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119 NORMAS LEGALES Sábado 7 de mayo de 2022 El Peruano / Que, asimismo, el Informe Legal N°174-2021-GRLL- GGR/GRAJ-VAS, estando a las normas acotadas, al INFORME N° 086-2021-GRLL-GGR/GRTC-OPP, Informe Legal N° 002-2021-GRLL-GGR-GRTC-OAJ y al contenido del O fi cio N° 057-2021-GRLL-GRTC, la abogada Vanessa Lisset Álvarez Solar emite OPINIÓN LEGAL FAVORABLE respecto del proyecto de Ordenanza Regional relativo a “DECLARAR DE NECESIDAD PÚBLICA E INTERÉS REGIONAL “LA REHABILITACIÓN DE LOS AERÓDROMOS DE HUAMACHUCO (Sánchez Carrión) GOCHAPITA Y URPAY (Pataz) de la Región de La Libertad”; Que, con Dictamen N° 003-2020-CR/COCT de fecha 20 de octubre del 2021, la Comisión Ordinaria de Transportes y Comunicaciones, Dictamina por UNANIMIDAD, aprobar la propuesta de Ordenanza Regional que declara de Necesidad Pública e Interés Regional “LA REHABILITACIÓN DE LOS AERÓDROMOS DE HUAMACHUCO (Sánchez Carrión) GOCHAPITA Y URPAY (Pataz) de la Región de La Libertad”; En ejercicio de las atribuciones que le con fi ere la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Ley N° 27867 y sus modi fi catorias, y estando a lo acordado. HA APROBADO LA SIGUIENTE ORDENANZA REGIONAL: Artículo Primero.- DECLARAR de necesidad pública e interés regional el proyecto “Rehabilitación de los Aeródromos de Huamachuco en la provincia de Sánchez Carrión, Gochapita y Urpay en la provincia de Pataz”, de la Región de La Libertad. Artículo Segundo.- La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano” y será difundida a través del portal electrónico del Gobierno Regional de La Libertad. Comuníquese al Señor Gobernador Regional del Gobierno Regional de La Libertad para su promulgación. En Trujillo, a los diez días del mes de noviembre del año dos mil veintiuno. EDWIN MARTIN CASTELLANOS GARCIA Presidente del Consejo RegionalGobierno Regional La Libertad AL SEÑOR GOBERNADOR REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD POR TANTO: Mando se registre y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional de La Libertad a los diecinueve días del mes de noviembre del año dos mil veintiuno MANUEL FELIPE LLEMPEN CORONEL Gobernador Regional 2064565-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Aprueban el Manual de Clasificador de Cargos de la Municipalidad Metropolitana de Lima - 2022 RESOLUCIÓN DE GERENCIA N° D000067-2022-MML-GMM Lima, 18 de abril del 2022VISTO, el Informe N° D000113-2022-MML-GA-SP, de la Subgerencia de Personal; el Informe N° D000094-2022-MML-GP-SOM, de la Subgerencia de Organización y Modernización; el Memorando N° D000292-2022-MML-GP, de la Gerencia de Plani fi cación; y, el Informe N° D000405-2022-MML-GAJ, de la Gerencia de Asuntos Jurídicos; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, a través del Decreto Supremo N°004-2013- PCM se aprobó la Política de Modernización de la Gestión Pública, estableciendo como uno de los pilares el servicio civil meritocrático, el cual busca orientar a la profesionalización de la función pública en todos los niveles, buscando atraer a personas cali fi cadas a los puestos clave de la administración pública, y priorizando la meritocracia en el acceso, promoción, evaluación y permanencia a través de un sistema de gestión del capital humano del sector público, acorde con las nuevas tendencias del empleo a nivel mundial; Que, el artículo 2 del Decreto Legislativo N° 1023, dispone que el Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos establece, desarrolla y ejecuta la política de Estado respecto del servicio civil, a través del conjunto de normas, principios, recursos, métodos, procedimientos y técnicas utilizados por las entidades públicas en la gestión de recursos humanos; Que, los literales b) e i) del artículo 2 del Reglamento General de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM (RGLSC), establecen que la Autoridad Nacional del Servicio Civil tiene por funciones dictar normas técnicas para el desarrollo e implementación del Sistema, así como aprobar los documentos e instrumentos de gestión, de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia; Que, el literal j) del artículo IV del Título Preliminar del Reglamento de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM, señala que para efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, se entiende que el Titular de la entidad es la máxima autoridad administrativa de una entidad pública. En el caso de los Gobiernos Regionales y Locales, la máxima autoridad administrativa es el Gerente General del Gobierno Regional y el Gerente Municipal, respectivamente; Que, a través de la Resolución de Gerencia Municipal Metropolitana N° 049-2020-MML/GMM, de fecha 15 de mayo de 2020, se aprobó el Clasi fi cador de Cargos de la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, a través de la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000150-2021- SERVIR-PE, de fecha 16 de noviembre de 2021, la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR formalizó el acuerdo de Consejo Directivo mediante el cual se aprueba la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH “Elaboración del Manual de Clasi fi cador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional” (en adelante Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH); asimismo, se establece que las entidades disponen de un plazo de hasta seis (6) meses para adecuar su Manual de Clasi fi cador de Cargos vigente a los lineamentos dispuestos en la citada Directiva, o para formular y aprobar uno en línea con lo dispuesto en la directiva; Que, el literal c) del numeral 5.1 de la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH, de fi ne al Manual de Clasi fi cador de Cargos como el documento de gestión institucional en el que se describen de manera ordenada todos los cargos de la entidad, estableciendo su denominación, clasi fi cación, funciones y requisitos mínimos para el ejercicio de las funciones y cumplimiento de objetivos de la entidad;