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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE MARZO DEL AÑO 2022 (25/03/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 132

TEXTO PAGINA: 51

51 NORMAS LEGALES Viernes 25 de marzo de 2022 El Peruano / mantenimiento periódico y rutinario del camino vecinal, tramo R-080308, Ccaccahuara - Yanama - Anta - Cusco de Ancahuasi-Anta-Cusco. − Contrato N° 256-2020-GM/MPA, del 24 de agosto de 2020, en favor de don Wilman Villalobos Meléndez, en la elaboración de plan de trabajo, ejecución del mantenimiento periódico y rutinario del camino vecinal: EMP PE3S, Chinchaybamba - Ccopaccata -Sauceda Alta EMP.CU 894 (Pisonayccata) Limatambo - Anta -Cusco. − Informe N° 092-ALAP-TESO-MPA-2020, del 4 de mayo de 2020, remitido por la o fi cina de tesorería que comunica al jefe de la o fi cina de administración, sobre la observación de planilla del personal que labora en la obra de mejoramiento de la trazabilidad peatonal y vehicular de la av. Agustín Gamarra, calle 12 de Octubre y Los Sauces, del distrito de Cachimayo, provincia de Anta, departamento de Cusco, mediante el cual se da cuenta de que se le depositó la liquidación correspondiente a don Rony Villalobos, pero que este ha solicitado un formato para la devolución de lo depositado, indicando que no ha laborado dicho mes para dicha meta. c. Pase vehicular V16 con placa AU-3273, de junio de 2020, en la cual don Rony Villalobos Meléndez, declaró tener la ocupación del personal de seguridad del alcalde, con lo cual se corrobora aún más la estrecha cercanía con la familia directa de Wilman Villalobos. d. Pase vehicular B09 placa AU-3273, en la cual don Rony Villalobos Meléndez, rati fi ca tener la ocupación del personal de seguridad del alcalde, lo que corrobora aún más la estrecha cercanía con la familia directa de Wilman Villalobos. e. Con respecto al segundo criterio, la acreditación en calidad de adquirente o transferente del alcalde como persona natural o por interpósita persona o un tercero, los documentos presentados demuestran la intervención en calidad de transferente a favor de don Wilman Villalobos, en cuanto el alcalde puede decidir o in fl uir en la decisión, acerca del destino del patrimonio municipal y en este caso, teniendo el interés de pagar los gastos de campaña que don Wilman Villalobos ha invertido en favor de la candidatura del señor alcalde. f. Mencionó que ha tenido acceso a dos DVD y tres fotografías, que demuestran la amistad entre el señor alcalde y don Wilman Villalobos. En el primer DVD, de setiembre de 2018, se aprecia al señor alcalde y don Wilman Villalobos juntos, en la puerta de la Municipalidad Distrital de Ancahuasi. g. En cuanto al segundo DVD, de enero de 2019, en la ceremonia de juramentación de autoridades se aprecia a don Wilman Villalobos, como invitado especial. h. Respecto al con fl icto de intereses, se cumple debido a que el señor alcalde no ha cautelado los intereses económicos de la municipalidad, para devolver los gastos de campaña. 1.5. Para acreditar su posición, el señor recurrente adjuntó, entre otros, los siguientes documentos: − Copia del Contrato N° 184-2019-AL-MPA, del 16 de diciembre de 2019, en el cual se bene fi ciaría a don Wilman Villalobos y a don Nilzer Villalobos. − Copia del Contrato N° 170-2019-AL-MPA, del 6 de diciembre de 2019, en favor de don Nilzer Villalobos Meléndez. − Copia del Contrato N° 221-2020-GAL/MPA, del 21 de julio de 2020, en favor de don Nilzer Villalobos Meléndez. − Contrato N° 280-2020-GM/MPA, del 25 de agosto de 2020, en favor de don Nilzer Villalobos Meléndez. − Contrato N° 256-2020-GM/MPA, del 24 de agosto de 2020, en favor de don Wilman Villalobos Meléndez. − Informe N° 092-ALAP-TESO-MPA-2020, del 4 de mayo de 2020, remitido por la o fi cina de tesorería. − Sobre amarillo conteniendo un DVD con imágenes del mes de setiembre de 2019. − Sobre amarillo conteniendo un DVD con imágenes de la sesión de juramentación . 