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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE MARZO DEL AÑO 2022 (31/03/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 188

TEXTO PAGINA: 185

185 NORMAS LEGALES Jueves 31 de marzo de 2022 El Peruano / de impuesto predial y la fecha de vencimiento para el pago de la primera cuota del Impuesto Predial y de la primera, segunda y tercera cuota de los Arbitrios Municipales del 2022, sin moras ni intereses; Que, a través del Memorándum Nº 226-2022-GM/MVMT, la Gerencia Municipal, teniendo en cuenta el pronunciamiento de la O fi cina de Asesoría Jurídica, remite los actuados para la emisión del acto resolutivo correspondiente; En uso de las atribuciones conferidas en el numeral 6 del Artículo 20º y el Artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972; DECRETA:Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 29 de abril de 2022, el plazo para la presentación de la declaración jurada anual de impuesto predial y la fecha de vencimiento para el pago de la primera cuota del impuesto predial y de la primera, segunda y tercera cuota de los Arbitrios Municipales 2022, sin moras ni intereses. Artículo Segundo.- PRORROGAR hasta el 29 de abril de 2022 la vigencia de la Ordenanza Nº 327-MVMT que establece el bene fi cio del pronto pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del año 2022, fechas de vencimiento de Tributos Municipales y que fi ja el monto mínimo del Impuesto Predial. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración Tributaria y a las unidades orgánicas que la conforman, la ejecución del presente Decreto de Alcaldía, a la O fi cina de Administración y Finanzas el apoyo necesario; y a la Unidad de Comunicaciones e Imagen Institucional la difusión del presente Decreto de Alcaldía a fi n de que la población tenga conocimiento de la misma. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la O fi cina de Secretaría General la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario O fi cial El Peruano; y a la Unidad de Sistemas y Tecnologías de la Información, la publicación del texto íntegro del presente Decreto en el Portal Institucional de la Municipalidad de Villa María del Triunfo www.munivmt.gob.pe. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.ELOY CHÁVEZ HERNANDEZ Alcalde 2053489-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Convocan a ciudadanía a la Audiencia Pública de Rendición de Cuentas de la Municipalidad Provincial del Callao DECRETO DE ALCALDÍA Nº 06-2022-DA/MPC Callao, 21 de marzo del 2022 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Vistos, el Memorando Nº 427-2022-MPC-GM de la Gerencia Municipal e Informe N° 014-2022/MPC/ GGPV de la Gerencia General de Participación Vecinal, sobre convocatoria a Audiencia Pública de Rendición de Cuentas, y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante la Ley N° 31433, se incorpora el artículo 119-A a la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, estableciendo que las audiencias públicas constituyen mecanismos de rendición de cuentas cuyo objetivo es dar a conocer la gestión del gobierno local, tanto en los aspectos presupuestales, como también en los referidos a los logros de la gestión y las di fi cultades que impidieron el cumplimiento de compromisos, asimismo, establece que los gobiernos locales realizan como mínimo dos audiencias públicas municipales al año, una en mayo y la otra en setiembre, con la fi nalidad de evaluar la ejecución presupuestal y examinar la perspectiva de la institución con proyección al cierre del año fi scal; Que, a través de la Ordenanza Municipal N° 003-2021 de fecha 31 marzo del 2021, se aprueba el Reglamento de las Audiencias Públicas de Rendición de Cuentas de la Municipalidad Provincial del Callao; Que, el artículo 10° del citado Reglamento establece que la Audiencia Pública de Rendición de Cuentas es convocada por Decreto de Alcaldía, con treinta (30) días calendarios de anticipación a la fecha de realización de la Audiencia Pública, debiéndose indicar en dicha convocatoria expresamente la agenda, lugar, día y hora de realización de la audiencia y lugar y plazos para la inscripción de los participantes para uso de la palabra en la Audiencia Pública; Que, en ese sentido, es necesario convocar a la Audiencia Pública de Rendición de Cuentas de la Municipalidad Provincial del Callao, para el día 4 de mayo del presente año; Estando a las consideraciones expuestas, y en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley N° 27972 y la Ley N° 31433; DECRETA:Artículo Primero.- Convocar a la ciudadanía a la Audiencia Pública de Rendición de Cuentas de la Municipalidad Provincial del Callao, conforme se detalla a continuación: 1.- Agenda: Audiencia Pública de Rendición de Cuentas de la Municipalidad Provincial del Callao del año 2021. 2.- La Audiencia Pública de Rendición de Cuentas se llevará a cabo el día 4 de mayo del 2022, a las 10.00 a.m., en forma virtual a través de la herramienta tecnológica ZOOM y cuyo enlace será difundido por la Gerencia General de Relaciones Públicas. 3.- Los ciudadanos o representantes de una organización privada o entidad pública podrán registrar su participación a través del Portal Institucional de la Municipalidad (https://www.gob.pe/municallao) o de manera directa en la Gerencia de Recepción Documental y Archivo General, hasta una hora antes que se inicie la misma. 4.- La inscripción de los participantes para el uso de la palabra en la Audiencia Pública Local se realizará en la Gerencia de Recepción Documental y Archivo General de la Municipalidad Provincial del Callao o en el Portal Web de la Municipalidad Provincial del Callao (https://www.gob.pe/municallao), en horario de o fi cina y podrán inscribirse hasta dos días antes de la realización de la Audiencia Pública. Artículo Segundo.- Encargar al Equipo Técnico de Rendición de Cuentas de la Municipalidad Provincial del Callao llevar a cabo las acciones necesarias para el debido cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Tercero.- Publíquese el presente Decreto de Alcaldía en el Diario O fi cial El Peruano y en el Portal Institucional de la Municipalidad Provincial del Callao. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. PEDRO JORGE LOPEZ BARRIOS Alcalde 2053006-1