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61 NORMAS LEGALES Miércoles 26 de octubre de 2022 El Peruano / CONCLUSIONES: - Que fueron certi fi cadas 8 proyectos de Inversión Pública de acuerdo al Sistema de Seguimiento de Inversiones – SSI, por un monto de S/. 2,031,344.30, que cuentan con presupuesto mayor a 10 millones. - Que ya se comunicó mediante Memorando a las Gerencias Regionales de Infraestructura y Desarrollo Social para que actualicen dichos proyectos. Que, mediante MEMORANDO N° 669-2022-GRU- GR-GGr de fecha 09 de setiembre de 2022, la Gerente General Regional, solicita opinión legal respecto al proceso de fi nanciamiento y ejecución del control concurrente de parte de la Contraloría General de República en el marco de la Ley N° 31358 “Ley que establece medidas para la Expansión del Control Concurrente y la Directiva N° 008-2022-CG/GMPL “Directiva externa que establece disposiciones complementarias de la Ley N° 31358”. Que, Conforme a los dispuesto en el Artículo 191° de la Constitución Política del Perú, concordante con el Artículo 2° de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Artículo 5° de la Ley N° 27867, precisa que es misión del Gobierno Regional organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo con sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el marco de las políticas nacionales y sectoriales, para la distribución al desarrollo integral y sostenible de la Región; Que, en virtud de lo expuesto, resulta necesario emitir acto resolutivo por el cual se aprueba la transferencia fi nanciera, por el monto de S/ 2,031,344.30, en favor del Pliego 019: Contraloría General de la República, a fi n de fi nanciar el respectivo servicio de control concurrente en el marco de lo dispuiesto por la Ley N° 31358, modi fi cada por la Ley N° 31500 y la Directiva N° 008-2022-CG/GMPL; Que, al amparo de la Ley N° 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias, y a las visaciones de la Gerencia General Regional, Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto, O fi cina Regional de Administración y la O fi cina Regional de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE:Artículo Primero.- APROBAR la TRANSFERENCIA FINANCIERA por el monto de S/ 2,031,344.30 a favor del Pliego 019: CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, con la fi nalidad de fi nanciar el servicio de control concurrente de 08 (ocho) Proyectos de Inversión Pública, en el marco de lo dispuesto por la Ley N° 31358. A rtículo Segundo.- DISPONER, que los recursos fi nancieros materia de trasferencia en virtud de lo resuelto en el Artículo Primero de la presente resolución, no pueden destinarse, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaria General, cumpla con realizar la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo Tercero.- SE DISPONE, la publicación de la presente resolución en la Pagina Web del Gobierno Regional de Ucayali. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ÁNGEL LUIS GUTIÉRREZ RODRÍGUEZGobernador Regional (P) 2108768-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR Designan a Jefa de la Oficina de Trámite Documentario y Archivo Central como funcionaria responsable de entregar la información de acceso público RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 250-2022-A-MDMM Magdalena del Mar, 10 de octubre de 2022 EL ALCALDE DE MAGDALENA DEL MARVISTO: La Resolución de Alcaldía N° 243-2022-A-MDMM, y; CONSIDERANDO:Que, en el marco de lo señalado en los artículos 3° y 8° del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2019-JUS, las entidades públicas deben designar al funcionario responsable de brindar la información que se solicite al amparo de la mencionada Ley; Que, el literal b) del artículo 3° del Reglamento de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, dispone que es obligación de la máxima autoridad de la entidad, bajo responsabilidad, designar a los funcionarios responsables de entregar la información de acceso público; asimismo, el artículo 4° del Reglamento de la Ley Nº 27806, señala que la designación del funcionario o funcionarios responsables de entregar la información se efectuará mediante resolución de la máxima autoridad de la entidad, y será publicada en el Diario O fi cial El Peruano; Que, mediante Ordenanza N° 121-2021-MDMM, y su modi fi cación mediante Ordenanza N° 126-2021-MDMM y N° 142-2022-MDMM, se aprueba la modi fi cación de la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar, estableciendo en el artículo 63° que corresponde a la O fi cina de Trámite Documentario y Archivo Central la función de atender, coordinar y controlar las solicitudes relativas al procedimiento de transparencia y de acceso a la información institucional, conforme a la normatividad vigente; Que, estando a lo dispuesto en la Resolución de Alcaldía N° 243-2022-A-MDMM, resulta necesario actualizar al funcionario responsable de entregar la información de acceso público de la Municipalidad de Magdalena del Mar; Que, estando a los expuesto, y de conformidad a lo dispuesto por el Artículo 20º, numeral 6) de la Ley Nº 27972- Ley Orgánica de Municipalidades. SE RESUELVE:Artículo Primero.- DESIGNAR con e fi cacia a partir del 09 de octubre de 2022, a Doña CARMEN LIDIA CALDERON ALFARO, Jefa de la O fi cina de Trámite Documentario y Archivo Central, como funcionario responsable de entregar la información de acceso público de la Municipalidad de Magdalena del Mar, cargo que deberá desempeñar bajo responsabilidad. Articulo Segundo.- DISPONER que los funcionarios y servidores de la Municipalidad de Magdalena del Mar, deberán cumplir bajo responsabilidad, las disposiciones de la Directiva denominada “NORMAS DE PROCEDMIENTO PARA LA ATENCIÒN DE LAS SOLICITUDES DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA EN LA MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA