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50 NORMAS LEGALESMiércoles 16 de noviembre de 2022 El Peruano / Que, mediante Resolución Nº R-0148-2020-UNSAAC, se autoriza la recti fi cación administrativa de nombre por mandato judicial del señor FLORENTINO MAQQUERA HUALLPA en lugar de Florentino Ilachoque Huallpa, en todos los documentos académicos y administrativos que obran en la Institución. Que, la Autoridad Universitaria ha tomado conocimiento del referido expediente y ha dispuesto la emisión de la Resolución correspondiente, con cargo a dar cuenta al Consejo Universitario de la Institución; Estando a lo solicitado, O fi cio Nº 174-2022-FDCS- UNSAAC, Informe Nº 051-2022-GT-UNSAAC y en uso de las atribuciones conferidas a este Rectorado por la Ley y el Estatuto Universitario; RESUELVE:Primero.- AUTORIZAR a la Secretaría General de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco, proceda a la emisión de DUPLICADO DE DIPLOMA de Grado Académico de Bachiller en Derecho y Ciencias Políticas, a favor de Don FLORENTINO MAQQUERA HUALLPA, egresado de la hoy Escuela Profesional de Derecho de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales, por motivo de deterioro y por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución, anulándose el diploma otorgado anteriormente. Segundo.- DAR CUENTA de la presente Resolución a la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria – SUNEDU. Tercero.- DISPONER que la O fi cina de Trámite Documentario de la UNSAAC, noti fi que bajo cargo la presente Resolución al interesado. Cuarto.- DISPONER que la Unidad de Abastecimiento de la Dirección General de Administración, proceda a la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”, bajo responsabilidad. La Secretaría General deberá adoptar las medidas complementarias necesarias para el cumplimiento de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y archívese.ELEAZAR CRUCINTA UGARTE Rector MARÍA MYLUSKA VILLAGARCIA ZERECEDA Secretaria General (e) 2125511-1 UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO SECRETARÍA GENERAL RESOLUCIÓN Nº R-815-2022-UNSAAC Cusco, 22 de septiembre de 2022EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO: VISTO, el Expediente Nº 443190, presentado por Don LEONID ADOLFO PACHECO CUEVA, egresado de la hoy Escuela Profesional de Medicina Humana de la Facultad de Ciencias de la Salud, con Código Universitario Nº 051759, solicitando emisión de duplicado de Diploma de Grado Académico de Bachiller en Medicina Humana, por motivo de pérdida, y; CONSIDERANDO:Que, por Ley Nº 28626 y la modi fi catoria del TUO del Reglamento de Duplicados de Diplomas de Grados y Títulos Profesionales expedidos por las universidades del país, aprobado por Resolución Nº 1256-2013-ANR, se faculta a las universidades públicas y privadas, la expedición de duplicados de diplomas de Grados y Títulos Profesionales, por motivos de pérdida, deterioro y mutilación; siempre que se cumpla las formalidades y requisitos de seguridad previstos por cada Universidad; norma concordante con el Reglamento del Registro Nacional de Grados y Títulos de la SUNEDU, aprobado por Resolución del Consejo Directivo Nº 009-2015-SUNEDU/ CD, de fecha 18 de diciembre de 2015 y modi fi cado por Resolución del Consejo Directivo Nº 038-2016-SUNEDU/CD de fecha 11 de noviembre de 2016 y Resolución de Consejo Directivo Nº 010-2017-SUNEDU/CD de fecha 16 de marzo de 2017; Que, el otorgamiento de Duplicado de Diploma de Grados y Títulos Profesionales emitidos por la Universidad Nacional de San Antonio Abad de Cusco, está regulado por la Directiva aprobada por Resolución Nº CU-224-2006-UNSAAC, de 09 de febrero de 2006, actualizada por Resolución Nº R-1152-2017-UNSAAC, de fecha 19 de setiembre de 2017; Que, el administrado mediante expediente del Visto, solicita emisión de duplicado de Diploma de Grado Académico de Bachiller en Medicina Humana, por la causal de perdida, para cuyo efecto cumple con adjuntar a su petición los requisitos exigidos en la Directiva para el otorgamiento de Duplicados de Grados y títulos Profesionales emitidos por la UNSAAC; Que, mediante Informe Nº 049-2022-GT-UNSAAC, el Equipo de Grados y Títulos de Secretaría General, hace de conocimiento que, de acuerdo a la Base de Datos y el Libro de Registros del Equipo de Grados y Títulos de la UNSAAC, Don LEONID ADOLFO PACHECO CUEVA ha optado el grado académico de Bachiller en Medicina Humana en la Facultad de Ciencias de la Salud, según consta de la Resolución Nº CU-0269-2014-GT de fecha 22 de enero de 2014, inscrito en el Libro Nº 13, Folio Nº 1601, Diploma Nº 0269; Que, al respecto, con O fi cio Nº 436-2022-FCS- UNSAAC, la Decana de la Facultad de Ciencias de la Salud de la Institución informa que, de acuerdo a los archivos de la Escuela Profesional de Medicina Humana, el administrado, ha optado el Grado Académico de Bachiller en Medicina Humana, aprobándose su expediente mediante Resolución Nº 131-2014-FMH-UNSAAC de fecha 17 de enero de 2014; Que, la Autoridad Universitaria ha tomado conocimiento del referido expediente y ha dispuesto la emisión de la Resolución correspondiente, con cargo a dar cuenta al Consejo Universitario de la Institución; Estando a lo solicitado, O fi cio Nº 436-2022-FCS- UNSAAC, Informe Nº 049-2022-GT-UNSAAC y en uso de las atribuciones conferidas a este Rectorado por la Ley y el Estatuto Universitario; RESUELVE:Primero.- AUTORIZAR a la Secretaría General de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco, proceda a la emisión de DUPLICADO DE DIPLOMA de Grado Académico de Bachiller en Medicina Humana, a favor de Don LEONID ADOLFO PACHECO CUEVA, egresado de la hoy Escuela Profesional de Medicina Humana de la Facultad de Ciencias de la Salud de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco, por motivo de pérdida y por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución, anulándose el diploma otorgado anteriormente. Segundo.- DAR CUENTA de la presente Resolución a la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria – SUNEDU. Tercero.- DISPONER que la O fi cina de Trámite Documentario de la UNSAAC, noti fi que bajo cargo la presente Resolución al interesado. Cuarto.- DISPONER que la Unidad de Abastecimiento de la Dirección General de Administración, proceda a la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”, bajo responsabilidad. La Secretaría General deberá adoptar las medidas complementarias necesarias para el cumplimiento de la presente resolución.