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92 NORMAS LEGALES Sábado 26 de marzo de 2022 El Peruano / Incorporan el Centro Poblado Rural Huertos de Manchay, distrito de Pachacamac, provincia de Lima, a la competencia territorial del distrito fiscal de Lima Sur, y dictan otras disposiciones RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 429-2022-MP-FN Lima, 25 de marzo de 2022VISTOS:Los o fi cios Nº 4362-2021-MP-FN-PJFS-DFLE, Nº 4772-2021-MP-FN-PJFS-DFLE y Nº 5442-2021-MP-FN- PJFS-DFLE, de fechas 18 de setiembre, 12 de octubre y 15 de noviembre de 2021, respectivamente, remitidos por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Este, y; CONSIDERANDO:Mediante la Ley Nº 28765, de fecha 28 de junio de 2006, se dispuso la desconcentración y descentralización del Distrito Judicial de Lima, en los Distritos Judiciales de Lima Norte, Lima Sur y Lima Este. La Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 209-2012-MP-FN, de fecha 23 de enero de 2012, dispuso proclamar al primer presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Lima Este. A través de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1643-2014-MP-FN, de fecha 5 de mayo de 2014, se le aprobó la competencia territorial del distrito fi scal de Lima Este, entre los que se incluye al Centro Poblado Rural Huertos de Manchay. Con Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 109-2015-MP-FN, de fecha 17 de junio de 2015, se creó el distrito fi scal de Lima Este y, entre otros, dispuso se convalide los actos efectuados por el personal fi scal y administrativo del distrito fi scal de Lima Este, generados posteriores a la emisión de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 209-2012-MP-FN. El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, mediante la Resolución Administrativa Nº 298-2021-CE-PJ, de fecha 16 de septiembre de 2021, dispuso que el Centro Poblado Rural Huertos de Manchay (denominado también Zona V - Huertos de Manchay o Quebrada de Manchay) del distrito de Pachacamac, provincia de Lima, se incorpore a la competencia territorial del Distrito Judicial de Lima Sur, en razón de distancia, tiempo y economía, con la fi nalidad de mejorar el servicio de administración de justicia, garantizando la tutela jurisdiccional efectiva, que brinde una respuesta oportuna, célere, diligente y e fi caz; y así garantizar el acceso a la justicia de los pobladores que se encuentran dentro de la jurisdicción. Mediante los o fi cios de vistos, la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Este, teniendo en consideración las razones expuestas por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, solicita se conserve la concordancia interinstitucional de ambas entidades y, en tal sentido, el Centro Poblado Rural Huertos de Manchay pase a la competencia territorial del distrito fi scal de Lima Sur. Asimismo, la referida presidencia pone en conocimiento el acta suscrita por los señores fi scales del distrito de La Molina, de fecha 10 de noviembre de 2021, en la cual detallan las di fi cultades que afrontan al atender los casos del Centro Poblado Rural Huertos de Manchay, entre ellos, la distancia y los accesos a dicha zona geográ fi ca, que genera una inversión de tiempo aproximado de dos (2) horas para trasladarse de los despachos fi scales de La Molina a las sedes judiciales de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur, existiendo riesgo en los vencimientos de plazos procesales para incoar procesos inmediatos en caso de detenciones en fl agrancia, situación similar ocurre con los defensores públicos y los efectivos policiales, quienes para realizar las diligencias deben trasladarse desde la comisaría de Manchay hasta la DEPINCRI LURÍN, más aún si el Juzgado de Turno Permanente se encuentra ubicado en el Distrito Fiscal de Lima Sur. Por otro lado, la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Sur, con o fi cio Nº 457-2021-MP-FN-PJFSLIMASUR, de fecha 1 de octubre de 2021, considera que el Centro Poblado Rural Huertos de Manchay debe continuar siendo de competencia territorial del distrito fi scal de Lima Este, debido a que, entre otros, el distrito fi scal de Lima Sur no cuenta