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129 NORMAS LEGALES Sábado 7 de mayo de 2022 El Peruano / Que, el numeral 1) del artículo 4º de la Ley Nº 28983, Ley de Igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, señala que es rol del Estado: “1) Promover y garantizar la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, adoptando todas las medidas necesarias que permitan remover los obstáculos que impiden el ejercicio pleno de este derecho, con el fi n de erradicar todas las formas de discriminación.”; asimismo, el artículo 6° de la precitada Ley, establece los lineamientos que el Poder Ejecutivo, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, deben adoptar en sus políticas, planes y programas; Que, el artículo 1° del Decreto Supremo N° 015-2021- MIMP, Decreto Supremo que aprueba los Lineamientos para la Transversalización del Enfoque de Género en la Gestión Pública, señala que se debe: “Aprobar los Lineamientos para la Transversalización del Enfoque de Género en la Gestión Pública;(…), siendo su cumplimiento de carácter obligatorio para todas las entidades de la administración pública en los tres niveles de gobierno.”; Que, con Ordenanza N° 345-MVES de fecha 23 de mayo del 2016, se aprueba la “Ordenanza que aprueba los Lineamientos para la transversalización del enfoque de género en las políticas, los servicios públicos y la gestión municipal de Villa El Salvador”, que tenía como marco normativo el Decreto Supremo N° 004-2012-MIMP, el mismo que crea el Plan Nacional de Igualdad de Género 2012-2017 y garantizaba la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres; además, de tener como objeto general la Transversalización del Enfoque de Género en las Políticas Públicas del Estado Peruano en sus tres niveles de Gobierno, buscando generar la igualdad y la efectiva protección de los Derechos Humanos de Mujeres y Hombres, la no discriminación y el Pleno Desarrollo de las potencialidades y capacidades individuales y colectivas; Que, con Informe N° 116-2021-AMIG-GDIS/MVES el Área de la Mujer e Igualdad de Género, conforme a sus funciones establecidas en la Ordenanza N° 441-MVES, Ordenanza que modi fi ca la Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) con enfoque de Gestión de Resultados, aprobado con Ordenanza N° 369-MVES; propone la aprobación de una nueva Ordenanza que apruebe los Lineamientos para la Transversalización del Enfoque de Género en las Políticas, los Servicios Públicos y la Gestión Municipal de Villa El Salvador; teniendo como referencia el Decreto Supremo 015-2021-MIMP; precisando que los Lineamientos aprobados con dicho dispositivo, tienen como fi nalidad contribuir, desde cada una de las competencias y funciones de las entidades de la administración Pública de los tres niveles de Gobierno, al cierre de las desigualdades y brechas de género, en cumplimiento de lo establecido en la Ley N° 28983, Ley Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres; asimismo, adjunta la propuesta de Ordenanza, que aprueba los Lineamientos para la Transversalización del Enfoque de Género en las Políticas, los Servicios Públicos y la Gestión Municipal de Villa El Salvador y la Exposición de Motivos que la sustenta, Informe que es ratifi cado con el Informe N° 110-2021-GIDS/MVES de la Gerencia de Desarrollo e Inclusión Social; Que, con Informe N° 015-2022-UPEMPI-OPP/MVES, la Unidad de Planeamiento Estratégico Modernización y Programación de Inventarios, remite a la O fi cina de Asesoría Jurídica opinión técnica favorable sobre la aprobación de la propuesta de Ordenanza que aprueba los Lineamientos para la Transversalización del Enfoque de Género en las Políticas, los Servicios Públicos y la Gestión Municipal de Villa El Salvador en mérito al Decreto Supremo N° 015-2021-MIMP que aprueba los Lineamientos para la Transversalización del Enfoque de Género en la Gestión Pública; señalando que, dicho Decreto Supremo, modi fi ca sustancialmente los Lineamientos establecidos en la Ordenanza N° 345-MVES; por lo que, dicha Unidad Orgánica da opinión favorable a