1.6. El 8 de febrero de 2021, el señor recurrente presentó un escrito con la indicación de actuación de prueba documental, bajo los siguientes argumentos:a. El contrato N° 003-2020-GAL/MPA, del 2 de enero de 2020, sobre el alquiler de camioneta 4x4 para el área de la secretaría general y a disposición de la alcaldía de la Municipalidad Provincial de Anta. b. La Adenda N° 01-2020-GAL/MPA, del 30 de abril de 2020, suscrita por don Rosendo Baca Palomino, gerente municipal, y don Wilman Villalobos Meléndez. c. Estas pruebas permiten veri fi car la concurrencia secuencial del cumplimiento de los tres elementos identi fi cados, que ameritan la vacancia del cargo del señor alcalde. 1.7. Para acreditar sus argumentos, el señor recurrente adjuntó, entre otros, los siguientes documentos: 1. Copia del Contrato N° 003-2020-GAL/MPA, del 2 de enero de 2020, sobre la contratación de alquiler de la camioneta 4x4 (maquina seca) para el área de la secretaría general y a disposición de la alcaldía de la Municipalidad Provincial de Anta. 2. Copia de Adenda N° 01-2020-GAL/MPA, del 30 de abril de 2020. 1.8. El 9 de febrero de 2021, el señor recurrente presentó un escrito con la indicación de actuación de segunda prueba documental sobreviniente necesaria para la resolución de la vacancia, bajo los siguientes argumentos: a. Actúa prueba documental de reciente hallazgo, el informe de Acción de O fi cio Posterior N° 017-2020- 2-0381-AOP, del 28 de diciembre de 2020, donde se resalta el numeral III, referente del Hecho con Indicio de Irregularidad, en el literal primero del numeral III en el que se aprecia el título Entidad contrato por procedimiento especial de selección a familiar con parentesco en segundo grado de a fi nidad de servidor público de la municipalidad provincial de Anta, afectado el principio de integridad e igualdad de trato con la que debe regirse las contrataciones del Estado. b. En la parte de antecedentes del Cuadro N° 2, mediante el grá fi co se advierte que don Rony Villalobos Meléndez, hermano de don Wilman Villalobos Meléndez, amigo y fi nancista del señor alcalde en su campaña municipal, habría sido servidor en la Municipalidad Provincial de Anta en los años 2019 y 2020, laborando como cotizador, obrero, inspector de tránsito, y desde el 30 de abril de 2020, como personal de seguridad y segundo conductor del señor alcalde. c. En el Cuadro N° 4 del presente informe se da cuenta de irregularidades efectuadas en el proceso de apertura, admisión, asignación de puntajes a ofertas y otorgamientos de buena pro, señalándose que don Wilman Villalobos Meléndez habría actuado documentación falsa para la adjudicación, a pesar de que se encontraba impedido de contratar con el Estado. d. Por lo que se habría vulnerado el segundo artículo de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado. 1.9. Para acreditar sus argumentos, el señor recurrente adjuntó el siguiente documento: 1. Copia del informe de Acción de O fi cio Posterior N° 017-2020-2-0381-AOP, del 28 de diciembre de 2020, respecto de la contratación de servicio con proveedor impedido de contratar con el Estado. 1.10. El 9 de febrero de 2021, el señor alcalde presentó un escrito bajo los siguientes argumentos: a. Todos los escritos presentados por el señor recurrente tienen los mismos fundamentos, por tanto, no merece efectuar descargo alguno. b. Sobre los contratos de mantenimiento vial, aclaró que la mayoría han sido suscritos en agosto y setiembre de 2020, durante los cuales se encontraba mal de salud, por causa del virus Sars-CoV-2 (COVID 19), tal como puede apreciarse en la constancia de atención expedida por el CLAS-Anta. 1.11. A fi n de fundamentar su posición, remitió los siguientes documentos: