rehabilitación una vez fi nalizada la terapia en la que participen. - Presentar una solicitud con anticipación, para la programación de las terapias indicadas por su médico rehabilitador. - Llenar la solicitud de uso de instalaciones con anterioridad para hacer uso de la instalación de rehabilitación. - Hacer uso del servicio o espacio que tengan concertado, pudiendo ser sancionados con la pérdida de la condición de usuarios, si de forma reiterada no hacen uso del servicio o espacio que tienen reservado. d) Prohibiciones Generales Para la adecuada ordenación de la convivencia y uso de la instalación y equipamiento de rehabilitación, sin