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118 NORMAS LEGALES Sábado 7 de mayo de 2022 El Peruano / del Gobierno Regional de La Libertad recaído en el Proyecto de Ordenanza Regional relativo a DECLARAR DE NECESIDAD PÚBLICA E INTERÉS REGIONAL EL PROYECTO: “REHABILITACIÓN DE LOS AERÓDROMOS DE HUAMACHUCO EN LA PROVINCIA DE SÁNCHEZ CARRIÓN, GOCHAPITA Y URPAY EN LA PROVINCIA DE PATAZ, REGIÓN DE LA LIBERTAD”, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 188° de la Constitución Política del Perú, establece que la descentralización es una forma de organización, democrática y constituye una política permanente de Estado, de carácter obligatorio, que tiene como objetivo fundamental el desarrollo integral del país, y que el proceso de descentralización se realiza por etapas, en forma progresiva y ordenada conforme a criterios que permitan un adecuada asignación de competencias y transferencias de recursos del Gobierno Nacional hacia los Gobiernos Regionales y Locales; Que, por mandato constitucional consagrado en el artículo 191° concordante con el artículo 192° de la Carta Magna, los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; asimismo promueven el desarrollo y la economía regional, fomentando las inversiones, actividades y servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales, relacionado con el artículo 2° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala Los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular. Son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo, para su administración económica y fi nanciera, un Pliego Presupuestal; Que, el Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad, es el órgano normativo y fi scalizador del Gobierno Regional. Le corresponde las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas, artículo 13° de la Ley Orgánica citada, relacionado con el artículo 15° literal a) de la misma norma indica que es atribución del Consejo Regional, aprobar modi fi car o derogar las normas que regulen o reglamente los asuntos y materia de su competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, estando las competencias compartidas de acuerdo al artículo 36 de la Ley Orgánica de Bases de la Descentralización, Ley N° 27783, literal c) del artículo 10° Promoción, gestión y regulación de actividades y productivas en su ámbito y nivel, correspondiente a los sectores agricultura, pesquería, industria, comercio, turismo, energía, hidrocarburos, minas, transportes, comunicaciones y medio ambiente, que ejercen los Gobiernos Regionales se desarrollan en base a las políticas regionales; Que, mediante Resolución Ministerial N° 307- 2008-MTC/01 se declara la conclusión del proceso de transferencia de funciones sectoriales especí fi cas en materia de Transportes a diversos Gobiernos Regionales, considerándose en el Anexo N° 1 las funciones especí fi cas en materia de Transportes, establecidas en el artículo 56° de la Ley N° 27867 Ley Orgánica de Gobierno Regionales y las facultades que les corresponde desarrollar, señalándose en: Inciso e) “Desarrollar y administrar los aeródromos de ámbito regional, coordinando con la Dirección General de Aeronáutica Civil conforme a ley; Que, el Proyecto “Rehabilitación de los Aeródromos de Huamachuco en la provincia de Sánchez Carrión, Gochapita y Urpay en la provincia de Pataz”, adquiere trascendental importancia en el desarrollo de la región La Libertad, toda vez que permitirá una mayor conectividad territorial, reducción en el tiempo de viaje a los principales polos de desarrollo económico y mejores oportunidades comerciales, encontrándose así mismo el servicio de transporte aéreo exento a riesgos no predecibles que interrumpen su operatividad, como emergencias viales por deslizamientos, accidentes, con fl ictos sociales, factores climatológicos, entre otros; Que, con ello se verán bene fi ciadas los lugares más alejados de nuestra serranía Liberteña, pues con la implementación de una red de aeródromos en la región permitirá potenciar una nueva alternativa de medio de transporte, teniendo un menor tiempo en los traslados frente a una geografía accidentada y propensa a accidentes de tránsito, convirtiéndose en un