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51 NORMAS LEGALES Miércoles 16 de noviembre de 2022 El Peruano / Regístrese, comuníquese y archívese. ELEAZAR CRUCINTA UGARTE Rector MARÍA MYLUSKA VILLAGARCIA ZERECEDA Secretaria General (e) 2125514-1 UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO SECRETARÍA GENERAL RESOLUCIÓN Nº R-835-2022-UNSAAC Cusco, 27 de septiembre de 2022 EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO: VISTO, el Expediente Nº 442538, presentado por Don LINO DELGADO VILLALOBOS, egresado de la hoy Escuela Profesional de Derecho de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales, con Código Universitario Nº 922063, solicitando emisión de duplicado de Diploma de Grado Académico de Bachiller en Derecho y Ciencias Políticas, por motivo de perdida, y; CONSIDERANDO:Que, por Ley Nº 28626 y la modi fi catoria del TUO del Reglamento de Duplicados de Diplomas de Grados y Títulos Profesionales expedidos por las universidades del país, aprobado por Resolución Nº 1256-2013-ANR, se faculta a las universidades públicas y privadas, la expedición de duplicados de diplomas de Grados y Títulos Profesionales, por motivos de pérdida, deterioro y mutilación; siempre que se cumpla las formalidades y requisitos de seguridad previstos por cada universidad; norma concordante con el Reglamento del Registro Nacional de Grados y Títulos de la SUNEDU, aprobado por Resolución del Consejo Directivo Nº 009-2015-SUNEDU/ CD, de fecha 18 de diciembre de 2015 y modi fi cado por Resolución del Consejo Directivo Nº 038-2016-SUNEDU/CD de fecha 11 de noviembre de 2016 y Resolución de Consejo Directivo Nº 010-2017-SUNEDU/CD de fecha 16 de marzo de 2017; Que, el otorgamiento de Duplicado de Diploma de Grados y Títulos Profesionales emitidos por la Universidad Nacional de San Antonio Abad de Cusco, está regulado por la Directiva aprobada por Resolución Nº CU-224-2006-UNSAAC, de fecha 09 de febrero de 2006, actualizada por Resolución Nº R-1152-2017-UNSAAC, de fecha 19 de setiembre de 2017; Que, el administrado mediante expediente del Visto, solicita emisión de duplicado de Diploma de Grado Académico de Bachiller en Derecho y Ciencias Políticas, por la causal de perdida, para cuyo efecto cumple con adjuntar a su petición los requisitos exigidos en la Directiva para el otorgamiento de Duplicados de Grados y Títulos Profesionales emitidos por la UNSAAC; Que, mediante Informe Nº 056-2022-GT-UNSAAC, el Equipo de Grados y Títulos de Secretaría General, hace de conocimiento que de acuerdo a la Base de Datos y el Libro de Registros del Equipo de Grados y Títulos de la UNSAAC, Don LINO DELGADO VILLALOBOS ha optado el grado académico de Bachiller en Derecho y Ciencias Políticas, según consta de la Resolución Nº CU-1556-1999-GT, inscrito en el Libro Nº 10, Folio Nº 119, Diploma Nº 1556; Que, al respecto, con O fi cio Nº 343-2022-FDCS- UNSAAC, la Decana de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Institución informa que, de acuerdo a los archivos de la Escuela Profesional de Derecho, el administrado, ha optado el Grado Académico de Bachiller en Derecho y Ciencias Políticas, aprobándose su expediente mediante Resolución Nº 454-99-D-FDCP de fecha 8 de setiembre de 1999;Que, la Autoridad Universitaria ha tomado conocimiento del referido expediente y ha dispuesto la emisión de la Resolución correspondiente, con cargo a dar cuenta al Consejo Universitario de la Institución; Estando a lo solicitado, O fi cio Nº 343-2022-FDCS- UNSAAC, Informe Nº 056-2022-GT-UNSAAC y en uso de las atribuciones conferidas a este Rectorado por la Ley y el Estatuto Universitario; RESUELVE:Primero.- AUTORIZAR a la Secretaría General de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco, proceda a la emisión de DUPLICADO DE DIPLOMA de Grado Académico de Bachiller en Derecho y Ciencias Políticas, a favor de Don LINO DELGADO VILLALOBOS, egresado de la hoy Escuela Profesional de Derecho de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales, por motivo de perdida y por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución, anulándose el diploma otorgado anteriormente. Segundo.- DAR CUENTA de la presente Resolución a la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria – SUNEDU. Tercero.- DISPONER que la O fi cina de Trámite Documentario de la UNSAAC, noti fi que bajo cargo la presente Resolución al interesado. Cuarto.- DISPONER que la Unidad de Abastecimiento de la Dirección General de Administración, proceda a la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”, bajo responsabilidad. La Secretaría General deberá adoptar las medidas complementarias necesarias para el cumplimiento de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y archívese.ELEAZAR CRUCINTA UGARTE Rector MARÍA MYLUSKA VILLAGARCIA ZERECEDA Secretaria General (e) 2125516-1 UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO SECRETARÍA GENERAL RESOLUCIÓN Nº R-935-2022-UNSAAC Cusco, 13 de octubre de 2022 EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO: VISTO, el Expediente Nº 443049, presentado por Don CHRISTIAN MARX ROBLES RAFAELE, egresado de la hoy Escuela Profesional de Ingeniería Química de la Facultad de Ingeniería de Procesos de la Institución, con Código Universitario Nº 030145, solicitando emisión de duplicado de Diploma de Grado Académico de Bachiller en Ingeniería Quimica, por motivo de pérdida, y; CONSIDERANDO:Que, por Ley Nº 28626 y la modi fi catoria del TUO del Reglamento de Duplicados de Diplomas de Grados y Títulos Profesionales expedidos por las universidades del país, aprobado por Resolución Nº 1256-2013-ANR, se faculta a las universidades públicas y privadas, la expedición de duplicados de diplomas de Grados y Títulos Profesionales, por motivos de pérdida, deterioro y mutilación; siempre que se cumpla las formalidades y requisitos de seguridad previstos por cada Universidad; norma concordante con el Reglamento del Registro Nacional de Grados y Títulos de la SUNEDU, aprobado por Resolución del Consejo Directivo Nº 009-2015-SUNEDU/ CD, de fecha 18 de diciembre de 2015 y modi fi cado por