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64 NORMAS LEGALES Jueves 20 de octubre de 2022 El Peruano / publicada el 11 de noviembre de 2017 en el diario o fi cial “El Peruano”2, se otorgó a la Universidad la licencia institucional para ofrecer el servicio educativo superior, con una vigencia de seis (6) años. De acuerdo a la licencia institucional otorgada, así como a las modi fi caciones y recti fi caciones de su licencia institucional 3, la Universidad puede ofrecer el servicio educativo superior universitario en sus tres (3) locales ubicados en el distrito y provincia de Trujillo 4, así como en su fi lial de Cajamarca con un (1) local5 y, Lima con seis (6) locales6. Mediante Resolución del Consejo Directivo N° 096-2019-SUNEDU/CD del 22 de julio de 2019, publicada en el diario o fi cial “El Peruano” el 23 de julio de 2019, entre otros, se modi fi có los artículos 15, 26, 27 y 28 e incorporó los artículos 29, 30 y 31 al Reglamento de Licenciamiento. Asimismo, se estableció los escenarios para la modi fi cación de licencia institucional 7, consignando los requisitos aplicables para cada uno de ellos, así como los principios de razonabilidad, sostenibilidad y mejora, y riesgo de incumplimiento, para la evaluación de los indicadores de las CBC aplicables. Al respecto, el numeral 28.1 del artículo 28 del Reglamento de Licenciamiento señala que el procedimiento de modi fi cación de licencia institucional se rige por las reglas del procedimiento de licenciamiento institucional, a excepción de lo previsto en los artículos 6, 7, 8, 11, 12, 14, 15, 17, 18 y 21. Asimismo, el numeral 7 del Texto Único del Procedimiento Administrativo de la Sunedu 8 y el literal e) del numeral 31.1 del artículo 31 del referido Reglamento, establece como supuesto de modi fi cación de licencia institucional, el cambio de modalidad 9. Mediante Resolución del Consejo Directivo N° 105-2020-SUNEDU/CD del 24 de agosto de 2020, publicada en el diario o fi cial “El Peruano”, el 25 de agosto de 2020, se aprobó el “Modelo de Licenciamiento de programas en las modalidades semipresencial y a distancia”, e incorporó los artículos 31.5, 31.6, 31.7, 40.5, 40.6 y 40.7 al Reglamento de Licenciamiento. Asimismo, mediante Resolución del Consejo Directivo N° 086-2022-SUNEDU del 19 de agosto de 2022 10, se modi fi có el Reglamento de Licenciamiento y se suprimió requisitos de admisibilidad para los escenarios de modi fi cación de licencia y se modi fi có el numeral 30.1 del artículo 30; los numerales 31.1, 31.5, 31.6 y 31.7 del artículo 31; y, el numeral 40.6 del artículo 40 del Reglamento de Licenciamiento. El 7 de junio de 2022, la Universidad presentó una SMLI 11 por medio digital, ante la Unidad de Atención al Ciudadano y Trámite Documentario de la Sunedu, referida a la creación de diez (10) programas conducentes a grado académico de bachiller y título profesional 12, esto de conformidad con el literal c) del numeral 31.1 del artículo 31 del Reglamento de Licenciamiento. El 6 de julio de 2022, se noti fi có a la Universidad el Ofi cio N° 0466-2022-SUNEDU-02-12, mediante el cual la Dilic remite la Resolución de Trámite N° 2 que resolvió declarar admisible la solicitud de modi fi cación de licencia institucional presentada mediante expediente con RTD N° 032051-2022-SUNEDU-TD. El 16 agosto de 2022, la Universidad presentó 13 el Anexo 2 – Formato de Modi fi cación de Licencia Institucional actualizado, en el cual precisó que su pretensión se encontraba enmarcada en el supuesto de cambio de modalidad de diez (10) programas conducentes a grados y títulos a la modalidad a distancia 14, de conformidad con el literal e) del numeral 31.1, del artículo 31 del Reglamento de Licenciamiento. El 17 de agosto de 2022, mediante el O fi cio N° 0581-2022-SUNEDU-02-12, la Dilic noti fi có a la Universidad la Resolución de Trámite N° 4 del 17 de agosto de 2022, mediante la cual se resolvió realizar una Diligencia de Actuación Probatoria (en adelante, DAP), a través de la plataforma Microsoft Teams los días 25 y 26 de agosto de 2022, con la fi nalidad de recabar información vinculada