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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE OCTUBRE DEL AÑO 2022 (25/10/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 30

30 NORMAS LEGALES Martes 25 de octubre de 2022 El Peruano / superior o empleado de con fi anza, observando las limitaciones establecidas en la Ley N° 28175, Ley Marco del Empleo Público”; Que, por otro lado, el numeral 2.13 del Informe Técnico Nº 219-2016-SERVIR/GPGSC de fecha 15 de febrero de 2016 y el numeral 2.15 del Informe Técnico N.º 000445-2021-SERVIR/GPGSC de fecha 31 de marzo de 2021, precisan que: “En la designación temporal de un personal CAS para desempeñar las funciones de un puesto directivo o de con fi anza del régimen de los Decretos Legislativos Nº 276 y Nº 728 en adición a de funciones, es posible que el personal CAS no cumpla con el per fi l o requisitos mínimos del puesto directivo o de con fi anza 276 o 728 estipulados en los documentos de gestión de la entidad, pero sí reúne el per fi l o requisitos del puesto CAS”; Que, con informe de vistos, la O fi cina de Administración de la Procuraduría General del Estado, traslada y otorga conformidad al Informe Nº D000091-2022-JUS/PGE-OA-UFRH, emitido por el Coordinador de la Unidad Funcional de Recursos Humanos de la O fi cina de Administración de la Procuraduría General del Estado, en el que concluye que resulta viable designar temporalmente al señor Omar Kada fi Jesús Rojas Silva, como director de la Dirección de Aplicación Jurídico Procesal de la Procuraduría General del Estado, en adición a sus funciones como asesor II de la Presidencia Ejecutiva de la Procuraduría General del Estado; además, señala que resulta viable designar temporalmente a la señora Arelí Seraya Valencia Vargas, como directora de la Dirección de Valoración y Pericias de la Procuraduría General del Estado, en adición a sus funciones como directora del Centro de Formación y Capacitación de la Procuraduría General del Estado; Que, en atención a las consideraciones expuestas, corresponde emitir el acto resolutivo correspondiente; Con el visado de la Unidad Funcional de Recursos Humanos de la O fi cina de Administración, de la O fi cina de Administración, de la O fi cina de Asesoría Jurídica y de la Gerencia General, todas de la Procuraduría General del Estado, y; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 1326, que reestructura el Sistema Administrativo de Defensa Jurídica del Estado y crea la Procuraduría General del Estado, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2019-JUS, y la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones de la Procuraduría General del Estado aprobada por Decreto Supremo Nº 009-2020-JUS; SE RESUELVE:Artículo 1.- ACEPTAR la renuncia, del señor Mario Rafael Camacho Lazarte al cargo de director de la Dirección de Aplicación Jurídico Procesal de la Procuraduría General del Estado, siendo su último día de labores el 24 de octubre de 2022, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- DESIGNAR TEMPORALMENTE a partir del 25 de octubre de 2022, al señor Omar Kada fi Jesús Rojas Silva, para que ejerza el cargo de director de la Dirección de Aplicación Jurídico Procesal de la Procuraduría General del Estado, en adición a sus funciones como asesor II de la Presidencia Ejecutiva de la Procuraduría General del Estado. Artículo 3.- DESIGNAR TEMPORALMENTE a partir del 25 de octubre de 2022, a la señora Arelí Seraya Valencia Vargas, para que ejerza el cargo de directora de la Dirección de Valoración y Pericias de la Procuraduría General del Estado, en adición a sus funciones como directora del Centro de Formación y Capacitación de la Procuraduría General del Estado. Artículo 4.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial “El Peruano” y en el portal institucional de la Procuraduría General del Estado (www.gob.pe/procuraduria). Regístrese, comuníquese y publíquese.DANIEL SORIA LUJAN Procurador General del Estado 2118606-1ORGANISMOS AUTONOMOS CONTRALORIA GENERAL Designan Jefe del Órgano de Control Institucional del Instituto del Mar del Perú RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA N° 345-2022-CG Lima, 24 de octubre de 2022VISTOS: La Hoja Informativa Nº 000060-2022-CG/VCST, de la Vicecontraloría de Control Sectorial y Territorial; el Memorando N° 001398-2022-CG/POLDEH, de la Subgerencia de Políticas y Desarrollo Humano; la Hoja Informativa Nº 000222-2022-CG/PER, de la Subgerencia de Personal y Compensaciones; el Memorando Nº 000982-2022-CG/GCH, de la Gerencia de Capital Humano; la Hoja Informativa N° 000552-2022-CG/AJ, de la Subgerencia de Asesoría Jurídica; y, el Memorando Nº 000657-2022-CG/GJNC, de la Gerencia de Asesoría Jurídica y Normatividad en Control Gubernamental de la Contraloría General de la República; CONSIDERANDO:Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modi fi catorias, el Jefe del Órgano de Control Institucional (OCI) mantiene una vinculación de dependencia funcional y administrativa con la Contraloría General de la República, en su condición de ente técnico rector del Sistema Nacional de Control, sujetándose a sus lineamientos y disposiciones; Que, el artículo 19 de la citada Ley N° 27785 dispone que esta Entidad Fiscalizadora Superior, aplicando el principio de carácter técnico y especializado del control, designa a los Jefes de los OCI de las entidades sujetas a control; asimismo, establece que las entidades sujetas a control proporcionarán los medios necesarios para el ejercicio de la función de control en dichas entidades, de acuerdo con las disposiciones que sobre el particular dicte la Contraloría General de la República; Que, el numeral 7.1.3 de la Directiva N° 020-2020-CG/ NORM “Directiva de los Órganos de Control Institucional”, aprobada mediante Resolución de Contraloría N° 392-2020-CG, y modi fi cada mediante Resolución de Contraloría N° 124-2021-CG, en adelante la Directiva de los OCI, establece que la designación en el cargo de Jefe del OCI es una competencia exclusiva y excluyente de la Contraloría General de la República, la cual se efectúa mediante Resolución de Contraloría publicada en el Diario O fi cial El Peruano; asimismo, el numeral 7.1.3.1 de la citada Directiva establece que el Jefe del OCI designado por la Contraloría General de la República ejercerá sus funciones en una entidad por un periodo de tres (3) años; y que, por convenir a las necesidades del servicio y al interés institucional, podrá permanecer en el cargo por un periodo menor a los tres (3) años; señalando que, igualmente, se puede prorrogar el periodo de su designación hasta por un máximo de cinco (5) años en total; Que, de otro lado, el numeral 7.1.3.2 de la Directiva de los OCI establece que la designación de los Jefes de OCI termina por la ocurrencia de alguno de los hechos siguientes: a) situación sobreviniente que no le permita continuar en el ejercicio del cargo, conforme a lo dispuesto en el numeral 7.3.2 de dicha Directiva; b) renuncia del Jefe del OCI; c) culminación del período de designación, incluso al haberse emitido prórroga; d) razones de necesidad del servicio o interés institucional de la Contraloría; e) separación de fi nitiva; f) cese por límite de edad; y, g) muerte; para lo cual se debe emitir