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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2022 (16/11/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

TEXTO PAGINA: 34

34 NORMAS LEGALESMiércoles 16 de noviembre de 2022 El Peruano / Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano; así como la resolución y el anexo en el portal institucional del Archivo General de la Nación (www.agn.gob.pe) y en el portal de transparencia estándar de la entidad. Regístrese, comuníquese y publíquese.RICARDO ARTURO MOREAU HEREDIA Jefe Institucional 2125445-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ES TATALES Encargan funciones de Gerente General de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales RESOLUCIÓN Nº 0083-2022/SBN San Isidro, 15 de noviembre de 2022VISTOS: La Carta S/N de fecha 14 de noviembre de 2022 (Solicitud de Ingreso N° 30717-2022) del señor Abner Rubén Romero Vásquez; el Informe N° 01050-2022/SBN-OAF-SAPE de fecha 15 de noviembre de 2022, de la Unidad de Recursos Humanos; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución N° 0054-2022/SBN de fecha 20 de julio de 2022, se designó al señor Abner Rubén Romero Vásquez, en el cargo de con fi anza de Gerente General de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales; Que, el citado servidor mediante la Carta S/N de fecha 14 de noviembre de 2022, ha presentado su renuncia al cargo de con fi anza de Gerente General; Que, se ha visto por conveniente aceptar la renuncia solicitada y encargar las funciones del cargo de confi anza de Gerente General para garantizar el normal desenvolvimiento de las actividades de la mencionada unidad de organización; Con el visado de la O fi cina de Asesoría Jurídica y la Unidad de Recursos Humanos, y; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; el REGL-001-2018-SBN/GG aprobado por Resolución N° 153-2018/SBN-GG, y modi fi catorias; la Directiva N° 005-2014/SBN, aprobada por la Resolución N° 062-2014/SBN; y, en uso de las atribuciones conferidas por los literales i) y r) del artículo 9 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, aprobado por la Resolución N° 0066-2022/SBN, en concordancia con el Decreto Supremo N° 011-2022-VIVIENDA; SE RESUELVE:Artículo 1.- ACEPTAR la renuncia del señor ABNER RUBÉN ROMERO VÁSQUEZ, al cargo de con fi anza de Gerente General de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, dándosele las gracias por los servicios prestados al Estado. Artículo 2.- ENCARGAR al señor PAUL ALEX LLAMOJA CABANILLAS, Jefe de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, las funciones de Gerente General de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, en adición a sus funciones y en tanto se designe a el/la titular del referido cargo. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución en la Sede Digital de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales (www.gob.pe/sbn). Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ FELISANDRO MAS CAMUS Superintendente (e) 2125522-1 ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA Designan funcionarios responsables del Libro de Reclamaciones RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN N° 119-2022-OS/PRES Lima, 14 de noviembre de 2022 CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Supremo N° 042-2011-PCM se estableció la obligación de las entidades públicas, comprendidas en los párrafos del 1 al 7 del artículo I del Título Preliminar del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, entre ellas, el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería - Osinergmin, de contar con un Libro de Reclamaciones como mecanismo de participación ciudadana, a fi n de salvaguardar los derechos de los usuarios; Que, mediante Decreto Supremo N° 007-2020-PCM se establecieron disposiciones para la gestión de reclamos en las entidades de la Administración Pública las cuales, de conformidad a la segunda disposición complementaria fi nal del referido dispositivo, son de aplicación progresiva conforme a los plazos, cronograma y condiciones estipuladas en la Norma Técnica N° 001-2021-PCM/SGP, Norma Técnica para la Gestión de Reclamos en las entidades y empresas de la Administración Pública, aprobada por Resolución de la Secretaría de Gestión Pública N° 001-2021-PCM/SGP; Que, el inciso a) del numeral 3.1 del artículo 3° de la Norma Técnica mencionada precedentemente establece que las entidades del Poder Ejecutivo y los organismos públicos deben implementar el Decreto Supremo N° 007-2020-PCM hasta el 31 de julio de 2021, razón por la cual, corresponde que Osinergmin realice las gestiones necesarias a fi n de dar cumplimiento al mandato anteriormente referido; Que, en ese sentido, el artículo 5° del Decreto Supremo N° 007-2020-PCM establece que el Libro de Reclamaciones de las entidades de la Administración Pública debe implementarse mediante una plataforma digital que permita el registro de los reclamos y su seguimiento por parte de los ciudadanos, así como la gestión y supervisión de los mismos por parte de las entidades de la Administración Pública; Que, el inciso d) del artículo 7° del referido Decreto Supremo establece que la máxima autoridad administrativa de cada entidad de la Administración Pública debe designar formalmente a los funcionarios o servidores civiles como responsable titular y responsable alterno del correcto cumplimiento del proceso de gestión