a su SMLI. Los días 25 y 26 de agosto de 2022, se llevó a cabo la DAP 15. Durante su ejecución, se solicitó a la Universidad la presentación de información en el marco de su SMLI. El 31 de agosto de 2022, mediante O fi cio N° 748-2022-UPN-SG16, la Universidad remitió información a través de la cual informa sobre el desistimiento de parte de la pretensión, en el extremo referido al cambio de modalidad del programa de Ingeniería de Minas (P163). El 1 de septiembre de 2022, mediante O fi cio N° 0653-2022-SUNEDU-02-12, se le noti fi có a la Universidad las Actas de inicio17 y fi n18 de la DAP, la copia del Anexo 1 del Acta de fi n de DAP y los registros audiovisuales de entrevistas y recorridos virtuales realizados durante la referida Actividad. El 2 de septiembre de 2022, la Universidad mediante O fi cio N° 764-2022-UPN-SG 19, remitió información solicitada durante la DAP. Posteriormente, el 13 de septiembre de 2022, mediante Ofi cio N° 798-2022-UPN-SG20, la Universidad informó sobre el desistimiento de parte de la pretensión, en el extremo referido al cambio de modalidad del programa de Nutrición y Dietética (P162). En ese sentido, la pretensión actualizada de la Universidad, materia de evaluación, está referida al cambio de modalidad de ocho (8) programas conducentes a grados y títulos en la modalidad a distancia 21, conforme se detalla a continuación: TABLA N° 1. CAMBIO DE MODALIDAD DE OCHO (8) PROGRAMAS DE ESTUDIOS CONDUCENTES A GRADOS Y TÍTULOS N° Cód.Denominación del ProgramaGrado AcadémicoModalidad de estudios Denominación del grado académico que otorgaDenominación del Título que otorgaLocal donde se ofertará 1 P154Ingeniería IndustrialBachiller A DistanciaBachiller en Ingeniería IndustrialIngeniero IndustrialF02L01 2 P155 Derecho Bachiller A DistanciaBachiller en DerechoAbogado F02L01 3 P156 Administración Bachiller A DistanciaBachiller en AdministraciónLicenciado en AdministraciónF02L01 4 P157Contabilidad y FinanzasBachiller A DistanciaBachiller en Contabilidad y FinanzasContador Público F02L01 5 P158 Psicología Bachiller A DistanciaBachiller en PsicologíaLicenciado en PsicologíaF02L03 6 P159Administración y Negocios InternacionalesBachiller A DistanciaBachiller en Administración y Negocios InternacionalesLicenciado en Administración y Negocios InternacionalesF02L01 7 P160Ingeniería de Sistemas Com- putacionalesBachiller A DistanciaBachiller en Ingeniería de Sistemas ComputacionalesIngeniero de Sistemas ComputacionalesF02L01 8 P161Administración y MarketingBachiller A DistanciaBachiller en Administración y MarketingLicenciado en Administración y MarketingF02L01 El 21 de septiembre de 2022, mediante o fi cio N° 823-2022-UPN-SG22, la Universidad remitió información complementaria a la SMLI. Finalmente, corresponde indicar que, durante el procedimiento de modi fi cación de licencia institucional, se realizaron seis (6) reuniones23 entre la Dilic y los representantes de la Universidad, a fi n de brindar información sobre aspectos relacionados con su SMLI. Mediante el Informe Técnico de Modi fi cación de Licencia N° 041-2022-SUNEDU-02-12 del 3 de octubre de 2022, la Dilic informó sobre la pertinencia de aprobar la solicitud de modi fi cación de licencia institucional y reconocer el cambio de modalidad de ocho (8) programas conducentes a grados y títulos en la modalidad a distancia 24, en los términos solicitados por la Universidad, en el marco de lo dispuesto en el literal e) del numeral 31.1 del artículo 31 del Reglamento de Licenciamiento. Según el análisis contenido en el informe técnico antes referido se tiene que, respecto a la propuesta normativa, se veri fi có que el modelo educativo, establece una serie de lineamientos que orientan y sirven de referencia para las funciones que cumple la Universidad en congruencia con su visión y misión institucional. Asimismo, evidenció contar con lineamientos que desarrollan las estrategias pedagógicas y didácticas; fundamentan la enseñanza de los programas de la SMLI en una base conceptual a nivel de pregrado e incorporan una ruta formativa para el desarrollo de los programas.