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74 NORMAS LEGALES Jueves 20 de octubre de 2022 El Peruano / Asesoría Jurídica, se considera jurídicamente viable emitir la Resolución de Contraloría de designación en el cargo de Jefe del OCI de la Universidad Nacional Jorge Basadre Grohmann - Tacna, entidad bajo el ámbito de la Gerencia Regional de Control de Tacna, de conformidad con la propuesta elevada por la Vicecontraloría de Integridad y Control, disponiendo las acciones de personal necesarias; En uso de las facultades conferidas por el artículo 32 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modi fi catorias; y, conforme a lo dispuesto en la Directiva N° 020-2020-CG/NORM “Directiva de los Órganos de Control Institucional”, aprobada por Resolución de Contraloría N° 392-2020-CG, y modi fi cada mediante Resolución de Contraloría N° 124-2021-CG; SE RESUELVE:Artículo 1.- Designar, a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución, al colaborador Roger Ernesto Murrugarra Guevara en el cargo de Jefe del Órgano de Control Institucional de la Universidad Nacional Jorge Basadre Grohmann - Tacna. Artículo 2.- Disponer que la Universidad Nacional Jorge Basadre Grohmann - Tacna proporcione los medios necesarios para el ejercicio de la función de control, de conformidad con la normativa vigente. Artículo 3.- Disponer que la Gerencia de Capital Humano, la Subgerencia de Personal y Compensaciones y la Gerencia de Tecnologías de la Información de la Contraloría General de la República, adopten las acciones que correspondan de acuerdo a lo dispuesto en la presente Resolución. Artículo 4.- Publicar la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano (www.gob.pe/contraloria) y en la Intranet de la Contraloría General de la República. Regístrese, comuníquese y publíquese.NELSON SHACK YALTA Contralor General de la República 2117302-1 INSTITUCIONES EDUCATIVAS Autorizan viaje de docente de la Universidad Nacional de Barranca a Chile, en comisión de servicios UNIVERSIDAD NACIONAL DE BARRANCA RESOLUCIÓN DE COMISIÓN ORGANIZADORA Nº 718-2022-UNAB Barranca, 30 de setiembre de 2022VISTO:El Exp. Nº 1602-2022, de fecha 22 de setiembre de 2022, de la Presidencia; O fi cio Nº 076-2022-UNAB- VP. INVEST., de fecha 22 de setiembre de 2022, de la Vicepresidencia de Investigación y O fi cio Nº 0161-2022-DII-UNAB., de fecha 5 de setiembre de 2022, de la Dirección del Instituto de Investigación; CONSIDERANDO:Que, el párrafo cuarto del artículo 18 de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo 8 de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, reconoce la autonomía universitaria, en el marco normativo, de gobierno académico, administrativo y económico, que guarda concordancia con el artículo 4 del Estatuto de la UNAB; Que, el artículo 29 de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, establece que la Comisión Organizadora tiene a su cargo la aprobación del estatuto, reglamentos y documentos de gestión académica y administrativa de la universidad, formulados en los instrumentos de planeamiento, así como su conducción y dirección hasta que se constituyan los órganos de gobierno; Que, el artículo 1º de la Ley Nº 27619, “Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos”, establece la regulación de la autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos o representantes del Estado que irrogue gastos al Tesoro Público y que se encuentren comprendidos en las entidades públicas sujetas al ámbito de control de la Ley de Presupuesto del Sector Publico, incluyendo aquellos comprendidos en el Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE; coligiéndose de ello que, todo viaje al extranjero del rector y de docentes universitarios que irrogue gastos al Estado (en calidad de bolsa de viaje, viáticos, etc.), deberá ser publicado en el Diario Ofi cial “El Peruano” de forma obligatoria; asimismo, toda autorización de viajes deberá sujetarse a las medidas de austeridad, racionalidad y transparencia del gasto público, bajo responsabilidad; Que, a través de la Resolución de Comisión Organizadora Nº 685-2021-UNAB., de fecha 19 de octubre de 2021, se aprobó el Proyecto Especial de Investigación: FORMULACIÓN Y ELABORACIÓN DEL PANETON FUNCIONAL ENRIQUECIDO CON QUINUA (Chenopodium quinoa W.) Y HOJUELAS DE AMARANTO (Amaranthus caudatus L.); Que, con el Informe Nº 08-2022-NJG-PEP-UNAB., de fecha 28 de agosto de 2022, el Dr. NICODEMO CRESCENCIO JAMANCA GONZALES, responsable del Proyecto citado en el considerando precedente, informa a la Vicepresidencia de Investigación que participará en el VIII Congreso internacional de Ingeniería Agroindustrial, organizado por la Universidad de Concepción, en Chillán, Región del Bio Bio – Chile, con la ponencia titulada: “In fl uencia de prefermentos sobre la calidad nutricional y sensorial del panetón Tradicional”; evento académico que se realizará del 24 de octubre al 28 de octubre de 2022; Que, mediante el O fi cio Nº 076-2022-UNAB- VP. INVEST., de fecha 22 de setiembre de 2022, la Vicepresidencia de Investigación solicita se autorice el viaje, solicitado por el Dr. NICODEMO CRESCENCIO JAMANCA GONZALES, con la fi nalidad de divulgarse los resultados obtenidos en el Proyecto Especial de Investigación, citado en el cuarto considerando de la presente resolución, y que han sido publicados en la revista cientí fi ca FOODS con cuartil Q1 de la Editorial MDPI; conforme al requerimiento y opinión favorable de la Dirección del Instituto de Investigación en su O fi cio Nº 0161-2022-DII-UNAB., de fecha 5 de setiembre de 2022; Que, la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Barranca en Sesión Ordinaria, de fecha 30 de setiembre de 2022, acordó autorizar el viaje en Comisión de Servicio con goce de haber, del 24 de octubre al 28 de octubre de 2022, asimismo la asignación de montos por desplazamientos y viáticos, al Dr. NICODEMO CRESCENCIO JAMANCA GONZALES con la fi nalidad de participar en el VIII Congreso internacional de Ingeniería Agroindustrial, organizado por la Universidad de Concepción, en Chillán, Región del Bio Bio – Chile, con la ponencia titulada: “In fl uencia de prefermentos sobre la calidad nutricional y sensorial del panetón Tradicional”; Conforme a las disposiciones aplicables establecidas en la Constitución Política del Perú, Ley Nº 30220 - Ley Universitaria, Ley de Creación de la Universidad Nacional de Barranca - Ley Nº 29553, Estatuto de la Universidad Nacional de Barranca aprobado con Resolución de Comisión Organizadora Nº 446-2018-UNAB, Reglamento de Organización y Funciones de la Universidad Nacional de Barranca aprobado con Resolución Presidencial Nº 017-2021-UNAB y en uso de las facultades conferidas por las disposiciones legales y reglamentarias aplicables; SE RESUELVE:Artículo 1.- AUTORIZAR el viaje en Comisión de Servicio con goce de haber, del 24 de octubre al 28 de octubre de 2022, asimismo la asignación de montos