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34 NORMAS LEGALES Viernes 14 de abril de 2023 El Peruano / el Año Fiscal 2023, mediante Resolución Ministerial N° 527-2022-MINEDU, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2023 del Pliego 010: Ministerio de Educación, por la suma de S/ 12 629 656 942,00 (DOCE MIL SEISCIENTOS VEINTINUEVE MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y DOS Y 00/100 SOLES), por toda Fuente de Financiamiento; Que, el numeral 1.1 del artículo 1 de la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente, modi fi cado por la Décima Disposición Complementaria Modi fi catoria de la Ley N° 31640, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2023, dispone que la ejecución de inversiones que genere el desembolso de recursos públicos y/o garantías fi nancieras o no fi nancieras por parte del Estado, lo que incluye a las obras públicas, las inversiones mediante los mecanismos de obras por impuestos y asociaciones público privadas u otros mecanismos de inversión, a cargo de los pliegos del gobierno nacional, entre otros, cuyos montos superen los S/ 5 000 000,00 (CINCO MILLONES Y 00/100 SOLES), son objeto de control concurrente por parte de la Contraloría General de la República; Que, los numerales 4.1 y 4.2 del artículo 4 de la Ley N° 31358, autorizan a los pliegos involucrados del gobierno nacional, regional y locales, a cargo de las intervenciones a que se re fi eren los artículos 1 y 3 de la citada Ley, a realizar modi fi caciones presupuestales en el nivel funcional programático para habilitar la Genérica de Gasto 2.4 Donaciones y Transferencias, tanto para la categoría de gasto corriente y gasto de capital, quedando exceptuadas de las restricciones presupuestarias, en el marco de lo establecido en las leyes anuales de presupuesto; a fi n de poder realizar transferencias fi nancieras a favor del Pliego 019: Contraloría General, a solicitud de dicha entidad fi scalizadora superior; precisando que las referidas transferencias se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del gobierno nacional, y se publican en el Diario O fi cial “El Peruano”; Que, el acápite ii) del literal b) del numeral 18.1 del artículo 18 de la Directiva N° 0005-2022-EF/50.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria, aprobada por Resolución Directoral N° 0023-2022-EF/50.01, establece que, el Pliego autorizado para ejecutar recursos mediante transferencias fi nancieras en el marco de las disposiciones legales vigentes, cuando la ejecución corresponda a gastos de capital y a la aplicación del artículo 4 de la Ley Nº 31358, debe efectuar su registro en una actividad y en la Partida de Gasto 2.4.2 Donaciones y Transferencias de Capital, en el respectivo código único de inversión, en la Acción de Inversión “6000053. CONTROL CONCURRENTE”, en la Finalidad “0348747. CONTROL CONCURRENTE” y en la Especí fi ca del Gasto “2.4.2.3.1.1.A OTRAS UNIDADES DEL GOBIERNO NACIONAL”; Que, el numeral 7.3 del acápite 7 de la Directiva N° 018-2022-CG/GMPL, “ Directiva externa que establece disposiciones complementarias de la Ley N° 31358, Ley que establece medidas de expansión del control concurrente ”, aprobada mediante Resolución de Contraloría N° 275-2022-CG, establece que la Contraloría solicitará a los pliegos las transferencias fi nancieras para el acompañamiento mediante servicios de control gubernamental en la modalidad de control concurrente, con un plazo de quince (15) días hábiles de recibida la solicitud, para el caso de inversiones; asimismo precisa que, las entidades comprendidas en esta modalidad de control gubernamental habilitan el rubro “ Control Concurrente ”, dentro de la genérica de gasto de “ Activos no fi nancieros ” de la categoría de gasto de capital, con cargo al presupuesto institucional de la entidad; Que, mediante O fi cio Nº 000747-2023-CG/SGE, la Contraloría General de la República solicita efectuar la transferencia fi nanciera a favor del Pliego 019: Contraloría General, para fi nanciar las acciones de control concurrente del proyecto de inversión denominado “ Rehabilitación y remodelación de la infraestructura educativa y equipamiento de la Institución Educativa José Gálvez Egusquiza ubicada en la región Cajamarca, provincia de Cajabamba y distrito de Cajabamba ”, en el marco de lo establecido en la Ley N° 31358 y modi fi catorias;Que, mediante correo electrónico de fecha 14 de marzo de 2023, precisado con correo electrónico de fecha 5 de abril de 2023, la Subgerencia de Planeamiento, Presupuesto y Programación de Inversiones de la Contraloría General de la República otorga la ampliación de plazo, en el marco de los alcances de la Ley N° 31358, para hacer efectiva la Transferencia Financiera solicitada a través del O fi cio Nº 000747-2023-CG/SGE; Que, con O fi cio N° 001163-2023-MINEDU-VMGI- PRONIED-DE, e Informes N° 000259-2023-MINEDU-VMGI-PRONIED-OPP y N° 000301-2023-MINEDU-VMGI-PRONIED-OAJ, el Programa Nacional de Infraestructura Educativa (PRONIED), sustenta y solicita gestionar la Transferencia Financiera a favor del Pliego 019: Contraloría General, hasta por la suma de S/ 882 535,42 (OCHOCIENTOS OCHENTA Y DOS MIL QUINIENTOS TREINTA Y CINCO Y 42/100 SOLES), para fi nanciar las acciones de control concurrente de un (01) proyecto de inversión a su cargo, en el marco de lo establecido en la Ley N° 31358 y modi fi catorias, y la Directiva N° 018-2022- CG/GMPL; Que, la Unidad de Programación e Inversiones de la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Plani fi cación Estratégica del Ministerio de Educación, como órgano encargado de cumplir las funciones de la O fi cina de Programación Multianual de Inversiones del Sector Educación, mediante el Memorándum N° 00069-2023-MINEDU/SPE-OPEP-UPI, emite opinión técnica favorable respecto del proyecto de inversión a cargo del PRONIED referido en el considerando precedente, señalando que, se encuentra en fase de ejecución y ha sido declarado viable antes del 17 de noviembre de 2021, su costo total de inversión supera los S/ 5 000 000,00 (CINCO MILLONES Y 00/100 SOLES), su ejecución fi nanciera acumulada es menor o igual al 80% de sus costos de inversión; además, identi fi ca que la Unidad Ejecutora de Inversión del PRONIED registra el costo de control concurrente en el Banco de Inversiones, cuyo monto no supera el 2% del saldo por ejecutar; Que, a través del Informe N° 00523-2023-MINEDU/ SPE-OPEP-UPP, la Unidad de Plani fi cación y Presupuesto de la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Plani fi cación Estratégica, emite opinión favorable sobre la Transferencia Financiera a efectuarse a favor del Pliego 019: Contraloría General, hasta por la suma de S/ 882 535,42 (OCHOCIENTOS OCHENTA Y DOS MIL QUINIENTOS TREINTA Y CINCO Y 42/100 SOLES), para fi nanciar las acciones de control concurrente de un (01) proyecto de inversión a cargo del PRONIED, en el marco de lo establecido en la Ley N° 31358 y sus modi fi catorias, y la Directiva N° 018-2022- CG/GMPL; por cuanto se cuenta con recursos disponibles en el Presupuesto Institucional del Pliego 010: Ministerio de Educación, en la Unidad Ejecutora 108: Programa Nacional de Infraestructura Educativa, en la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios; Que, resulta necesario autorizar una Transferencia Financiera hasta por la suma de S/ 882 535,42 (OCHOCIENTOS OCHENTA Y DOS MIL QUINIENTOS TREINTA Y CINCO Y 42/100 SOLES), por la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, a favor del Pliego 019: Contraloría General, en el marco de lo dispuesto en la Ley N° 31358 y modi fi catorias, y la Directiva N° 018- 2022-CG/GMPL; De conformidad con la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente, y sus modi fi catorias; la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modi fi catorias; el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; el Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de Ministerio de Educación; la Resolución Directoral N° 0023-2022-EF/50.01, que aprueba la Directiva N° 0005-2022-EF/50.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria; y la Resolución de Contraloría N° 275-2022-CG, que aprueba la Directiva N° 018-2022-CG/GMPL, Directiva Externa que establece