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21 NORMAS LEGALES Miércoles 16 de marzo de 2022 El Peruano / Directoral Nº 001-2022-EF/51.01 establece que, el Marco Legal y Ejecución del Presupuesto de la Entidad deben ser conciliados con la Dirección General de Contabilidad Pública (DGCP) del Ministerio de Economía y Finanzas, proceso que se inicia con la presentación de la carpeta de información del marco legal y culmina con las fi rmas del Acta en el aplicativo web “Presentación Digital de la Rendición de Cuentas”; Que, en el Paso 5: Suscripción Electrónica O fi cio (Titular de la Entidad) de la Guía de Usuario “Cierre de la Conciliación del Marco Legal y Ejecución Presupuestaria del III Trimestre 2021”, que se aprueba con la Directiva N° 001-2021-EF/51.01 “Norma para la preparación y presentación de la Información Financiera y Presupuestaria de las Entidades del Sector Público y Otras Formas Organizativas No Financieras que administren Recursos Públicos para periodos intermedios del Ejercicio Fiscal 2021”, aprobada por Resolución Directoral N° 007- 2021-EF/51.01, a fi n de guiar el uso del Módulo de Presentación Digital y de Rendición de Cuentas y el Módulo Contable - Información Financiera Presupuestal, se indica que la suscripción del O fi cio para presentar la Conciliación del Marco Legal y Ejecución del Presupuesto Anual ante la DGCP puede ejecutarla el Delegado del Titular matriculado en la opción “Registro de Funcionarios” del SIAF WEB - Módulo Contable; Que, el numeral 17.1 del artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, establece que la autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga efi cacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la e fi cacia del acto el supuesto de hecho justi fi cativo para su adopción; Que, mediante el Informe N° 00000032-2022-PRODUCE/OA la O fi cina de Abastecimiento de la O fi cina General de Administración propone y sustenta la delegación, en el/la Director/a General de la O fi cina General de Administración, de la facultad de aprobar las modi fi caciones del Cuadro Multianual de Necesidades, de conformidad con lo dispuesto por la Directiva N° 005-2021-EF/54-01; Que, en atención a lo indicado en la Directiva N° 001-2022-EF/51.01 “Normas para la Preparación y Presentación de la Información Financiera y Presupuestaria de las Entidades del Sector Público y Otras Formas Organizativas No Financieras que Administren Recursos Públicos para el cierre del ejercicio fi scal y los períodos intermedios” y en los demás fundamentos citados en el Informe N° 00000034-2022-PRODUCE-OP, la O fi cina de Presupuesto de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización propone la delegación de facultades en la O fi cina General de Administración, a fi n que suscriba el O fi cio de Presentación de la información de la Conciliación del Marco Legal y Ejecución del Presupuesto Anual; además, por los Memorandos Nos. 00000184-2022-PRODUCE/OGA, 00000211-2022-PRODUCE/OGA, 00000237-2022-PRODUCE/OGA y 00000240-2022-PRODUCE/OGA la O fi cina General de Administración mani fi esta su conformidad a la propuesta presentada y fundamentada por la O fi cina de Presupuesto, así como por la O fi cina de Contabilidad; Que, atendiendo a los fundamentos descritos en los considerandos precedentes, resulta conveniente incorporar el literal r) al numeral 4.1 y el literal d) al numeral 4.3 del artículo 4 de la Resolución Ministerial Nº 00460-2021-PRODUCE, por los cuales se delega en el/la Director/a General de la O fi cina General de Administración las facultades que se detallan en la parte resolutiva de la presente Resolución, en materias de Contrataciones del Estado así como Contable y de Tesorería, respectivamente, a fi n de coadyuvar a una adecuada gestión que permita al Ministerio de la Producción a agilizar el cumplimiento de sus funciones y optimizar la gestión administrativa;Con las visaciones de la Secretaría General, de la Ofi cina General de Administración, de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y sus modi fi catorias; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; el Decreto Legislativo N° 1047, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y sus modi fi catorias; y el Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE y su modi fi catoria; SE RESUELVE:Artículo 1. Incorporar el literal r) en el numeral 4.1 y el literal d) en el numeral 4.3 del artículo 4 de la Resolución Nº 00460-2021-PRODUCE, en los siguientes términos: “ Artículo 4.- Delegación de facultades en el/ la Director/a General de la O fi cina General de Administración Delegar en el/la Director/a General de la O fi cina General de Administración del Ministerio de la Producción, respecto de la Unidad Ejecutora 001: Ministerio de la Producción, las facultades siguientes: 4.1 En materia de Contrataciones del Estado (…)r) Aprobar las modi fi caciones del Cuadro Multianual de Necesidades – CMN del Ministerio de la Producción 2022 – 2024, en el marco de lo dispuesto por la Directiva Nº 0005-2021-EF/54.01 “Directiva para la Programación Multianual de Bienes, Servicios y Obras”, aprobada mediante Resolución Directoral Nº 0014-2021-EF/54.01, y por la demás normativa de la materia, según corresponda. (…) 4.3 En materia Contable y de Tesorería (…)d) Suscribir el O fi cio para la presentación de la Conciliación del Marco Legal y Ejecución del Presupuesto Anual ante la Dirección General de Contabilidad Pública del Ministerio de Economía y Finanzas, de conformidad con lo establecido en la normativa del Decreto Legislativo N° 1438, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Contabilidad, modi fi cado mediante el Decreto Legislativo N° 1525, Decreto Legislativo que modi fi ca diversos artículos del Decreto Legislativo N° 1438, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Contabilidad. (…)”. Artículo 2. De la vigencia de las delegaciones Las delegaciones de facultades, aprobadas mediante la presente Resolución Ministerial, tienen vigencia durante el Año Fiscal 2022. La delegación en materia Contable y de Tesorería, establecida en el literal d) del numeral 4.3 del artículo 4 de la Resolución Nº 00460-2021-PRODUCE, surte sus efectos con e fi cacia anticipada al 21 de febrero de 2022. Artículo 3. Noti fi cación Notifi car la presente Resolución Ministerial a todos los órganos del Ministerio de la Producción y a sus organismos públicos y programas adscritos, para conocimiento y fi nes correspondientes. Artículo 4. Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce), el mismo día de su publicación en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE LUIS PRADO PALOMINO Ministro de la Producción 2048188-1