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54 NORMAS LEGALES Miércoles 26 de octubre de 2022 El Peruano / sobre Descentralización – Ley N° 27680, Ley de Bases de la Descentralización - Ley N° 27783, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales – Ley N° 27867, modi fi cado por la Ley N° 27902 y la Ley N° 28013, Reglamento del Consejo Regional, y demás normas complementarias; CONSIDERANDO: Que, el artículo 191° de la Constitución Política del Perú, concordante en el artículo 2° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala que: “Los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia”. Que, el artículo 13° de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales establece que: “El Consejo Regional, es el órgano normativo y fi scalizador del Gobierno Regional. Le corresponde las funciones y atribuciones que se establece en la presente ley y aquellas que le sean delegadas” . Que, el artículo 3° del Nuevo Reglamento Interno del Consejo Regional, señala: “ El Consejo Regional es un órgano normativo y fi scalizador del Gobierno Regional de Ucayali. Ejerce las funciones normativas, fi scalizadoras, investigadora de la gestión ejecutiva y administrativa del Gobierno Regional de Ucayali y las demás que establece la Constitución Política del Estado, la Ley de Bases de Descentralización N° 27783, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N° 27867, modi fi caciones y conexas”. Así mismo, el artículo 5° precisa que, el Consejo Regional, es soberano en el ejercicio pleno de sus funciones normativas y fi scalizadoras. Tiene autonomía normativa, administrativa, política, fi scalizadora e investigación en los asuntos de su competencia. Que, en Sesión Extraordinaria de fecha 26 de setiembre de 2022, mediante Citación N° 019-2022-GRU-CR-SCR, se dispone como sétimo punto, el O fi cio N° 865-2022-GRU-GR, de fecha 20 de setiembre de 2022, remitido por el Gobernador Regional (P) de Ucayali – Médico Cirujano Ángel Luis Gutiérrez Rodríguez, quien solicita que mediante Acuerdo Regional se apruebe la Transferencia Financiera de S/ 1’282,572.87 (Un Millón Doscientos Ochenta y Dos Mil Quinientos Setenta y Dos y 87/100 Soles), a favor de la Universidad Nacional de Ucayali, para la Ejecución del IOARR Proyecto de Inversión Pública: “Rehabilitación de la Vía Carrozable, Tramo Av. Túpac Amaru hasta la Vía de Evitamiento de la Universidad Nacional de Ucayali, Distrito de Callería, Provincia de Coronel Portillo - Ucayali”, CUI 2265591. Que, mediante O fi cio N° 181-2022-UNU-R, de fecha 03 de agosto de 2022, el Doctor Edgardo Leoncio Braúl Gomero – Rector de la Universidad Nacional de Ucayali, remite el Convenio Especí fi co de Cooperación Interinstitucional entre la Universidad Nacional de Ucayali y el Gobierno Regional de Ucayali, para la Ejecución del Proyecto de Inversión Pública: “Rehabilitación de la Vía Carrozable, Tramo Av. Túpac Amaru hasta la Vía de Evitamiento de la Universidad Nacional de Ucayali, Distrito de Callería, Provincia de Coronel Portillo - Ucayali” , con CUI N° 2265591. Que, mediante Informe N° 5332-2022-GRU-GRPP- SGP, de fecha 14 de setiembre de 2022, la Sub Gerencia de Presupuesto de la Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto del Gobierno Regional de Ucayali, concluye: 3) Con Autorización de la Gerencia General Regional y el Gerente Regional de Planeamiento y Presupuesto del Gobierno Regional de Ucayali, se plantea la modi fi cación presupuestaria, para realizar la transferencia fi nanciera a favor del Pliego 54 – Universidad Nacional de Ucayali, por el monto de S/ 1’282,572.87 (Un Millón Doscientos Ochenta y Dos Mil Quinientos Setenta y Dos y 87/100 Soles), a favor de la Universidad Nacional de Ucayali, para la Ejecución del IOARR Proyecto de Inversión Pública: “Rehabilitación de la Vía Carrozable, Tramo Av. Túpac Amaru hasta la Vía de Evitamiento de la Universidad Nacional de Ucayali, Distrito de Callería, Provincia de Coronel Portillo - Ucayali”, CUI 2265591. Que, mediante Informe N° 0581-2022-GRU-GRPP- SGPMI, la Sub Gerencia de Programación Multianual de Inversiones de la Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto del Gobierno Regional de Ucayali, confi rma la habilitación de recursos, que será destinada a transferencias fi nancieras y de partida conforme al numeral 13.1 del artículo 13° de la Ley N° 31365 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, a favor del Pliego de la Universidad Nacional de Ucayali, para fi nanciar la Ejecución del CUI 2265591, Proyecto de Inversión Pública: “Rehabilitación de la Vía Carrozable, Tramo Av. Túpac Amaru hasta la Vía de Evitamiento de la Universidad Nacional de Ucayali, Distrito de Callería, Provincia de Coronel Portillo - Ucayali”. Que, con fecha 15 de setiembre de 2022, se suscribe el Convenio Especí fi co de Cooperación Interinstitucional para la Ejecución del Proyecto de Inversión Pública entre la Universidad Nacional de Ucayali, con el objeto de realizar la Transferencia Financiera, para la Ejecución del Proyecto “Rehabilitación de la Vía Carrozable, Tramo Av. Túpac Amaru Hasta la Vía de Evitamiento de la Universidad Nacional de Ucayali, Distrito de Callería, Provincia de Coronel Portillo - Ucayali”, CUI 2265591. Que, mediante Informe N° 123-2022-GRU-GRPP- GRPP, de fecha 16 de setiembre de 2022, la Gerencia Regional de Planeamiento y de Presupuesto del Gobierno Regional de Ucayali, concluye: La transferencia fi nanciera a favor de la Universidad Nacional de Ucayali para atender el Convenio Especí fi co de Cooperación Interinstitucional entre la Universidad Nacional de Ucayali y el Gobierno Regional de Ucayali, para el fi nanciamiento del PIP “Rehabilitación de la Vía Carrozable, Tramo Av. Túpac Amaru Hasta la Vía de Evitamiento de la Universidad Nacional de Ucayali, Distrito de Callería, Provincia de Coronel Portillo - Ucayali”, se encuentra con Opinión Favorable Presupuestal por el monto de S/ 1´282,572.87, de la fuente de fi nanciamiento Recursos Determinados – FONCOR, conforme a la Modi fi cación Presupuestal Nota 0000000964. Que, mediante Informe Legal N° 022-2022-GRU- GGR-ORAJ/RDCSH, de fecha 01 de setiembre de 2022, la O fi cina Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Ucayali, señala lo siguiente: i) El literal I) del numeral 16.1 del artículo 16 de la Ley N° 31363 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, respecto a las transferencias fi nanciares permitidas, autoriza de manera excepcional, las transferencias para el fi nanciamiento y co fi nanciamiento de las inversiones en el marco del Sistema Nacional del Programa Multianual y Gestión de Inversiones y el mantenimiento de carreteras y de infraestructura de saneamiento, y de desarrollo de capacidades productivas, entre los niveles de gobierno subnacional y de estos al Gobierno Nacional, previa suscripción de convenio respectivo. ii) El numeral 16.2 del artículo antes citado, precisa que las transferencias fi nancieras autorizadas en el numeral 16.1 se realizan en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, mediante Resolución del Titular del Pliego, y en el caso de los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, mediante Acuerdo de Consejo Regional o Concejo Municipal respectivamente, requiriéndose el informe previo favorable de la O fi cina de Presupuesto o el que haga sus veces en la Entidad. iii) La Aprobación de Transferencia Financiera a otro pliego presupuestario en este caso la Universidad Nacional de Ucayali, para la Ejecución de Proyecto de Inversión Pública: “Rehabilitación de la Vía Carrozable, Tramo Av. Túpac Amaru hasta la Vía de Evitamiento de la Universidad Nacional de Ucayali, Distrito de Callería, Provincia de Coronel Portillo - Ucayali” , por el monto de S/ 1´282,572.87 Un Millón Doscientos Ochenta y Dos Mil Quinientos Setenta y Dos y 87/100 soles), por norma expresa es competencia del Consejo Regional a través de Acuerdo Regional. Que, en la Universidad Nacional de Ucayali existe una Trocha Carrozable desde la Av. Túpac hasta 2+333.40 km., ingresando hasta Manantay, la misma que se encuentra en mal estado de conservación, ocasionando malestar en el tránsito peatonal de los Docentes, Estudiantes y Trabajadores de la Universidad, con la fi nalidad de realizar sus actividades propias, debido a la falta de una adecuada vía, y que en temporadas de lluvias se convierte en intransitable, motivo por el cual se ha priorizado mejorar esta vía, a través de Convenio Especí fi co de Cooperación Interinstitucional entre la Universidad Nacional de Ucayali y el Gobierno Regional de Ucayali, para la Ejecución