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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2022 (17/11/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 196

TEXTO PAGINA: 76

76 NORMAS LEGALES Jueves 17 de noviembre de 2022 El Peruano / Que, de conformidad con los incisos a) y b) del numeral 6.1.5 de la Resolución Viceministerial Nº 244-2021-MINEDU que aprueba la Norma Técnica denominada: “Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las Comisiones Organizadoras de las Universidades Públicas en proceso de Constitución”, señala que el Presidente de la Comisión Organizadora es designado mediante Resolución Viceministerial del despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación para lo cual ejerce la representación legal de la Universidad y de la Comisión Organizadora y dirige su gestión administrativa; asimismo en el inciso d) del mismo numeral lo faculta a emitir resoluciones en los ámbitos de su competencia, y; Que, estando a lo expuesto y en uso de las facultades y atribuciones conferidas en el artículo 18º de la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 30220, Ley Universitaria; el Documento Normativo denominado: “Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las Comisiones Organizadoras de las Universidades Públicas en proceso de Constitución”, aprobado mediante la Resolución Viceministerial Nº 244-2021-MINEDU, y demás normas concordantes; SE RESUELVE:Artículo Primero.- APROBAR la Transferencia Financiera en el Marco de la Ley Nº 31358, Ley que Establece medidas para la Expansión del Control Concurrente con la fi nalidad de efectuar acciones de Control Concurrente al proyecto con CUI 2292528-CREACION DEL SERVICIO DE FORMACIÓN PROFESIONAL EN INGENIERÍA CIVIL DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL INTERCULTURAL DE LA SELVA CENTRAL JUAN SANTOS ATAHUALPA EN EL DISTRITO DE CHANCHAMAYO, PROVINCIA DE CHANCHAMAYO, REGIÓN JUNÍN, hasta por un monto de S/ 272,968.78 (Doscientos Setenta y Dos mil Novecientos Sesenta y Ocho con 78/100 soles) a favor del Pliego 019, con la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios y Recursos Determinados. Artículo Segundo.- DISPONER la remisión de la copia del presente Resolución, dentro de los cinco (5) días calendario siguientes de aprobada, a la Comisión de Presupuesto y Cuenta General de la República del Congreso de la República, a la Contraloría General de la República y a la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas y demás dependencias administrativas del Pliego 551: U.N. INTERCULTURAL DE LA SELVA CENTRAL JUAN SANTOS ATAHUALPA. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto y demás dependencias pertinentes, efectuar las acciones necesarias para el cumplimiento de la presente Resolución. Artículo Cuarto.- PRECISAR que los recursos de la transferencia fi nanciera aprobada en el Artículo 1 de la presente Resolución no puede destinarse, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo Quinto.- DISPONER que la presente Resolución de Presidencia de Comisión Organizadora, sea publicada en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo Sexto.- ENCOMENDAR al Secretario General remitir copia de la presente Resolución a las dependencias y/o estamentos pertinentes, para conocimiento y fi nes de Ley. Artículo Séptimo.- ENCÁRGUESE a la O fi cina de Tecnologías de la Información, la publicación de la presente Resolución en el portal de transparencia de la Universidad Nacional Intercultural de la Selva Central Juan Santos Atahualpa. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese.MOISÉS R. VÁSQUEZ CAICEDO AYRAS Comisión OrganizadoraPresidente PEDRO CORILLOCLLA COZ Secretario General 2125185-1Autorizan viaje de profesionales de la Universidad Nacional Toribio Rodríguez de Mendoza de Amazonas para participar en pasantía a realizarse en Brasil UNIVERSIDAD NACIONAL “TORIBIO RODRÍGUEZ DE MENDOZA DE AMAZONAS” RESOLUCIÓN DE CONSEJO UNIVERSITARIO Nº 495-2022-UNTRM/CU Chachapoyas, 9 de noviembre de 2022VISTO: El Acuerdo de Sesión ordinaria, de Consejo Universitario, de fecha 07 de noviembre de 2022, y; CONSIDERANDO:Que, la Universidad Nacional Toribio Rodríguez de Mendoza de Amazonas, organiza su Régimen de Gobierno de acuerdo a Ley Universitaria Nº 30220, su Estatuto y Reglamentos, atendiendo a sus necesidades y características; Que, el numeral 11.1 del artículo 11 de la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2022, dispone que “Durante el Año Fiscal 2022, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica, pudiendo exceptuarse a los funcionarios señalados en el artículo 52 de la Ley 30057, Ley del Servicio Civil, siempre que el tiempo de viaje sea mayor a ocho (8) horas o cuando la estancia sea menor a cuarenta y ocho (48) horas. La autorización para viajes al exterior de las personas señaladas en el párrafo precedente se aprueba conforme a lo establecido en la Ley 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias”; Que, la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, en el primer párrafo del artículo 1 dispone que “la presente Ley regula la autorización de viaje al exterior de los funcionarios y servidores públicos o representantes del estado que irrogue gastos al Tesoro Público y que se encuentren comprendidos en las entidades públicas sujetas al ámbito de control de la Ley de Presupuesto del Sector Público, incluyendo aquellos comprendidos en el Fondo Nacional de Financiamiento de las Actividad Empresarial del estado FONAFE”; Que, la Ley Nº 27619, en concordancia con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, Ley que regula la Autorización de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, en el artículo 2 Contenido del acto de autorización, dispone que “La Resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés especí fi co de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac. En caso de requerimiento expreso formulado por un Ministro de Estado, se autorizará gastos de representación sobre cuyo monto total se rendirá cuenta documentadamente. Sin perjuicio de lo expuesto, toda autorización de viajes deberá sujetarse a las medidas de austeridad, racionalidad y transparencia del gasto público, bajo responsabilidad. Los viajes de delegaciones que representen al país en el exterior serán o fi cializados mediante Resolución Ministerial del Sector Relaciones Exteriores”; asimismo, en su artículo 4 Publicidad, establece que “Las Resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Ofi cial El Peruano, con anterioridad al viaje. En aquellos casos en que se haya requerido una permanencia mayor a la autorizada, se deberá acreditar especí fi camente la circunstancia que la motiva, siendo necesaria, además, la publicación de la autorización de mayor permanencia”;