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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE OCTUBRE DEL AÑO 2022 (02/10/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 36

36 NORMAS LEGALES Domingo 2 de octubre de 2022 El Peruano / señalando que cada entidad debe designar fedatarios institucionales adscritos a sus unidades de recepción documental, en número proporcional a sus necesidades de atención; Que, mediante Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Administración y Finanzas N° 007-2020-SUNAT/800000 de fecha 28 de enero de 2020, se designó, entre otros, a Jonathan Adriel Callapiña Conza, para cumplir la función de Fedatario Institucional Titular de la Intendencia Regional Madre de Dios; Que, en mérito a los fundamentos expuestos en el Informe N° 000011-2022-SUNAT/7Q0000 de fecha 16 de setiembre de 2022 emitido por la Intendencia Regional Madre de Dios, se estima conveniente dejar sin efecto la designación mencionada en el considerando precedente, y designar a los/las servidores/as que ejercerán la función de Fedatarios/as Institucionales Titulares y Alternos/as de la citada Intendencia; En uso de la facultad conferida por el inciso h) del artículo 16° del Documento de Organización y Funciones Provisional - DOFP de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT aprobado por Resolución de Superintendencia N° 000042-2022/SUNAT; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Dejar sin efecto la designación de Jonathan Adriel Callapiña Conza como Fedatario Institucional Titular de la Intendencia Regional Madre de Dios. Artículo 2°.- Designar como Fedatarios/as Institucionales de la Intendencia Regional Madre de Dios, a los/las siguientes servidores/as: Fedatarios Institucionales Titulares- VICTOR ARTURO CARACCIOLO FALCON - IVAN JOSEPH YANA CHAÑI Fedatarias Institucionales Alternas- LESLY VANESA IBARRA PORRAS - ERIKA STEYSI GAVILAN GARATE Regístrese, comuníquese y publíquese.MIGUEL ANGEL CARDENAS HUAYLLASCO Superintendente Nacional Adjunto de Administración y Finanzas (e) 2111445-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS Aprueban la actualización del Reglamento de Acceso a la Función Registral dentro del Sistema Nacional de los Registros Públicos RESOLUCIÓN DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS N° 140-2022-SUNARP/SN Lima, 29 de setiembre de 2022VISTOS, el Memorándum N° 846-2022-SUNARP/ DTR del 9 de setiembre de 2022, de la Dirección Técnica Registral; el Informe Técnico N° 330-2022-SUNARP/OGRH del 15 de setiembre de 2022, de la O fi cina de Gestión de Recursos Humanos; el Memorándum N° 1033-2022-SUNARP/OPPM del 15 de setiembre de 2022, de la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y, el Informe N° 858-2022-SUNARP/OAJ del 15 de setiembre de 2022, de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 26366 se crea la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - Sunarp, como organismo descentralizado autónomo del Sector Justicia y ente rector del Sistema Nacional de Registros Públicos, con personería jurídica de Derecho Público, con patrimonio propio y autonomía funcional, jurídico registral, técnica, económica, fi nanciera y administrativa; Que, a través de la Resolución N° 064-2015-SUNARP/ SN del 23 de marzo de 2015, se resolvió, entre otras disposiciones, aprobar el nuevo Reglamento de Acceso a la Función Registral dentro del Sistema Nacional de los Registros Públicos - Sunarp; Que, en función de lo dispuesto en el sub numeral 7.9.1 del numeral 7.9 de la Directiva N° DI-002-2022-UOM-OPPM denominada “Directiva que regula la emisión de los documentos normativos de la Sunarp”, aprobada con Resolución N° 210-2022-SUNARP/GG, los documentos normativos aprobados se revisarán cada dos años por el órgano o unidad orgánica proponente y cuando corresponda su actualización de acuerdo a los criterios de mejora continua, modernización y simpli fi cación o como resultado de los cambios que se produzcan o según norma legal pertinente; Que, de la revisión del Reglamento de Acceso a la Función Registral dentro del Sistema Nacional de los Registros Públicos y acorde con los criterios de mejora continua, modernización y simpli fi cación, la O fi cina de Gestión de Recursos Humanos, como órgano proponente, formula su actualización. Es así que, mediante el Informe Técnico N° 330-2022-SUNARP/OGRH, el órgano de apoyo sustenta la necesidad de actualizar el mencionado reglamento, el cual consolida la regulación de la gestión del ingreso de servidores, al ámbito registral en la Sunarp y sus Órganos Desconcentrados, recogiendo los principales procedimientos en materia de aprobación, convocatoria, selección y elección de servidores para que conformen el Sistema Nacional de los Registros Públicos; Que, asimismo, el órgano de apoyo señala que la propuesta de actualización del referido documento normativo cuenta con la opinión favorable de la Dirección Técnica Registral, como órgano de línea, vinculado al ámbito registral; Que, de conformidad con lo establecido en el sub numeral 7.9.2 del numeral 7.9 de la Directiva DI-002-2022-UOM-OPPM, los órganos y unidades orgánicas proponentes, son los responsables de conducir la revisión, proponer la actualización por inconsistencias, posibilidad de mejora o derogación de los documentos normativos, remitiendo la propuesta a la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización o Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Modernización en el caso de Zonas Registrales para su evaluación y emisión de opinión técnica. Posteriormente, dicha propuesta será remitida a la O fi cina de Asesoría Jurídica o la Unidad de Asesoría Jurídica según sea el caso, para la opinión jurídica correspondiente; Que, siendo así, a través del Memorándum N° 1033-2022-SUNARP/OPPM, la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización hace suyo y traslada el Informe N° 238-2022-SUNARP/OPPM/UPL, emitido por la Unidad de Planeamiento, en el que mani fi esta que el proyecto de actualización del documento normativo, se enmarca en el contenido de los numerales 7.2, 7.3.2 y 7.4 de la Directiva DI-002-2022-UOM-OPPM, así como a lo especi fi cado en los Anexos 2 y 7 de la misma. En consecuencia, emite opinión favorable y que se prosiga con el trámite correspondiente; Que, la O fi cina de Asesoría Jurídica mediante el Informe N° 858-2022-SUNARP/OAJ, concluye que resulta legalmente viable la emisión del acto resolutivo que disponga la aprobación de la actualización del Reglamento de Acceso a la Función Registral dentro del Sistema Nacional de los Registros Públicos, al cumplir con los presupuesto contemplados en la Directiva N° DI-002-2022-UOM-OPPM, denominada “Directiva que regula la emisión de los documentos normativos de la