transporte seguro y e fi ciente; Que, según CARTA N° 08-2021-DJPR, de fecha 19 de julio del 2021, suscrito por el señor Darwin J. Paulino Ramírez CIP: 254508, emite el Informe: “Rehabilitación de los aeródromos de Huamachuco (Sánchez Carrión) Gochapita y Urpay (Pataz)”, cuyas conclusiones son: Desde el punto de vista técnico, la implementación de una red de aeródromos en La Libertad, contribuirá a la mejora de la competitividad regional y al desempeño del transporte aéreo de carga y pasajeros, a través de la reducción de costos logísticos, a través de la reducción de tiempo de viaje y disminución de la tasa de inseguridad. Desde el punto de vista legal, la implementación de una red de aeródromos en las provincias del departamento de La Libertad, es parte de una política pública destinada a optimizar el desempeño y competitividad del transporte de carga y pasajeros para fomentar el crecimiento económico; la cual cumple con las exigencias y requisitos establecidos, tanto por la Ley N° 30264, como por el segundo párrafo del artículo 60° de la Constitución y legal estipulado. El aeródromo de Huamachuco, se encuentra observado mediante O fi cio N° 044-2020-MTC/12.04. Asimismo, se encuentra iniciando las coordinaciones pertinentes para el levantamiento de las observaciones hechas por la DGAC. El aeródromo de Urpay, se encuentra autorizado mediante el o fi cio N° 013-2021- MTC/12.04. Además, se está elaborando el Expediente Técnico para su mejoramiento y fi nalmente, se concluye que es necesario que se declare de necesidad pública e interés regional la rehabilitación de los aeródromos de Huamachuco (Sánchez Carrión), Gochapita y Urpay (Pataz) debido a la carencia de una red de aeródromos de administración estatal para fomentar la competitividad y productividad del departamento de La Libertad; Que, el INFORME N° 086-2021-GR-LL-GGR/GRTC- OPP, suscrito por el Director de la O fi cina de Plani fi cación y Presupuesto de la Gerencia Regional de Transportes y Comunicaciones del Gobierno Regional de La Libertad, cuya conclusión es: (…) considera que existe coherencia y alineamiento entre el Plan Estratégico Sectorial 2018-2023 sector Transportes y Comunicaciones, Plan de Desarrollo Regional Concertado 2016- 2021 y el Plan Estratégico Institucional 2020-2024 del Gobierno Regional de La Libertad, por tanto, ES DE OPINIÓN FAVORABLE PARA DECLARAR DE NECESIDAD PÚBLICA E INTERÉS REGIONAL EL PROYECTO: “REHABILITACIÓN DE LOS AERÓDORMOS DE HUAMACHUCO (SÁNCHEZ CARRIÓN), GOCHAPITA Y URPAY (PATAZ)”, toda vez que la implementación de una red de aeródromos en la región permitirá potenciar una nueva alternativa de medio de transporte, reduciendo signi fi cativamente las necesidades de conectividad territorial, logística, comercial y de acceso a diversos básicos, con un menor tiempo en los traslados frente a una geografía accidentada y propensa a accidentes de tránsito, lo cual contribuirá alcanzar un mayor crecimiento socio económico en la serranía de departamento de La Libertad con un sistema de transporte seguro y e fi ciente; Que, el INFORME LEGAL N° 002-2021-GRLL-GGR- GRTC-OAJ, Asesora Jurídica de la GRTC-LL, cuya conclusión es visto el informe técnico emitido por la Gerencia Regional de Transportes y Comunicaciones de La Libertad, en donde hace suyo en todo su contenido la CARTA N° 08-2021-DJPR, y en donde recomienda la aprobación de la propuesta de Proyecto de “ORDENANZA REGIONAL QUE DECLARA DE NECESIDAD PÚBLICA E INTERÉS REGIONAL EL PROYECTO DE REHABILITACIÓN DE LOS AERÓDROMOS DE HUAMACHUCO (Sánchez Carrión) GOCHAPITA Y URPAY (Pataz) de la Región La Libertad”, está acorde con la normatividad vigente, siendo así es conveniente mencionar que el presente proyecto es un aporte normativo vigente, siendo así es conveniente mencionar que el presente proyecto es un aporte que con ello verán bene fi ciadas los lugares más alejados de nuestra sierra liberteña, pues con la implementación de una red de aeródromos en la región permitirá potenciar una nueva alternativa d medio de transporte, teniendo un menor tiempo en los traslado frente a una geografía accidentada y propensa a accidentes de tránsito, convirtiéndose en un transporte seguro y e fi ciente;