NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2022 (09/09/2022)
CANTIDAD DE PAGINAS: 176
TEXTO PAGINA: 141
141 NORMAS LEGALES Viernes 9 de setiembre de 2022 El Peruano / Aprueban la no ratificación de Acta de Acuerdo de Límite Territorial Interdepartamental - Definición de Límites entre provincias del departamento de Apurímac con provincias del departamento de Ayacucho, y dictan otras disposiciones ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 077-2022-GRA/CR Ayacucho, 8 de agosto de 2022EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE AYACUCHO. POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ayacucho, en Sesión Ordinaria virtual de fecha 04 de agosto de 2022; deliberó y aprobó el Acuerdo de Consejo Regional de no rati fi car el Acta de Acuerdo de Límite Territorial Interdepartamental - De fi nición de Límites entre las Provincias de Andahuaylas, Chincheros, Aymaraes y Antabamba en el Departamento de Apurímac con las Provincias de La Mar, Huamanga, Vilcashuamán, Sucre, Lucanas, Parinacochas y Páucar del Sara Sara en el Departamento de Ayacucho; y, CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, y coordinan con las municipalidades sin interferir sus funciones; conforme lo dispone el artículo 191º de la Constitución Política del Estado, modi fi cado por la Ley Nº 30305; los artículos 8º y 31º de la Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralización; y concordante con el artículo 2º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias; Que, por solicitud de fecha 27 de mayo de 2022, el Alcalde de la Municipalidad Distrital de Upahuacho de la provincia de Parinacochas, solicita nueva propuesta de límite interdepartamental entre Ayacucho y Apurímac, señalando que el Acta de Acuerdo de Límites Territoriales Interdepartamentales suscrito con fecha 23 de mayo de 2014, fue agilizado unilateralmente por las autoridades administrativas del Departamento de Apurímac, la misma que fue aprobado por Acuerdo de Consejo Regional Nº 027-2014-GR-APURÍMAC/CR de fecha 25 de julio de 2014, ocasionando con fl ictos sociales y graves perjuicios e incertidumbres jurídicas y administrativas a los pobladores de los Centros Poblados de Ccasahuasi, Senccata, Sicuya Pucarumi, pertenecientes a la Comunidad Campesina de Achuani y por ende habría dividido el territorio de la Comunidad Campesina de Achuani y asimismo los cuatro (4) Centros Poblados habrían sido excluidos para el Distrito de Cotaruse de la Provincia de Aymaraes del Departamento de Apurímac de manera inconsulta y arbitraria; Que, por O fi cio Nº D000388-2022-PCM-SDOT de fecha 22 de junio de 2022, el Secretario de Demarcación y Organización Territorial de la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM), respecto a la solicitud de reformulación de la propuesta de límite interdepartamental contenida en el Acta de Acuerdo de Límites entre los departamentos de Ayacucho y Apurímac de fecha 23 de mayo de 2014, señala que al estar parcialmente saneada la colindancia entre los departamentos de Ayacucho y Apurímac, el tramo pendiente de saneamiento fue materia de un acta de acuerdo de límites suscrita por los Gobernadores Regionales de Apurímac y Ayacucho el 23 de mayo de 2014, la cual comprende el límite entre los distritos de Cotaruse (Apurímac) y Upahuacho (Ayacucho); pero, sin embargo, dicha acta sólo ha sido rati fi cado por el Consejo Regional de Apurímac más no por el Consejo Regional de Ayacucho; y re fi ere que el 9 de diciembre de 2020, se publicó en el Diario O fi cial El Peruano el Decreto Supremo Nº 191-2020-PCM que aprueba el reglamento de la Ley Nº 27795, Ley de Demarcación y Organización Territorial, y en ese sentido, corresponde a la SDOT adecuar el tratamiento del límite entre los departamentos de Ayacucho y Apurímac a lo que dispone tal reglamento de acuerdo a su Primera Disposición Complementaria Final; Que, por O fi cio Nº 271-2022-DMU-ADLG-AYAC de fecha 05 de julio de 2022, el