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97 NORMAS LEGALES Sábado 26 de marzo de 2022 El Peruano / privadas vinculadas a la lucha contra la corrupción para que participen en las sesiones con derecho a voz, pero sin voto. Tercero.- Presidencia La Presidencia de la comisión Regional Anticorrupción es institucional, rotativa y se elige entre las instituciones que forman parte de la referida Comisión, por un período de un (1) año, con posibilidad de reelección inmediata y continua por el mismo periodo. La Presidencia solo puede recaer en los representantes de las entidades públicas. Cuarto.- Secretario Técnico4.1 La Secretaría Técnica de la Comisión Regional Anticorrupción recae en el jefe del órgano que ejerce la función de integridad en el Gobierno Regional, de acuerdo a lo establecido en los numerales 2.1 y 2.2 del artículo 2 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1327, Decreto legislativo que establece medida de protección al denunciante de actos de corrupción y sanciona las denuncias realizadas de mala fe, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2017-JUS, en concordancia con los requisitos señalados en el artículo 7 de la Ley Nº 29976. 4.2 En caso el jefe del órgano que ejerce la función de integridad sea el Gerente Regional, de manera excepcional, se puede designar a un representante para que asuma la labor de secretario técnico. 4.3 El gobierno regional comunica al presidente de la Comisión Regional Anticorrupción los datos del titular del órgano que ejerce la función de integridad en la entidad, para determinar si puede asumir la Secretaría Técnica de la CRA o -en caso de tratarse de la Gerencia Regional, excepcionalmente esta deba ser asumida por un representante. Quinto.- Funcionamiento El funcionamiento de la Comisión Regional Anticorrupción se sujeta a las disposiciones señaladas en la Ley Nº 29976, Ley que crea la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 089-2013-PCM. Sexto.- Compromiso de integridad Para asumir la condición de miembro de la Comisión Regional Anticorrupción se suscribe el compromiso de integridad conforme al Anexo B del Reglamento de la Ley 29976, Ley que crea la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción, aprobado por Decreto Supremo Nº 089-2013-PCM. Séptimo.- DISPENSAR la presente Ordenanza de Consejo Regional del trámite de lectura y aprobación del Acta. Octavo.- DELÉGUESE a Secretaria del Gobierno Regional de Pasco la publicación de la Ordenanza Regional en el diario O fi cial El Peruano y por el portal electrónico del Gobierno Regional Pasco, para el cumplimiento y conocimiento en toda la Región Pasco. Noveno.- La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Comuníquese al señor Gobernador del Gobierno Regional Pasco, para su promulgación. BISMARK ALFONSO RICALDI NANO Presidente del Consejo Regional POR TANTO:Mando se publique, registre y cumpla.Dado en la Sede Central del Gobierno Regional Pasco, de fecha uno de marzo de dos mil veintidós. PEDRO UBALDO POLINAR Gobernador Regional 2050648-1GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA Autorizan viaje de alcalde y funcionario a México, en comisión de servicios ACUERDO DE CONCEJO N°021-2022/MLV La Victoria, 16 de marzo de 2022EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE LA VICTORIA VISTO: en sesión ordinaria virtual de Concejo del 28 de febrero de 2022, el dictamen conjunto de las Comisiones de Plani fi cación, Presupuesto y Asuntos Legales; y de Servicios de Administración Tributaria y Desarrollo Económico; y, CONSIDERANDO: Que la Constitución Política del Perú, en su artículo 194° y sus modi fi catorias, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el artículo 41° de la Ley N°27972, Ley Orgánica de Municipalidades señala, que los acuerdos son decisiones que toma el Concejo, referidos a asuntos especí fi cos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; Que, mediante carta del 21 de febrero de 2022, el Instituto Mejores Gobernantes Asociación Civil, invita a participar, asistir y exponer al señor alcalde y al responsable de imagen y comunicaciones al Congreso Internacional Concejales y Regidores Cancún 2022, a realizarse el 29 de marzo al 1 de abril de 2022, en el cual se tratarán temas de Seguridad, Transparencia, Obra Pública, Medio Ambiente y Anticorrupción; Que, mediante el Informe N°086-2022-OCII-SG/MLV la Ofi cina de Comunicaciones e Imagen Institucional, opina de manera favorable respecto al viaje del señor Alcalde toda vez que la invitación al Congreso Internacional Regidores y Concejales 2022 se encuentra ligada y relacionada con prestación de los servicios públicos locales, el bienestar de los ciudadanos y el desarrollo integral, armónico y tiene fi nalidad pública; Que, el Informe N°026-2022-GDSM/MLV la Gerencia de Desarrollo Social y de la Mujer, detalla respecto a todos los programas que viene implementando y ejecutando la Municipalidad de La Victoria en bene fi cio de la comunidad victoriana, el cual cumplen con los protocolos de prevención y mitigación de riesgos sanitarios con la fi nalidad de brindar un mejor servicio y calidad de vida a las personas en situación de vulnerabilidad; Que, mediante Informe N°099-2022-GAJ/MLV la Gerencia de Asesoría Jurídica, opina de manera favorable respecto a la participación en el Congreso indicado del señor Alcalde y del funcionario de la O fi cina de Comunicaciones e Imagen Institucional, recomendando se eleve al Concejo Municipal; Que, a través del Memorando N°816-2022-GAF/ MLV la Gerencia de Administración y Finanzas pone en conocimiento que la Subgerencia de Contabilidad y Finanzas procedió a efectuar las fases del gasto emitiendo los comprobantes de pagos, por el importe de S/. 10, 257.60 a cada uno; Asimismo, se advierte que los importes del viaje, que incluye la participación, asistencia y exposición del señor alcalde, fueron calculados por la Subgerencia de Gestión