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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE MARZO DEL AÑO 2022 (16/03/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 25

25 NORMAS LEGALES Miércoles 16 de marzo de 2022 El Peruano / S.A.C. en el plazo máximo de sesenta (60) días hábiles computados a partir de la publicación de la presente Resolución Ministerial. Para la suscripción deberá cumplir previamente con el pago por el derecho de concesión. Artículo 5.- Remitir copia de la presente Resolución Ministerial a la Dirección General de Fiscalizaciones y Sanciones en Comunicaciones para conocimiento y fi nes. Regístrese, comuníquese y publíquese.NICOLÁS BUSTAMANTE CORONADO Ministro de Transportes y Comunicaciones 2047904-1 Aprueban actualización de la “Relación de Procedimientos Administrativos a cargo de las Direcciones Regionales Sectoriales de Transportes y Comunicaciones” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 197-2022-MTC/01 Lima, 11 de marzo de 2022VISTOS: El O fi cio Múltiple N° D000016-2021- PCM-SGP de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia de Consejo de Ministros, el Memorando N° 0096-2021-MTC/03.03 del Despacho Viceministerial de Comunicaciones, el Memorando N° 0940-2021-MT/02 del Despacho Viceministerial de Transportes y el Memorando N° 0038-2022-MTC/09 de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 2 del Texto Integrado Actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Resolución Ministerial N° 658-2021-MTC/01, sobre las competencias compartidas, precisa que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, ejerce jurisdicción en el ámbito nacional, regional y local, como ente rector del sector Transportes y Comunicaciones, en el marco de sus competencias exclusivas y compartidas que le otorga la ley; Que, el numeral 43.1 del artículo 43 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, dispone que todas las entidades elaboran y aprueban o gestionan la aprobación, según el caso, de su Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), el cual comprende, entre otros, todos los procedimientos de iniciativa de parte requeridos por los administrados para satisfacer sus intereses o derechos mediante el pronunciamiento de cualquier órgano de la entidad, siempre que esa exigencia cuente con respaldo legal, el cual deberá consignarse expresamente en el TUPA con indicación de la fecha de publicación en el Diario O fi cial; Que, mediante Decreto Supremo Nº 079-2007-PCM, se aprobaron los Lineamientos para la Elaboración y Aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de las entidades de la Administración Pública, en el marco de la Ley Nº 27444, Ley de Procedimientos Administrativo General y se establecieron disposiciones para el cumplimiento de la Ley Nº 29060, Ley del Silencio Administrativo; Que, en el marco de esta normativa y en cumplimiento de su Segunda Disposición Complementaria Final, se publicaron las Resoluciones Ministeriales Nº 339-2008-MTC/01 y N° 926-2008-MTC/01, que aprueban la relación de procedimientos administrativos a cargo de las Direcciones Regionales Sectoriales de Transporte y Comunicaciones, incluyendo su denominación, requisitos máximos a solicitar y plazo máximo de atención; Que, la Segunda Disposición Complementaria Final de los Lineamientos y formatos para la elaboración y aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), aprobados mediante Resolución de Secretaría de Gestión Pública N° 005-2018-PCM- SGP, dispone que los Ministerios que mantienen competencias compartidas con los Gobiernos Regionales, publican mediante resolución ministerial la relación de procedimientos administrativos y/o servicios prestados en exclusividad a cargo de las Direcciones Regionales o los órganos que hagan sus veces, incluyendo su denominación, requisitos, plazo máximo de atención y califi cación en caso resulte pertinente; Que, asimismo, la norma citada precedentemente, señala que los Ministerios se obligan a actualizar periódicamente la citada relación, cuando se establezcan nuevos procedimientos administrativos y/o servicios prestados en exclusividad o se produzcan modi fi caciones en su denominación, requisitos, plazo máximo de atención y cali fi cación; por lo que corresponde aprobar una Resolución Ministerial actualizando dichos procedimientos administrativos, y a partir de dicha publicación corresponderá a los Gobiernos Regionales adecuar las disposiciones contenidas en su respectivo Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA, pudiendo en cualquier caso fi jar un plazo menor de atención, menores requisitos o una cali fi cación de los procedimientos más favorable a los derechos de los administrados; Que, mediante el O fi cio Múltiple N° D000016- 2021-PCM-SGP la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia de Consejo de Ministros solicita al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, proceder con la actualización de la relación de procedimientos administrativos y/o servicios prestados en exclusividad que esta Entidad aprueba mediante resolución ministerial; Que, por lo expuesto y conforme a los documentos de vistos, y teniendo en consideración la información proporcionada por el Despacho Viceministerial de Transportes, el Despacho Viceministerial de Comunicaciones, y la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, es pertinente emitir el acto resolutivo que apruebe la actualización de la “Relación de Procedimientos Administrativos a cargo de las Direcciones Regionales Sectoriales de Transportes y Comunicaciones”, incluyendo su denominación, requisitos máximos a solicitar, plazo máximo de atención y cali fi cación respecto de los procedimientos, por lo que, corresponde derogar las Resoluciones Ministeriales N° 339-2008-MTC/01 y N° 926-2008-MTC/01; De conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, los Lineamientos y formatos para la elaboración y aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) aprobados mediante Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 005-2018-PCM-SGP, y el Texto Integrado Actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado mediante Resolución Ministerial N° 658-2021-MTC/01; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la actualización de la “Relación de Procedimientos Administrativos a cargo de las Direcciones Regionales Sectoriales de Transportes y Comunicaciones”, incluyendo su denominación, requisitos máximos a solicitar, plazo máximo de atención y cali fi cación respecto de los procedimientos, que como Anexo forma parte de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Derogar las Resoluciones Ministeriales Nº 339-2008-MTC/01 y N° 926-2008-MTC/01, que aprueban la “Relación de Procedimientos Administrativos a cargo de las Direcciones Regionales Sectoriales de Transporte y Comunicaciones”. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en el Portal Institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.gob.pe/mtc), el mismo día de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.NICOLÁS BUSTAMANTE CORONADO Ministro de Transportes y Comunicaciones 2047880-1