la propuesta del Área de la Mujer e Igualdad de Género; concluyendo que, el proceso de implementación de políticas públicas dispuestas por el Gobierno Central a ser incorporadas al Gobierno Local, poseen justi fi cación técnica, por tanto, es necesario proceder a la aprobación de una nueva Ordenanza que apruebe los Lineamientos para la Transversalización del Enfoque de Género en las Políticas, los Servicios Públicos y la Gestión Municipal de Villa El Salvador en concordancia con lo dispuestos por el Decreto Supremo N° 015-2021-MIMP; Que, con Informe N° 092-2022-OAJ/MVES, la O fi cina de Asesoría Jurídica, emite opinión legal teniendo en consideración los Informes Técnicos señalados en los considerandos precedentes, precisando que es legalmente procedente que el Concejo Municipal, apruebe la propuesta de Ordenanza Municipal que apruebe los Lineamientos para la Transversalización del Enfoque de Género en las Políticas, los Servicios Públicos y la Gestión Municipal de Villa El Salvador, según los Lineamientos establecidos en el Decreto Supremo N° 015-2021-MIMP; esto conforme a las competencias para el Concejo Municipal señaladas en el numeral 8) del artículo 9° y del artículo 40° de la Ley N° 27972, “Ley Orgánica de Municipalidades”; por lo que, correspondería ser aplicadas por todas las Unidades Orgánicas de esta Entidad; recomendado se eleve al Pleno del Concejo para su aprobación; Que, con Memorando N° 392-2022-GM/MVES la Gerencia Municipal remite a la O fi cina de Secretaría General, los actuados administrativos respecto al proyecto de Ordenanza que apruebe los Lineamientos para la Transversalización del Enfoque de Género en las Políticas, los Servicios Públicos y la Gestión Municipal de Villa El Salvador, a fi n de ponerlo a consideración del Concejo Municipal para su aprobación, de conformidad con lo establecido en el numeral 14.20) del artículo 14° de la Ordenanza N° 441-MVES, que modi fi ca la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) con enfoque de Gestión de Resultados de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador aprobado con Ordenanza N° 369-MVES, que establece como función administrativa y ejecutora de la Gerencia Municipal, entre otras la de: “Proponer al/la alcalde/sa, aquellos temas que requieran ser incluidos en la agenda de las sesiones del Concejo Municipal”; Estando a los informes técnicos y legales señalados en los considerandos precedentes y al Dictamen Nº 001-2022-CDIS-MVES de la Comisión de Desarrollo e Inclusión Social, y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del artículo 9º y el artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y luego del debate correspondiente y con dispensa del trámite de lectura y aprobación de Acta, el Pleno de Concejo Municipal aprobó por MAYORIA la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBE LOS LINEAMIENTOS PARA LA TRANSVERSALIZACIÓN DEL ENFOQUE DE GÉNERO EN LAS POLÍTICAS, LOS SERVICIOS PÚBLICOS Y LA GESTIÓN MUNICIPAL EN VILLA EL SALVADOR Artículo Primero.- APROBAR los “LINEAMIENTOS PARA LA TRANSVERSALIZACIÓN DEL ENFOQUE DE GÉNERO EN LAS POLÍTICAS, LOS SERVICIOS PÚBLICOS Y LA GESTIÓN MUNICIPAL EN VILLA EL SALVADOR”, los mismos que en Anexo forman parte de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- DEROGAR la Ordenanza N° 345-MVES que aprobó los “Lineamientos para la transversalización del enfoque de género en las políticas, los servicios públicos y la gestión municipal en Villa El Salvador”. Artículo Tercero.- DISPONER que todas las Unidades Orgánicas de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador, apliquen en forma obligatoria las disposiciones de la presente Ordenanza y Anexo. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo e Inclusión Social a través del Área de la Mujer e Igualdad de Género, monitoreen, supervisen y evalúen la implementación de los lineamientos técnicos aprobados en la presente Ordenanza por parte de la Corporación Edil. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la O fi cina de Secretaría General la publicación de la presente