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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE MARZO DEL AÑO 2022 (26/03/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 86

86 NORMAS LEGALES Sábado 26 de marzo de 2022 El Peruano / Revocan acto de inscripción de renuncia efectuada por la Dirección Nacional de Registro de Organizaciones Políticas en el Sistema de Registro de Organizaciones Políticas y restablecen condición de afiliada a la organización política Avanza País – Partido de Integración Social RESOLUCIÓN N° 0176-2022-JNE Expediente N° JNE.2022002072 HUÁNUCODNROPAPELACIÓN Lima, veintidós de marzo de dos mil veintidós.VISTO: en audiencia pública virtual de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por doña Vilma Dina Vara Chávez (en adelante, señora recurrente) en contra del acto que dispuso el registro de su renuncia como a fi liada a la organización política Avanza País – Partido de Integración Social, que aparece en el Sistema de Registro de Organizaciones Políticas (SROP), efectuada por la Dirección Nacional de Registro de Organizaciones Políticas (DNROP). Oído: el informe oral. PRIMERO. ANTECEDENTES1.1. Mediante escrito presentado virtualmente el 18 de febrero de 2022, registrado a nombre de la señora recurrente, se solicitó ante la DNROP su renuncia de afi liación a la organización política Avanza País - Partido de Integración Social. 1.2. En atención a ello, la DNROP procedió con la inscripción de su renuncia, que aparece en el sistema de “Consulta Detallada de A fi liación” e historial de candidaturas del Registro de Organizaciones Políticas (ROP), ubicada en el portal electrónico institucional <www.jne.gob.pe>, en el enlace “SROP” 1. SEGUNDO. SÍNTESIS DE AGRAVIOS2.1. El 1 de marzo de 2022, la señora recurrente interpuso recurso de apelación en contra del acto que dispuso el registro de su renuncia a la mencionada organización política, que aparece en el SROP, efectuada por la DNROP, solicitando se declare la nulidad de dicho trámite y se le restablezca su condición de a fi liada, esencialmente, bajo los siguientes argumentos: a) La renuncia ha sido registrada sobre la base de un documento apócrifo, no emitido ni fi rmado, ni mucho menos presentada por ella, por lo que niega, de forma rotunda, que la renuncia a su a fi liación haya sido suscrita por su persona. b) El 25 de febrero de 2022, a través de la página web del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), observó con sorpresa que se había registrado su renuncia, ingresada por un tercero cuya identidad desconoce. c) El 26 de febrero presentó ante el “Departamento de Investigación Criminal de la Región Policial Huánuco” la denuncia correspondiente, al considerar que este hecho implica la suplantación de su identidad, falsi fi cación de fi rmas y otros ilícitos penales.Posteriormente, el 17 de marzo de 2022, la señora recurrente designó como abogado a don Olchese Tarazona Gonzáles para que la represente en la audiencia pública virtual y haga uso de la palabra. CONSIDERANDOS PRIMERO. SUSTENTO NORMATIVO (en adelante, SN) En la Constitución Política del Perú 1.1. El numeral 17 del artículo 2 determina: Artículo 2.- Derechos fundamentales de la persona Toda persona tiene derecho:[...] 17. A participar, en forma individual o asociada, en la vida política, económica, social y cultural de la Nación. Los ciudadanos tienen, conforme a ley, los derechos de elección, de remoción o revocación de autoridades, de iniciativa legislativa y de referéndum. 1.2. El artículo 35 establece que: Los ciudadanos pueden ejercer sus derechos individualmente o a través de organizaciones políticas como partidos, movimientos o alianzas, conforme a ley. Tales organizaciones concurren a la formación y manifestación de la voluntad popular. Su inscripción en el registro correspondiente les concede personalidad jurídica. […] En la Ley N° 28094, Ley de Organizaciones Políticas (en adelante, LOP) 1.3. Los artículos 18 y 18-A señalan que: Artículo 18°.- A fi liación a la organización política Todos los ciudadanos con derecho al sufragio pueden afi liarse libre y voluntariamente a una organización política. […]Artículo 18-A°.- RenunciaLa renuncia a la a fi liación se presenta ante la organización política o ante el Jurado Nacional de Elecciones y surte efecto desde la fecha de su presentación. La organización política debe remitir copia de la renuncia al Jurado Nacional de Elecciones. Si el a fi liado se encuentra en el extranjero, puede presentarla ante el consulado respectivo. El trámite de renuncia es gratuito. En el Reglamento del Registro de Organizaciones Políticas 2 1.4. El artículo 123 regula: Artículo 123.- Plazo para Interponer un Recurso Impugnativo Salvo que el presente Reglamento establezca un plazo distinto, todo recurso impugnativo se presenta dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la noti fi cación del acto administrativo impugnado, más el término de la distancia, en los casos que corresponda. En caso de que se impugne el contenido de un asiento registral, el plazo de impugnación es de tres (3) meses contados desde la fecha de emisión del asiento. En caso de que se impugne la a fi liación, retiro o renuncia de un ciudadano a una organización política, REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos Constitucionales Autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, deberán ser remitidos al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe. GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES