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70 NORMAS LEGALES Jueves 24 de noviembre de 2022 El Peruano / SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD Dejan sin efecto la Res. N° 076-2019- SUSALUD/S, reconforman el Comité de Gobierno y Transformación Digital de la Superintendencia Nacional de Salud y dictan diversas disposiciones RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 086-2022-SUSALUD/S Lima, 22 de noviembre de 2022VISTOS: El Memorándum N° 00274-2022-SUSALUD-GG, de la Gerencia General y el Informe N° 000490-2022-SUSALUD-OGAJ, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, declara al Estado Peruano en proceso de modernización, estableciendo principios, acciones, mecanismos y herramientas teniendo como objetivo alcanzar entre otros, un estado transparente en su gestión, con trabajadores y servidores que brindan al ciudadano un servicio imparcial, oportuno, con fi able, predecible y de bajo costo; Que, mediante Decreto Supremo N° 033-2018-PCM, se crea la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación del Ciudadano, como el único punto de contacto digital del Estado Peruano con los ciudadanos y personas en general, basado en una experiencia sencilla, consistente e intuitiva de acceso a información institucional, trámites y servicios públicos digitales, siendo administrada por la Presidencia del Consejo de Ministros a través de la Secretaría de Gobierno Digital (actualmente Secretaría de Gobierno y Transformación Digital); Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 119- 2018-PCM, modi fi cada por la Resolución Ministerial N° 087-2019-PCM, se dispuso la creación de un Comité de Gobierno Digital (actualmente Comité de Gobierno y Transformación Digital) en cada entidad de la administración pública; Que, mediante la Resolución de Superintendencia N° 076-2019-SUSALUD/S se conformó el Comité de Gobierno Digital de la Superintendencia Nacional de Salud y se establecieron sus funciones; Que, en el numeral 4.2 del artículo 4 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1412, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Gobierno Digital , y establece disposiciones sobre las condiciones, requisitos y uso de las tecnologías y medios electrónicos en el procedimiento administrativo, aprobado mediante Decreto Supremo 029-2021-PCM, se establece que el Comité de Gobierno Digital (actualmente Comité de Gobierno y Transformación Digital) es el mecanismo de gobernanza a nivel institucional en las entidades públicas y su actuar se rige de conformidad con lo establecido en el Decreto de Urgencia Nº 006-2020, Decreto de Urgencia que crea el Sistema Nacional de Transformación Digital y sus normas reglamentarias; asimismo, coordina y remite el portafolio de proyectos de fi nido en el Plan de Gobierno Digital a la Comisión de Planeamiento Estratégico de la entidad o la que haga sus veces, para su evaluación, priorización e incorporación en sus instrumentos de gestión, tales como, el plan estratégico institucional, plan anual de contrataciones y plan operativo institucional; Que, en el numeral 68.1 del artículo 68 del referido Reglamento se establece que el Comité de Gobierno Digital (actualmente Comité de Gobierno y Transformación Digital) es el responsable de la gobernanza y uso estratégico de los datos en la entidad, estableciendo las políticas y directrices institucionales en la materia, en cumplimiento de los lineamientos y normas emitidas por la Secretaría de Gobierno Digital (actualmente Secretaría de Gobierno y Transformación Digital); y, en el numeral 111.2 del artículo 111 se especi fi ca que el Comité de Gobierno Digital (hoy Comité de Gobierno y Transformación Digital) es responsable de dirigir, mantener y supervisar el Sistema de Gestión de Seguridad de la Información (SGSI) de la entidad; Que, mediante el artículo 13 del Reglamento del Decreto de Urgencia N° 006-2020, Decreto de Urgencia que crea el Sistema Nacional de Transformación Digital, aprobado por Decreto Supremo N° 157-2021-PCM indica que el Comité de Gobierno y Transformación Digital es el mecanismo de gobernanza a nivel institucional para el gobierno y transformación digital en las entidades de la Administración Pública, responsable de liderar y dirigir el proceso de transformación digital en la entidad; asimismo, evalúa, prioriza e implementa los procesos para la transformación digital tales como: a) Diseño de servicios y procesos; b) Digitalización de procesos; c) Digitalización de servicios; d) Digitalización de las relaciones con la ciudadanía en general; e) Gobernanza y gestión de datos; f) Gobernanza y gestión de tecnologías digitales; g) Gestión de competencias digitales; h) Gestión del cambio de cultura institucional aplicada a la transformación digital; i) Gestión del cambio cultural y conocimiento, en consonancia con la Política Nacional de Transformación Digital; Que, en la Cuarta Disposición Complementaria Final del mencionado Reglamento, se precisa que para todo efecto, la mención al Comité de Gobierno Digital, Líder de Gobierno Digital, O fi cial de Seguridad Digital y Plataforma de Interoperabilidad del Estado que se efectúe en cualquier disposición, norma o documento de gestión debe entenderse al Comité de Gobierno y Transformación Digital, Líder de Gobierno y Transformación Digital, O fi cial de Seguridad y Con fi anza Digital, Líder Nacional de Gobierno y Transformación Digital y Plataforma Nacional de Interoperabilidad, respectivamente; Que, teniendo en cuenta los documentos de vistos, así como la emisión de nuevas disposiciones en materia de transformación digital, resulta necesario reconformar el Comité de Gobierno y Transformación Digital y establecer sus funciones, dejando sin efecto la Resolución de Superintendencia N° 076-2019-SUSALUD/S; Con los vistos del Gerente General y de la Directora General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica de la Superintendencia Nacional de Salud; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 1158, Decreto Legislativo que dispone medidas destinadas al fortalecimiento y cambio de denominación de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud, el Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Salud, aprobado mediante Decreto Supremo N° 008-2014-SA, y las disposiciones del Decreto Supremo N° 033-2018-PCM, la Resolución Ministerial Nº 119-2018-PCM, la Resolución Ministerial N° 087-2019-PCM, el Decreto Supremo 029-2021-PCM y el Decreto Supremo 157-2021-PCM. SE RESUELVE: Artículo 1.- DEJAR SIN EFECTO la Resolución de Superintendencia N° 076-2019-SUSALUD/S. Artículo 2.- RECONFORMAR el Comité de Gobierno y Transformación Digital de la Superintendencia Nacional de Salud, el cual estará integrado por: - El/la Titular de la entidad o su representante. - El/la Líder de Gobierno Digital. - El/la Intendente de la Intendencia de Investigación y Desarrollo, quien actuará como Secretario Técnico del Comité. - El/la Jefe(a) del área de Gestión de la Información. - El/la Directora(a) General de la O fi cina General de Gestión de las Personas. - El/la Jefe(a) de la Unidad Funcional de Atención a la Ciudadanía y Gestión Documental. - El/la Superintendente Adjunto(a) de la Superintendencia Adjunta de Promoción y Protección de Derechos en Salud.