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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE ABRIL DEL AÑO 2023 (06/04/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 39

39 NORMAS LEGALES Jueves 6 de abril de 2023 El Peruano / “Artículo 4.- Delegación de facultades y atribuciones en el/la Director/a General de la O fi cina General de Administración Delegar en el/la Director/a General de la O fi cina General de Administración, respecto de la Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - Administración General, las facultades y/o atribuciones que a continuación se detallan: (…) 4.2. En materia administrativa y de gestión: (…) “i. Aceptar la prestación de servicios a título gratuito para atender a la población afectada de localidades declaradas en emergencia por desastres producidos por fenómenos naturales, en el marco de la Ley N° 30498, Ley que promueve la donación de alimentos y facilita el transporte de donaciones en situaciones de desastres naturales, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 055-2017-EF”. Artículo 2.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/vivienda), en la misma fecha de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.HANIA PÉREZ DE CUÉLLAR LUBIENSKA Ministra de Vivienda, Construcción y Saneamiento 2167339-1 Designan Director de la Oficina de Seguridad y Defensa Nacional de la Secretaría General del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 151-2023-VIVIENDA Lima, 5 de abril de 2023CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante el cargo de Director/a de la Ofi cina de Seguridad y Defensa Nacional de la Secretaría General del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, siendo necesario designar a la persona que ejercerá dicho cargo; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por el Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, modi fi cado por el Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar al señor Jorge Román Bustamante Albújar, en el cargo de Director de la O fi cina de Seguridad y Defensa Nacional de la Secretaría General del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Regístrese, comuníquese y publíquese.HANIA PÉREZ DE CUÉLLAR LUBIENSKA Ministra de Vivienda, Construcción y Saneamiento 2167370-1Aprueban la Duodécima convocatoria del año 2023 para el otorgamiento del Bono de Arrendamiento de Vivienda para Emergencias en atención a los Estados de Emergencia declarados por el Decreto Supremo N° 029-2023-PCM y el Decreto Supremo N° 034-2023-PCM RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 152-2023-VIVIENDA Lima, 5 de abril de 2023VISTOS: El Informe N° 087-2023-VIVIENDA/VMVU- DGPPVU de la Dirección General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo (en adelante, DGPPVU); el Informe N° 216-2023-VIVIENDA/VMVU-DGPPVU-DEPPVU y el Informe Técnico Legal N° 02-2023-DGPPVU-DEPPVU-CITV-IRA de la Dirección de Ejecución de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo; el Informe N° 303-2023-VIVIENDA/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica (en adelante, OGAJ); y, CONSIDERANDO:Que, mediante la Ley N° 31526 se crea el Bono de Arrendamiento de Vivienda para Emergencias, (en adelante, BAE) como un mecanismo de atención temporal al damni fi cado a consecuencia de desastres ocasionados por fenómenos de origen natural o inducidos por la acción humana, cuya vivienda resulte colapsada o inhabitable y que se encuentre comprendida dentro del ámbito de una zona declarada en estado de emergencia por decreto supremo; el BAE se otorga para el arrendamiento de una vivienda en el departamento en el que se encuentra la zona declarada en Estado de Emergencia; Que, por el Decreto Supremo N° 008-2022-VIVIENDA, se aprueba el Reglamento de la Ley N° 31526, Ley que crea el Bono de Arrendamiento de Vivienda para Emergencias (en adelante, el Reglamento), el mismo que establece en su artículo 6, entre otros, que el otorgamiento del BAE se realiza a través de una convocatoria aprobada por Resolución Ministerial del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (en adelante, MVCS); Que, a través del Decreto Supremo N° 029-2023- PCM, se declara el Estado de Emergencia en varios distritos de algunas provincias de los departamentos de Áncash, Cajamarca, La Libertad, Lambayeque, Lima, Piura y Tumbes, que se encuentran detallados en el Anexo que forma parte de dicho Decreto Supremo, por peligro inminente ante intensas precipitaciones pluviales, por el plazo de sesenta días calendario; Que, a través del Decreto Supremo N° 034-2023- PCM, se declara el Estado de Emergencia en varios distritos de algunas provincias de los departamentos de Cajamarca, La Libertad, Lambayeque y Piura, que se encuentran detallados en el Anexo que forma parte de dicho Decreto Supremo, por impacto de daños ante intensas precipitaciones pluviales, por el plazo de sesenta días calendario; Que, con el Informe N° 087-2023-VIVIENDA/ VMVU-DGPPVU, el Informe N° 216-2023-VIVIENDA/VMVU-DGPPVU-DEPPVU y el Informe Técnico Legal N° 02-2023-DGPPVU-DEPPVU-CITV-IRA, la DGPPVU sustenta la relación de quince potenciales bene fi ciarios del BAE, al haber validado sus viviendas como colapsadas o inhabitables, por impacto de daños a consecuencia de intensas precipitaciones pluviales, en los distritos de Los Órganos y La Brea, de la provincia de Talara, del departamento de Piura, y en el marco de los Estados de Emergencia declarados por el Decreto Supremo N° 029-2023-PCM y el Decreto Supremo N° 034-2023-PCM;