Alcalde de la Municipalidad Distrital de Upahuacho, solicita al Gobernado Regional de Ayacucho y al Presidente del Consejo Regional de Ayacucho, pronunciamiento respecto al Acta de Acuerdo de Límite Territorial Interdepartamental entre Ayacucho y Apurímac, suscrito con fecha 23 de mayo de 2014, y a su vez solicita nueva propuesta de Límite Interdepartamental entre Ayacucho y Apurímac en el Sector Ccasahuasi, Senccata, Sicuya y Pucarumi - Achuani, jurisdicción del distrito de Upahuacho del departamento de Ayacucho; Que, por Informe Técnico Nº 001-2022-GRA/ GG-GRPPAT-SGATBR-SGA de fecha 03 de junio de 2022, el Ingeniero II de la Sub Gerencia de Acondicionamiento Territorial y Bienes Regionales del Gobierno Regional de Ayacucho, señala que el Acta de Límites Interdepartamentales entre Ayacucho y Apurímac, suscrito entre los Presidentes de los Gobiernos Regionales de Ayacucho, Apurímac y el Director de la Dirección Nacional Técnica de Demarcación de la Presidencia del Consejo de Ministros, habría generado controversias que podrían transformarse en con fl icto social, debido a que una parte de la población de algunos Centros Poblados de Ccasahuasi, Senccata, Sicuya, Pucarumi y Achuani, habrían siempre pertenecido a la jurisdicción del distrito de Upahuacho de la provincia de Parinacochas del departamento de Ayacucho, empero alguno de ellos, posiblemente estarían de acuerdo con el acta suscrito y estarían tramitando sus reconocimientos como Comunidad Campesina a la Dirección de Catastro de la Dirección Regional de Agricultura de Apurímac; y que por esta situación, el acta suscrito aún no se habría de fi nido los límites interdepartamentales entre los departamentos de Ayacucho y Apurímac, toda vez que el Consejo Regional de Ayacucho, no ha respaldado por los problemas que viene causando este tema; y a su vez, recomienda que el Gobernador Regional de Ayacucho debe remitir información del caso a la Secretaría Técnica de Demarcación Territorial de la Presidencia del Consejo de Ministros, solicitando la modi fi catoria y/o nueva delimitación en el sector en “controversia” entre los distritos de Upahuacho y Cotaruse; Que, por Informe Nº 016-2022-GRA-GGR-GRDE- DRAA-DCFR-D de fecha 25 de julio de 2022, la Dirección de Catastro y Formalización Rural de la Dirección Regional Agraria de Ayacucho, presenta informe sobre la Mesa Técnica entre el Gobierno Regional de Apurímac y Gobierno Regional de Ayacucho sobre reconocimiento de la Comunidad Campesina de Ccasahuasi, y recomienda que en la brevedad posible se debe culminar el proceso de límite inter-regional Ayacucho y Apurímac, principalmente entre los distritos de Upahuacho (Ayacucho) y Cotaruse (Apurímac), que corresponde a las o fi cinas de Demarcación y Organización Territorial, conforme a Ley; y aprobar la variación y/o rati fi cación del límite político administrativo entre los Consejos Regionales de Ayacucho y Apurímac; Que, por Informe Nº 017-2022-GRA/GG-GRPPAT- SGATBR de fecha 25 de julio de 2022, la Sub Gerencia de Acondicionamiento Territorial y Bienes Regionales del Gobierno Regional de Ayacucho, señala que corresponde al Consejo Regional de Ayacucho, según normativa vigente, suscribir el Acuerdo de Consejo Regional respectivo, rati fi cando o no lo contenido en el Acta de Acuerdo de Límite Territorial Interdepartamental Ayacucho - Apurímac de fecha 23 de mayo de 2014; y dada la coyuntura de la controversia social que está aconteciendo en la zona aledaña a la Comunidad de Ccasahuasi, donde hay poblados que se identi fi can social y culturalmente con la jurisdicción de Ayacucho, el Consejo Regional de Ayacucho podría manifestar expresamente en un Acuerdo de Consejo Regional la no rati fi cación del Acta de Acuerdo del año 2014, para que la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM), tome en consideración esta decisión, y pueda continuar con otros mecanismos según normativa vigente para la de fi nición o fi cial del límite