con locales, recursos administrativos, logísticos, fi nancieros, funcionales, ni con personal fi scal y administrativo para que se avoque a conocer los casos de dicha zona; sin embargo, de disponerse la ampliación de la competencia territorial del distrito fi scal de Lima Sur, que incluye al Centro Poblado Rural Huertos de Manchay; será necesario que se traslade al personal fi scal de los despachos fi scales del distrito fi scal de Lima Este, que vienen avocándose a la referida zona, al distrito fi scal de Lima Sur; asimismo, se dote de locales, personal administrativo y recursos logísticos (mobiliario, tecnológico, unidades vehiculares, entre otros), lo cual permitirá que los fi scales puedan trabajar de forma óptima en homologación con la Corte Superior de Justicia de Lima Sur. Al respecto, a través del informe Nº 44-2021-MP-FN- STI-NCPP, de fecha 25 de noviembre de 2021, la O fi cina Técnica de Implementación del Código Procesal Penal del Ministerio Público emite opinión y considera pertinente e ineludible incorporar el Centro Poblado Rural Huertos de Manchay del distrito de Pachacamac, dentro de la competencia territorial del distrito fi scal de Lima Sur, en atención a que se advierte la falta de cooperación de parte de la Policía Nacional del Perú con jurisdicción en La Molina para atender los hechos delictuosos ocurridos en Manchay, así como, la distancia que tienen que recorrer los justiciables, aproximadamente más de dos (2) horas, para llegar hasta los despachos fi scales con sede en La Molina, perteneciente al distrito fi scal de Lima Este, resultando más cercano recurrir a los despachos fi scales del distrito de Lurín, perteneciente al distrito fi scal de Lima Sur. A través del o fi cio Nº 575-2022-MP-FN-CN- FEVCMYGF, de fecha 10 de febrero de 2022, la Coordinación Nacional de las Fiscalías Provinciales Corporativas Transitorias Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar y de las Fiscalías Provinciales Corporativas en Lesiones y Agresiones en contra de las Mujeres y de los Integrantes del Grupo Familiar emite opinión favorable en cuanto a la modi fi cación de competencia territorial del Centro Poblado Rural Huertos de Manchay, a efectos de que pase a ser competencia del distrito fi scal de Lima Sur, debido a que se han presentado una serie de vicisitudes para el normal desarrollo de las investigaciones en esa zona, verbigracia las dependencias policiales de La Molina, quienes se niegan a conocer de los hechos suscitados en el Centro Poblado Rural Huertos de Manchay, al igual que la Dirección Distrital de Defensa Pública y Acceso a la Justicia de Lima Este, puesto que el centro poblado en mención ha pasado a ser jurisdicción de otra corte de justicia, y que por ende se encuentran impedidos de participar de las diligencias que se lleven a cabo. Con o fi cio Nº 996-2021-MP-FN-OCPF, de fecha 20 de diciembre de 2021, la O fi cina de Control de la Productividad Fiscal, remite información concerniente a la carga procesal de las fi scalías de La Molina correspondiente a la zona geográ fi ca del Centro Poblado Rural Huertos de Manchay, siendo la siguiente: durante el 2020; hubo 29 casos en materia de familia, 868 casos en materia penal y 524 casos en delitos de violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar; mientras que en el año 2021 (hasta el 30 de noviembre); 29 casos en materia de familia, 726 casos en materia penal y 1437 casos en delitos de violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar. De lo expuesto, atendiendo a la opinión de la O fi cina Técnica de Implementación del Nuevo Código Procesal Penal y la Coordinación Nacional de las Fiscalías Provinciales Corporativas Transitorias Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar y de las Fiscalías Provinciales Corporativas en Lesiones y Agresiones en contra de las Mujeres y de los Integrantes del Grupo Familiar y la información remitida por la O fi cina de Control de la Productividad Fiscal, y considerando que el Centro Poblado Rural Huertos de Manchay, geográ fi camente forma parte del distrito de Pachacamac y este a su vez es uno de los once distritos que conforman el distrito fi scal de Lima Sur,