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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE OCTUBRE DEL AÑO 2022 (08/10/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 132

TEXTO PAGINA: 132

132 NORMAS LEGALES Sábado 8 de octubre de 2022 El Peruano / referido Proyecto de Ordenanza sea sometido a la aprobación del Concejo Municipal; Que, mediante Proveído N° 1522 de fecha 04 de agosto de 2022 el Despacho de Alcaldía remite los actuados a la Secretaría General, a fi n de que se ponga en conocimiento del Concejo Municipal; Que, mediante Dictamen N° 018-2022-MPL/CAJAP de fecha 19 de setiembre de 2022, la Comisión de Asuntos Jurídicos, Administración y Presupuesto recomienda al Concejo Municipal aprobar el Proyecto de Ordenanza que Modi fi ca el Reglamento Interno del Concejo de Pueblo Libre, según texto modi fi cado por dicha Comisión; EN USO DE LAS ATRIBUCIONES CONFERIDAS POR EL NUMERAL 8 DEL ARTÍCULO 9 Y ARTÍCULO 40 DE LA LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES, EL CONCEJO MUNICIPAL APROBÓ LA SIGUIENTE: ORDENANZA QUE MODIFICA EL REGLAMENTO INTERNO DEL CONCEJO DE PUEBLO LIBRE Artículo Primero.- INCORPÓRASE los numerales 14 y 15 del Artículo 5 del Reglamento Interno del Concejo de PUEBLO LIBRE, cuyos textos forman parte integrante de la presente Ordenanza como Anexo. Articulo Segundo.- MODIFÍCASE los artículos 8, 18 y 21 del Reglamento Interno del Concejo de PUEBLO LIBRE, cuyos textos forman parte integrante de la presente Ordenanza como Anexo. Artículo Tercero.- PUBLÍCASE la presente Ordenanza en el diario o fi cial El Peruano; y el íntegro de su contenido en el Portal Institucional de la Municipalidad www.muniplibre.gob.pe y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas. Artículo Cuarto.- DERÓGASE las normas que se opongan a la presente Ordenanza. Artículo Quinto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.STEPHEN YURI HAAS DEL CARPIO Alcalde 2113383-1 COMUNICADO A NUESTROS USUARIOS REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE DECLARACIONES JURADAS Las entidades públicas que requieran publicar documentos en la Separata Especial de Declaraciones Juradas de Funcionarios y Servidores Públicos del Estado deberán tomar en cuenta lo siguiente: El jefe del área autorizada y acreditado ante la Gerencia de Publicaciones O fi ciales, enviará la solicitud de publicación desde su cuenta de correo institucional a la siguiente cuenta electrónica: dj@editoraperu. com.pe . 1) En el correo institucional se deberá adjuntar lo siguiente: a) O fi cio escaneado dirigido al Gerente de Pubicaciones O fi ciales, en el que se solicita la publicación de declaraciones juradas. El o fi cio podrá ser fi rmado digitalmente o con sello y fi rma manual del funcionario autorizado. b) El archivo en formato Excel (*) conteniendo las declaraciones juradas, una debajo de otra y en una sola hoja de cálculo. No se recibirá documentos físicos ni archivos en formato PDF. (*) Las plantillas en formato Excel se pueden descargar del siguiente link: http://pga. editoraperu.com.pe/ddjj-plantilla.xlt 2) El contenido de todo archivo electrónico que se entregue para su publicación será considerado COPIA FIEL DEL DOCUMENTO ORIGINAL QUE OBRA EN LOS ARCHIVOS DE LA INSTITUCIÓN SOLICITANTE. De esta manera, cada entidad pública es responsable del contenido de los archivos electrónicos que entrega a EDITORAPERU para su publicación. 3) En el campo “ASUNTO” del correo institucional se deberá consignar el número de O fi cio y nombre de la institución. En el contenido del mensaje electrónico se deberá indicar el nombre y número del teléfono celular del funcionario que podrá resolver dudas o problemas técnicos que se presenten con los documentos. 4) Como señal de conformidad, el usuario recibirá un correo de respuesta de EDITORAPERU, en el que se consignará el número de la Orden de Publicación (OP). Este mensaje será considerado “Cargo de Recepción”. 5) La publicación se realizará conforme al orden de llegada y de acuerdo a la disponibilidad de espacio. 6) Los documentos se recibirán de lunes a viernes de 09.00 a 17:30 pm. 7) Este comunicado rige para las entidades públicas que no usan el Portal de Gestión de Atención al Cliente - PGA. GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES