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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2022 (11/11/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 31

31 NORMAS LEGALES Viernes 11 de noviembre de 2022 El Peruano / el Emprendimiento, g) Bolsa de Trabajo, h) Asesoría para la Búsqueda de Empleo, i) Certi fi cado Único Laboral, j) Empleo Temporal, k) Certi fi cación de Competencias Laborales, y l) Orientación para el Migrante; Que, el Eje 2 de la Política General de Gobierno 2021-2026, aprobada por el Decreto Supremo N° 164-2021-PCM, denominado, Reactivación económica y de actividades productivas con desarrollo agrario y rural, contiene como línea de intervención 2.1.1 “Promover condiciones para un mercado laboral dinámico y competitivo para la generación de empleo digno” ; Que, la Política Nacional de Empleo Decente, aprobada mediante el Decreto Supremo N° 013-2021-TR, se orienta a enfrentar el dé fi cit de empleo decente en el país, a través del desarrollo de 6 objetivos prioritarios; Que, el artículo 96 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado mediante la Resolución Ministerial N° 308-2019-TR, establece que la Dirección General del Servicio Nacional de Empleo es un órgano de línea, responsable de proponer, ejecutar, dirigir, evaluar las políticas, planes, lineamientos y normativa en materia de intermediación laboral pública y privada. Asimismo, propone, dirige, coordina y supervisa las políticas, planes, lineamientos, directivas y proyectos para la articulación de los servicios de promoción de empleo, empleabilidad y emprendimiento que se prestan a nivel nacional a través de la Red del Servicio Nacional del Empleo. Asimismo, el literal h) del artículo 97 de la misma norma establece que la Dirección General del Servicio Nacional del Empleo es responsable de formular documentos normativos que orienten la conformación y funcionamiento de las unidades prestadoras de servicios de empleo, empleabilidad y emprendimiento, así como la operatividad de la Red del Servicio Nacional del Empleo; Que, el artículo 78 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado mediante la Resolución Ministerial N° 308-2019-TR, establece que: “la Dirección General de Políticas para la Promoción de la Formalización Laboral e Inspección del Trabajo, es un órgano de línea, responsable de proponer, supervisar, coordinar y evaluar, las políticas públicas en materia de promoción de la formalización laboral (…)”; Que, en dicho marco, mediante la Hoja de Elevación N° 0421-2022-MTPE/3/18 y el Informe N° 0490-2022-MTPE/3/18, la Dirección General del Servicio Nacional del Empleo presenta la propuesta de la “Estrategia: La Ruta para la Empleabilidad”, a efecto que los servicios de promoción del empleo, empleabilidad y emprendimiento, se brinden en función al per fi l de los usuarios, considerando sus necesidades y oportunidades de mejora en la construcción de su trayectoria laboral, así como la articulación fáctica y digital de los servicios de promoción de empleo, empleabilidad y emprendimiento, dado que a partir de una labor de monitoreo de dichos servicios se han advertido: i) sinergias que pueden generarse para que las personas tengan mayores oportunidades de insertarse y mantenerse en el mercado laboral; y, ii) la necesidad de tener en cuenta las diferentes brechas de los usuarios en cuanto a la información, a la orientación y a las capacidades laborales que poseen, entre ellas, las habilidades digitales que son necesarias para acceder a los servicios digitalizados del Servicio Nacional del Empleo; Que, asimismo, mediante la Hoja de Elevación N° 0514-2022-MTPE, la Dirección General de Políticas para la Promoción de la Formalización Laboral e Inspección del Trabajo mani fi esta su conformidad con implementar una estrategia que contenga una atención más activa e integral para los ciudadanos, y que dicha dirección general reporte información trimestral a la Dirección General del Servicio Nacional del Empleo sobre: i) los ciudadanos que son atendidos en el marco de la intervención denominada Centro Integrado “Formaliza Perú”, ii) otros mecanismos, intervenciones, planes y/o políticas a cargo de la Dirección General de Políticas para la Promoción de la Formalización Laboral e Inspección del Trabajo o de sus unidades orgánicas, previa coordinación; y iii) los trabajadores que han salido de la planilla electrónica, de acuerdo a las competencias de la Dirección General de Políticas para la Promoción de la Formalización Laboral e Inspección del Trabajo, y de acuerdo a la información que solicite a las o fi cinas competentes; Que, mediante el Memorando N° 0790-2022- MTPE/4/9, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto remite el Informe N° 0505-2022-MTPE/4/9.3, a través del cual la O fi cina de Presupuesto emite opinión favorable en materia presupuestaria a la emisión de la resolución ministerial que aprueba la estrategia denominada “La Ruta para la Empleabilidad”; Que, de acuerdo con lo expuesto, resulta necesario la aprobación de la estrategia de “Ruta para la Empleabilidad”; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, del Despacho Viceministerial de Trabajo, de la Dirección General del Servicio Nacional del Empleo, de la Dirección General de Promoción del Empleo, de la Dirección General de Normalización, Formación para el Empleo y Certi fi cación de Competencias Laborales, de la Dirección General de Políticas para la Promoción de la Formalización Laboral e Inspección del Trabajo, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, de la O fi cina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones, y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Decreto Supremo N° 013-2021-TR, Decreto Supremo que aprueba la Política Nacional del Empleo Decente; y, la Resolución Ministerial N° 308-2019-TR, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobación de la estrategia “La Ruta para la Empleabilidad” Aprobar la estrategia, denominada “La Ruta para la Empleabilidad” (en adelante, la estrategia), como mecanismo para que los servicios de promoción del empleo, empleabilidad y emprendimiento, se brinden en función al per fi l del/de la ciudadano/a, considerando sus necesidades y oportunidades de mejora en la construcción de su trayectoria laboral. Artículo 2.- Finalidad de la estrategia La fi nalidad de la estrategia es brindar a los/las ciudadanos/as servicios de promoción del empleo, empleabilidad y emprendimiento, bajo un esquema de articulación fáctica y digital, que coadyuve a mejorar las condiciones de empleabilidad laboral. De esta manera, se busca otorgar una atención más activa e integral al ciudadano/a que incida en la promoción del empleo decente e inclusivo, transitando desde esquemas básicos de empleo a mejoras de las condiciones de empleabilidad. Artículo 3.- Alcance de la estrategia La presente estrategia es de alcance nacional y de cumplimiento obligatorio para los órganos y programas del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. Artículo 4.- De los responsables de la implementación de la estrategia 4.1 La estrategia articula servicios de empleo, empleabilidad y emprendimiento del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo que forman parte del Servicio Nacional del Empleo a cargo de la Dirección General del Servicio Nacional del Empleo. 4.2 La estrategia está a cargo de la Dirección General del Servicio Nacional del Empleo e involucra la participación de los siguientes órganos y programas del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo: a) Dirección General de Promoción del Empleo. b) Dirección General de Normalización, Formación para el Empleo y Certi fi cación de Competencias Laborales.