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32 NORMAS LEGALES Martes 15 de noviembre de 2022 El Peruano / corresponde transferir a las municipalidades distritales de la provincia de Lima con las cuales se celebraron convenios de cooperación interinstitucional para la fi scalización del servicio público de transporte terrestre de personas; Que, a través de Memorando N° D-001507-2022- ATU/GG-OA, la OA remite a la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto - OPP el Informe N° D-001137-2022-ATU/GG-OA-UT de la Unidad de Tesorería, a fi n de solicitar su opinión favorable sobre la autorización de transferencia fi nanciera a favor de las municipalidades distritales de la provincia de Lima, por la suma de S/ 454 136.00 (Cuatrocientos Cincuenta y Cuatro Mil Ciento Treinta y Seis y 00/100 Soles), correspondiente a la novena liquidación, en el marco del literal s) del numeral 16.1 del artículo 16 de la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; Que, con Informe N° D-000153-2022-ATU/GG-OPP- UP, el cual cuenta con la conformidad de la OPP, de acuerdo al Memorando N° D-000735-2022-ATU/GG-OPP, la Unidad de Presupuesto emite su opinión favorable en materia presupuestal, respecto a la transferencia fi nanciera propuesta por el monto indicado en el considerando precedente, correspondiente a la novena liquidación, a favor de las municipalidades distritales de la provincia de Lima, a fi n de garantizar el cumplimiento de los compromisos estipulados en los convenios de cooperación interinstitucional para la fi scalización del servicio público de transporte terrestre de personas; Con el visado de la Gerencia General, la Dirección de Fiscalización y Sanción, la O fi cina de Administración, la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto y, la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao - ATU, aprobada por Decreto Supremo N° 003-2019-MTC y, la Directiva N° 0002-2021-EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada por Resolución Directoral N° 0022-2021-EF/50.01; SE RESUELVE: Artículo 1.- Transferencia Financiera a favor de las Municipalidades Autorizar la transferencia fi nanciera del Pliego 203: Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao - ATU hasta por la suma de S/ 454 136.00 (Cuatrocientos Cincuenta y Cuatro Mil Ciento Treinta y Seis y 00/100 Soles) correspondiente a la novena liquidación, a favor de las municipalidades distritales de la provincia de Lima con las cuales se celebraron convenios de cooperación interinstitucional para la fi scalización del servicio público de transporte terrestre de personas, conforme a lo establecido en el literal s) del numeral 16.2 del artículo 16 de la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, y al Anexo adjunto que forma parte de la presente resolución. Artículo 2.- Financiamiento La transferencia fi nanciera autorizada por la presente resolución, se realiza con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego 203: Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao - ATU, Unidad Ejecutora 001: ATU, en la Fuente de Financiamiento 2: Recursos Directamente Recaudados, Categoría Presupuestal 9001: Acciones Centrales, Producto 3999999: Sin Producto, Actividad 5000003: Gestión Administrativa, Categoría de Gasto 5: Gasto Corriente, Genérica de Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias, hasta por la suma de S/ 454 136.00 (Cuatrocientos Cincuenta y Cuatro Mil Ciento Treinta y Seis y 00/100 Soles). Artículo 3.- Limitación del uso de los recursos Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada por el artículo 1 de la presente resolución no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Publicación y difusión Disponer la publicación de la presente resolución y su Anexo en la sede digital de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao - ATU (www.atu.gob.pe) y en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARÍA ESPERANZA JARA RISCO Presidenta Ejecutiva ANEXO 1 DETALLE DE LA NOVENA LIQUIDACIÓN A FAVOR DE LAS MUNICIPALIDADES N° MUNICIPALIDAD % TRANSFE- RENCIA IMPORTE POR TRANSFERIR A MUNICIPA- LIDADES REBAJAMONTO A TRANSFERIR REBAJADO 1 CARABAYLLO 70% 1,610.00 1,610.00 2 CHORRILLOS 70% 301.00 301.00 3 COMAS 70% 1,505.00 1,505.00 0.00 4 INDEPENDENCIA 50% 460.00 460.005 JESUS MARIA 50% 8,797.75 8,797.756 LA MOLINA 70% 12,202.75 12,202.757 LOS OLIVOS 70% 609.00 526.75 82.2 8 MAGDALENA DEL MAR 50% 645.00 215.00 430.00 9 MIRAFLORES 70% 16,899.75 16,899.75 10 PACHACAMAC 50% 460.00 460.00 11 PUEBLO LIBRE 50% 1,207.50 1,207.50 12 PUENTE PIEDRA 70% 1,610.00 1,610.0013 SAN BORJA 50% 8,090.00 8,090.0014 SAN ISIDRO 50% 346,923.75 346,923.75 15 SAN JUAN DE MIRAFLORES 70% 1,750.00 1,750.00 16 SAN LUIS 50% 122.50 122.50 17 SAN MARTIN DE PORRES 70% 1,685.25 1,685.25 18 SAN MIGUEL 50% 445.00 445.00 19 SANTA ANITA 50% 963.75 963.75 20 SANTA MARIA DE HUACHIPA 30% 966.00 966.00 21 SANTIAGO DE SURCO 70% 16,255.75 301.00 15,954.75 22 SURQUILLO 50% 330.00 330.0023 VILLA MARIA DEL TRIUNFO 70% 32,844.00 32,844.00 TOTAL GENERAL S/ 456,683.75 S/ 2,547.75 S/ 454,136.00 2124803-1 INSTITUTO GEOLOGICO MINERO Y METALURGICO Disponen la publicación de concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados el mes de octubre de 2022 RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 0120-2022-INGEMMET/PE Lima, 10 de noviembre de 2022VISTO, el informe Nº 0049-2022-INGEMMET/ DCM, de fecha 10 de noviembre de 2022, emitido por la Dirección de Concesiones Mineras del INGEMMET, sobre concesiones mineras cuyos títulos fueron otorgados el mes de octubre de 2022.