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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE MARZO DEL AÑO 2022 (04/03/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 44

44 NORMAS LEGALES Viernes 4 de marzo de 2022 El Peruano / SEGUNDO. ANÁLISIS DEL CASO CONCRETO 2.1. Conforme a los actuados, el señor alcalde solicitó la convocatoria de candidato no proclamado por haberse declarado la vacancia de los señores regidores. 2.2. Antes de realizar dicha convocatoria, corresponde a este organismo electoral veri fi car la legalidad del procedimiento de vacancia, conforme a lo prescrito en el primer párrafo del artículo 23 de la LOM (ver SN 1.3.), y constatar si se cumplió con el debido proceso, observando las garantías y los derechos de las autoridades cuestionadas. La vacancia de los señores regidores fue aprobada en la Sesión de Concejo Extraordinaria N° 003-2021, del 23 de noviembre de 2021, y formalizada con los Acuerdos de Concejo N° 029-2021-MDAV y N° 030-2021-MDAV, del 24 del mismo mes y año. La noti fi cación de estos acuerdos se efectuó el 1 de diciembre de 2021, tal como se detalla en el numeral 1.3. de los antecedentes de esta resolución, de conformidad con lo establecido en el TUO de la LPAG (ver SN 1.5.). Los señores regidores no interpusieron medios impugnatorios en contra de aquellos dentro del plazo legal, por lo que quedaron consentidos. 2.3. Estando a lo expuesto, se veri fi ca que se respetaron las reglas de este procedimiento; en consecuencia, corresponde dejar sin efecto las credenciales otorgadas a los señores regidores y proceder acorde al numeral 2 del artículo 24 de la LOM (ver SN 1.4.). 2.4. Así, se debe convocar a doña Micaela Calderón de Miranda, identi fi cada con DNI Nº 00372598, candidata no proclamada de la organización política Aguas Verdes Nueva Generación, y a don Santos Clever Luna Infante, identi fi cado con DNI Nº 00368326, candidato no proclamado de la organización política Fuerza Popular, para que asuman el cargo de regidores del Concejo Distrital de Aguas Verdes, para lo cual se les otorgarán las respectivas credenciales que los facultan como tales. 2.5. La noti fi cación del presente pronunciamiento debe diligenciarse conforme a lo dispuesto en el Reglamento (ver SN 1.6.). Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE1. DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a don Javier Eduardo Valdiviezo Ruesta, regidor del Concejo Distrital de Aguas Verdes, provincia de Zarumilla, departamento de Tumbes, emitida con motivo del proceso de Elecciones Regionales y Municipales 2018, por la causa de inconcurrencia injusti fi cada a tres (3) sesiones ordinarias consecutivas o seis (6) no consecutivas durante tres (3) meses, prevista en el numeral 7 del artículo 22 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. 2. DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a don José Luis Yovera Silupu, regidor del Concejo Distrital de Aguas Verdes, provincia de Zarumilla, departamento de Tumbes, emitida con motivo del proceso de Elecciones Regionales y Municipales 2018, por la causa de inconcurrencia injusti fi cada a tres (3) sesiones ordinarias consecutivas o seis (6) no consecutivas durante tres (3) meses, prevista en el numeral 7 del artículo 22 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. 3. CONVOCAR a doña Micaela Calderón de Miranda, identi fi cada con DNI Nº 00372598, para que asuma el cargo de regidora del Concejo Distrital de Aguas Verdes, provincia de Zarumilla, departamento de Tumbes, a fi n de completar el periodo de gobierno municipal 2019-2022, para lo cual se le entregará la credencial que la faculta como tal. 4. CONVOCAR a don Santos Clever Luna Infante, identi fi cado con DNI Nº 00368326, para que asuma el cargo de regidor del Concejo Distrital de Aguas Verdes, provincia de Zarumilla, departamento de Tumbes, a fi n de completar el periodo de gobierno municipal 2019-2022, para lo cual se le entregará la credencial que lo faculta como tal.5. PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán noti fi cados conforme a lo dispuesto en el Reglamento sobre la Casilla Electrónica del Jurado Nacional de Elecciones, aprobado mediante la Resolución Nº 0929-2021-JNE. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SALAS ARENAS MAISCH MOLINASANJINEZ SALAZAR SÁNCHEZ VILLANUEVASánchez Corrales Secretario General (e) 1 Aprobado por la Resolución N° 0929-2021-JNE, publicada el 5 de diciembre de 2021, en el diario o fi cial El Peruano . 2044463-1 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Actualización del monto máximo de cobertura del Fondo de Seguro de Depósitos correspondiente al trimestre marzo 2022 - mayo 2022 CIRCULAR Nº B-2258-2022 Lima, 3 de marzo de 2022 CIRCULAR Nº B-2258-2022 F-597-2022 CM-446-2022 CR-313-2022 ------------------------------------------------------------- Ref.: Actualización del monto máximo de cobertura del Fondo de Seguro de Depósitos correspondiente al trimestre marzo 2022 – mayo 2022 ------------------------------------------------------------- Señor Gerente General: Sírvase tomar nota que en uso de las atribuciones conferidas por el numeral 9 del artículo 349º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y sus modi fi catorias, así como de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 18º de dicha Ley General, esta Superintendencia dispone la actualización trimestral, correspondiente al periodo marzo 2022 – mayo 2022, del monto máximo de cobertura que reconoce el Fondo de Seguro de Depósitos, señalado en el artículo 153º de la mencionada Ley General, y sobre la base de las condiciones de excepción dispuestas en el numeral 3.2 del artículo 14º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS y sus modi fi catorias, dispone la publicación de la presente circular. En tal sentido, el monto máximo de cobertura que reconoce el Fondo de Seguro de Depósitos durante el periodo marzo 2022 – mayo 2022 se indica a continuación: