Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE ABRIL DEL AÑO 2023 (06/04/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 45

45 NORMAS LEGALES Jueves 6 de abril de 2023 El Peruano / necesarias para una adecuada conducción y dirección del personal adscrito al régimen laboral de Sierra y Selva Exportadora, previa autorización de la Alta Dirección. b) Suscribir los convenios de prácticas profesionales, preprofesionales de Sierra y Selva Exportadora. Artículo 5.- La delegación de facultades a que se refi ere la presente Resolución, tiene vigencia durante y para lo correspondiente a actos de todo el Año Fiscal 2023, y comprende las atribuciones de pronunciarse y/o resolver, sin eximir de la obligación de cumplir con los requisitos y procedimientos legales establecidos para cada caso en concreto. Artículo 6.- La Gerencia General, la O fi cina de Administración, la Unidad de Abastecimiento y la Unidad de Recursos Humanos, deberán informar semestralmente, así como cuando se les requiera, a la Presidencia Ejecutiva de Sierra y Selva Exportadora, sobre los actos realizados en virtud de la delegación dispuesta en la presente Resolución. Artículo 7.- La Unidad de Abastecimiento de la O fi cina de Administración deberá informar semestralmente a la Ofi cina de Administración respecto de las contrataciones de bienes y servicios cuyos montos sean iguales o inferiores a ocho (8) Unidades Impositivas Tributarias. Artículo 8.- Disponer que la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano y en el portal institucional de Sierra y Selva Exportadora (https://www.gob.pe/sse) Regístrese, comuníquese y publíquese.PERCY EDILBERTO MEDINA MORALES Presidente Ejecutivo 2167060-1 ORGANISMOS TÉCNICOS ESPECIALIZADOS AGENCIA DE PROMOCIÓN DE LA INVERSIÓN PRIVADA Aprueban incorporación del proyecto de Iniciativa Estatal Cofinanciada denominada “Operación y Mantenimiento del Nuevo Hospital de Emergencias de Villa El Salvador” al proceso de promoción de la inversión privada CONSEJO DIRECTIVO Sesión N° 125 del 30 de marzo de 2023 ACUERDO PROINVERSION N° 125-1-2023-CD Visto: el Memorándum de la Dirección Ejecutiva Nº 038-2023-DE, el Resumen Ejecutivo N° 03-2023/DEP.67, el Informe Técnico Legal N° 01-2023/DEP.67, el Informe Legal N° 082-2023-OAJ, el Acuerdo Comité Pro Social+ N° 189-1-2022-Salud MINSA y la Resolución de la Dirección Ejecutiva N° 11-2023/DEP.67, se acuerda: 1. Aprobar la incorporación del proyecto de Iniciativa Estatal Co fi nanciada denominada “Operación y Mantenimiento del Nuevo Hospital de Emergencias de Villa El Salvador” al proceso de promoción de la inversión privada. 2. Aprobar la modalidad de promoción de la inversión privada, mediante el cual se realizará el proyecto de Iniciativa Estatal Co fi nanciada denominada “Operación y Mantenimiento del Nuevo Hospital de Emergencias de Villa El Salvador”, siendo a través de una Asociación Público Privada.Comunicar el presente acuerdo a la Dirección Ejecutiva, al Comité Pro Social+, a la Dirección Especial de Proyectos y a la Directora de Proyecto exonerándolo del trámite de lectura y aprobación del Acta. FERNANDO ALARCON DIAZ Secretario de Actas Lima, 4 de abril de 2023 2166779-1 INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCIÓN DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Declaran barrera burocrática ilegal la exigencia de acreditar la posesión del inmueble para tramitar el procedimiento denominado “Visación de planos para la prescripción adquisitiva de dominio y/o título supletorio”, establecida por la Municipalidad Provincial de Sullana RESOLUCIÓN FINAL Nº 0725-2022/CEB-INDECOPI-PIU AUTORIDAD QUE EMITE LA RESOLUCIÓN: Comisión de la O fi cina Regional del Indecopi de Piura FECHA DE EMISIÓN DE LA RESOLUCIÓN: 09 de noviembre de 2022 BARRERAS BUROCRÁTICA DECLARADA ILEGAL: - La exigencia de acreditar la posesión del inmueble para tramitar el procedimiento denominado “Visación de planos para la prescripción adquisitiva de dominio y/o título supletorio” con Código N° A1785CB697. ENTIDAD QUE LA IMPUSO: Municipalidad Provincial de Sullana NORMA QUE CONTIENE LAS BARRERA BUROCRÁTICA IDENTIFICADA: - El Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Provincial de Sullana, aprobado mediante Ordenanza Municipal N° 019-2021/MPS. FUNDAMENTOS DE LA DECISIÓN: La razón de la ilegalidad obedece a que la Municipalidad Provincial de Sullana exigió un requisito que no ha sido creado por ordenanza municipal ni por la Ordenanza Municipal N° 019-2021/MPS, que aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Provincial de Sullana, de conformidad con el artículo 40° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. En ese sentido, contravino el Principio de Legalidad señalado en el artículo IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. SANDRO NAVARRO CASTAÑEDA PresidenteComisión O fi cina Regional Indecopi – Piura 2166806-1