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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE MARZO DEL AÑO 2022 (16/03/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 34

34 NORMAS LEGALES Miércoles 16 de marzo de 2022 El Peruano / Hernández, en el cargo de Jefe de OCI de la Municipalidad Provincial de Nasca, la cual se encuentra bajo el ámbito de control de la Gerencia Regional de Control de Ica, por la causal prevista en el literal d) del numeral 7.1.3.2 de la Directiva de los OCI, y designar al señor Jhonny Eduardo Franco Quispes, en el cargo de Jefe de OCI de la citada entidad; Que, a través de la Hoja Informativa Nº 000018-2022- CG/PER, la Subgerencia de Personal y Compensaciones evalúa y sustenta la propuesta de designación del Jefe de OCI de la Municipalidad Provincial de Nasca, habiendo verifi cado el cumplimiento de los requisitos establecidos en el Clasi fi cador de Cargos de la Contraloría General de la República, aprobado por Resolución de Contraloría Nº 225-2020-CG, y demás disposiciones aplicables para dicho proceso; Que, a través del Memorando Nº 000189-2022- CG/GCH, la Gerencia de Capital Humano remite la Hoja Informativa Nº 000018-2022-CG/PER, así como la documentación que sustenta la veri fi cación del cumplimiento de los requisitos para la designación del profesional propuesto para el cargo de Jefe de OCI de la Municipalidad Provincial de Nasca; Que, de acuerdo a las consideraciones expuestas, y estando a lo informado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y Normatividad en Control Gubernamental mediante Hoja Informativa Nº 000068-2022-CG/GJNC, y a lo expuesto en la Hoja Informativa Nº 000069-2022-CG/AJ, de la Subgerencia de Asesoría Jurídica, se considera jurídicamente viable la emisión de la Resolución de Contraloría de conclusión y designación en el cargo de Jefe del Órgano de Control Institucional de la Municipalidad Provincial de Nasca, disponiendo las acciones de personal necesarias, de conformidad con la propuesta que elevó la Vicecontraloría de Servicios de Control Gubernamental; En uso de las facultades conferidas por el artículo 32 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modi fi catorias; y, conforme a lo dispuesto en la Directiva Nº 020-2020-CG/NORM “Directiva de los Órganos de Control Institucional”, aprobada por Resolución de Contraloría Nº 392-2020-CG, y modi fi cada mediante Resolución de Contraloría Nº 124-2021-CG; SE RESUELVE:Artículo 1.- Dar por terminada, a partir de la publicación de la presente Resolución, la designación del señor Raúl Eduardo Almora Hernández, en el cargo de Jefe del Órgano de Control Institucional de la Municipalidad Provincial de Nasca. Artículo 2.- Designar, a partir de la publicación de la presente Resolución, al señor Jhonny Eduardo Franco Quispes, en el cargo de Jefe del Órgano de Control Institucional de la Municipalidad Provincial de Nasca. Artículo 3.- Disponer que la entidad proporcione los medios necesarios para el ejercicio de la función de control, de conformidad con la normativa vigente. Artículo 4.- Disponer, de corresponder, que el personal que se reincorpora a la Contraloría General de la República, a mérito de lo dispuesto en el artículo 1 de la presente Resolución, deberá ser asignado a la unidad orgánica de línea, a cuyo ámbito de control pertenece la entidad donde estuvo designado. Artículo 5.- Disponer que la Gerencia de Capital Humano, la Subgerencia de Personal y Compensaciones y la Gerencia de Tecnologías de la Información adopten las acciones de su competencia, a efectos de implementar lo dispuesto en la presente Resolución. Artículo 6.- Publicar la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano (www.gob.pe/contraloria) y en la Intranet de la Contraloría General de la República. Regístrese, comuníquese y publíquese.NELSON SHACK YALTA Contralor General de la República 2048238-1JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Confirman decisión contenida en el Oficio N° 0316-2022-DNROP/JNE, por el cual la Dirección Nacional del Registro de Organizaciones Políticas dispuso no atender solicitud de ampliación de plazo para afiliaciones e inscripción de candidatos RESOLUCIÓN N° 0111-2022-JNE Expediente N° JNE.2022000416 LIMADNROPAPELACIÓN Lima, veintitrés de febrero de dos mil veintidós.VISTO: en audiencia pública virtual del 21 de febrero de 2022, debatido y votado en sesión privada de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por don Henry Jarek Tello Godoy, personero legal titular de la organización política Partido Morado (en adelante, señor personero), en contra del O fi cio N° 0316-2022-DNROP/JNE, del 12 de enero de 2022, emitido por la Dirección Nacional del Registro de Organizaciones Políticas (DNROP). Oído: el informe oral . PRIMERO. ANTECEDENTES1.1. Mediante escrito presentado el 5 de enero de 2022 (Expediente N° ADX-2022-001251), el señor personero solicitó ante la DNROP la ampliación de plazo para a fi liación e inscripción de candidatos, por siete (7) días hábiles, de manera excepcional y por única vez; toda vez que su agrupación política sufrió indefensión implícita, por haberse encontrado en un proceso de interpretación de la norma para su vigencia como partido político ante la DNROP y el Jurado Nacional de Elecciones, culminando dicho procedimiento recién el 3 de octubre de 2021, en la que se les da la razón. 1.2. A través del O fi cio N° 0316-2022-DNROP/JNE, del 12 de enero de 2022, la DNROP brindó respuesta a dicha solicitud expresando que: i) No era posible atender lo peticionado, bajo el argumento de que, no es competente para pronunciarse respecto a la inscripción de candidaturas ni ampliar los plazos para tal fi n, sin perjuicio de ello, precisó que el plazo para inscribir candidaturas recién vencerá el próximo 14 de junio de 2022. ii) El plazo para presentar a fi liaciones, no se trata de un plazo que haya sido fi jado por el Jurado Nacional de Elecciones, sino que se trata de un plazo legal preclusivo que ha sido fi jado en la Ley N° 31357 1, norma que incorporó, entre otras, la Novena Disposición Transitoria de la Ley N° 28094, Ley de Organizaciones Políticas (en adelante, LOP), la cual establece que la presentación de las a fi liaciones ante el Registro de Organizaciones Políticas (ROP) podrá efectuarse como máximo hasta el 5 de enero de 2022. SEGUNDO. SÍNTESIS DE AGRAVIOS2.1. El 20 de enero de 2022, el señor personero interpuso recurso de apelación en contra del O fi cio N° 0316-2022-DNROP/JNE, esencialmente, sobre la base de los siguientes argumentos: a) El ofi cio cuestionado contiene un acto administrativo que genera efectos perjudiciales contra la organización política Partido Morado y, por lo tanto, debe entenderse