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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2022 (11/11/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 35

35 NORMAS LEGALES Viernes 11 de noviembre de 2022 El Peruano / DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL DEL PERÚ (DGAC) Código: F-DSA-P&C-002 Revisión: Original Fecha: 30.08.10 Cuadro Resumen de Viajes RELACIÓN DE VIAJES POR COMISIÓN DE SERVICIOS DE INSPECTORES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL ESTABLECIDOS EN EL TEX TO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - DIRECCIÓN DE SEGURIDAD AERONÁUTICA - COMPRENDID OS DEL 14 AL 18 DE NOVIEMBRE DE 2022 Y SUSTENTADO EN LOS INFORMES Nº 0370-2022-MTC/12.04 y Nº 0356-2022-MTC/12 ÓRDENES DE INSPECCIÓN Nºs.INICIO FINVIÁTICOS (US$)SOLICITANTE INSPECTORES CIUDAD PAÍS DETALLERECIBOS DE ACOTACIÓN Nºs. 1562-2022-MTC/12.04 14 Nov. 18 Nov. US$ 1,850.00LATAM AIRLINES PERU S.A.ZAVALA SIERRA, LUIS ALBERTOBOGOTÁREPÚBLICA DE COLOMBIAInspección por renovación de las constancias de conformidad de las aeronaves AIRBUS 319-132 de matrícula CC-COY, AIRBUS 320-214 de matrícula CC-BAR y AIRBUS 319-132 de matrícula CC-CPJ.0014873, 0014874, 0014886, 0014887, 0014889 y 0014890 1563-2022-MTC/12.04 14 Nov. 18 Nov. US$ 1,850.00LATAM AIRLINES PERU S.A.CÓRDOVA HUAMÁN, DANIEL MOISÉSBOGOTÁREPÚBLICA DE COLOMBIAInspección por renovación de las constancias de conformidad de las aeronaves AIRBUS 319-132 de matrícula CC-COY, AIRBUS 320-214 de matrícula CC-BAR y AIRBUS 319-132 de matrícula CC-CPJ.0014873, 0014874, 0014886, 0014887, 0014889 y 0014890 2123520-1 Autorizan viajes de inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil a Argentina y Chile, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1044-2022-MTC/01.02 Lima, 9 de noviembre de 2022VISTOS:El Memorando N° 0072-2022-MTC/12.04, los Informes Nros. 0375-2022-MTC/12.04 y 0364-2022-MTC/12; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, y el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que Aprueba Normas Reglamentarias sobre Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, regulan las autorizaciones de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos; estableciendo que los viajes al exterior que realicen, entre otros, los servidores de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, se autorizan mediante Resolución Ministerial del Sector, la que debe ser publicada en el Diario O fi cial El Peruano; Que, el numeral 11.1 del artículo 11 de la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, dispone que, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos se aprueban conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, y sus normas reglamentarias; Que, el artículo 11 de la Ley N° 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Dirección General de Aeronáutica Civil tiene amplias facultades para supervisar e inspeccionar todas las actividades aeronáuticas civiles, sean éstas realizadas por personas naturales o personas jurídicas, así como tomar todas las medidas adecuadas para garantizar la seguridad de las operaciones aéreas; para lo cual, los explotadores están obligados a permitir y facilitar a la citada Dirección General, el cumplimiento de sus funciones, las que se llevan a cabo a través de inspectores debidamente identi fi cados; Que, el artículo 1 de la Ley N° 28404, Ley de Seguridad de la Aviación Civil, señala que la Dirección General de Aeronáutica Civil está facultada para regular todo lo relacionado a la seguridad de la aviación y es responsable de la elaboración, puesta en ejecución, vigilancia y cumplimiento del Programa Nacional de Seguridad de la Aviación Civil, en armonía con los convenios internacionales de aviación civil y la Ley N° 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú; Que, con Memorando N° 0072-2022-MTC/12.04, la Dirección de Seguridad Aeronáutica de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones informa sobre la aprobación del Programa de Vigilancia para el Año 2022, el mismo que contiene el calendario de inspecciones de estaciones de líneas internacionales y organizaciones de mantenimiento aprobadas extranjeras (OMAE’s), a desarrollarse durante el presente año; Que, mediante Informe N° 0364-2022-MTC/12, la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones remite el Informe N° 0375-2022-MTC/12.04 de su Dirección de Seguridad Aeronáutica, a través del cual sustenta y solicita la autorización de viaje en comisión de servicios de los inspectores de la citada Dirección General, para realizar inspecciones técnicas de vigilancia de las estaciones de línea de la empresa LATAM AIRLINES PERU S.A. y OMAE N° 029 - STGO TECHNICK GRUPPE LTDA.; Que, a través del citado Informe N° 0375-2022- MTC/12.04, la Dirección de Seguridad Aeronáutica precisa que la participación de los profesionales de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones en las inspecciones técnicas de vigilancia antes indicadas, resultan de interés institucional toda vez que, la citada Dirección General podrá realizar, a través de su personal, la supervisión de las operaciones aéreas de los explotadores aéreos y organizaciones de mantenimiento aprobadas extranjeras (OMAE’s) en el marco de sus competencias, a fi n de garantizar que dichas actividades se desarrollen de acuerdo a las reglamentaciones aeronáuticas correspondientes, permitiendo que el servicio de transporte aéreo con fi nes comerciales que se ofrece al usuario, sea seguro y con fi able; señalando además que, los gastos por concepto de viáticos, serán con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, conforme a la Certi fi cación de Crédito Presupuestario N° 0000012809; Que, por lo expuesto, corresponde autorizar los viajes en comisión de servicios de los inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, sustentados en los Informes Nros. 0375-2022-MTC/12.04 y 0364-2022-MTC/12 de la Dirección de Seguridad Aeronáutica y la Dirección General de Aeronáutica Civil, respectivamente; para que, en cumplimiento de las funciones que le asigna la Ley N° 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú, realicen las inspecciones técnicas de vigilancia de las estaciones de línea de la em presa LATAM AIRLINES PERU S.A. y OMAE N° 029 - STGO TECHNICK GRUPPE LTDA.,