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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE ABRIL DEL AÑO 2023 (21/04/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 29

29 NORMAS LEGALES Viernes 21 de abril de 2023 El Peruano / TECNICAS VEHICULARES VIP SOCIEDAD ANONIMA CERRADA – C.I.T.V VIP S.A.C.”, contra la Resolución Directoral Nº 0049-2023-MTC/17.03 de fecha 20 de enero de 2023, por las razones expuestas en la parte considerativa de la Resolución Directoral. Artículo 2.- Renovar a la empresa “CENTRO DE INSPECCIONES TECNICAS VEHICULARES VIP SOCIEDAD ANONIMA CERRADA – C.I.T.V VIP S.A.C.”, con RUC Nº 20602478140, la autorización para operar como Centro de Inspección Técnica Vehicular fi jo con una (01) Línea de Inspección Técnica Vehicular de Tipo Mixta y con una (01) Línea de Inspección Técnica Vehicular de Tipo Liviana, por el plazo de cinco (05) años, otorgadas mediante Resolución Directoral Nº 036-2018-MTC/15 de fecha 03 de enero de 2018 publicada en el Diario O fi cial “EL Peruano” el 09 de enero de 2018, en el local ubicado en: Av. Fray Martín de Porras Mz. 18 Lt. 1, Zn. H, Semi Rural Pachacútec, distrito Cerro Colorado, provincia y departamento de Arequipa. Debiendo entenderse el inicio de vigencia de la renovación de la autorización a partir del 11 de enero de 2023. Artículo 3.- La empresa “CENTRO DE INSPECCIONES TECNICAS VEHICULARES VIP SOCIEDAD ANONIMA CERRADA – C.I.T.V VIP S.A.C.”, bajo responsabilidad, debe presentar a la Dirección de Circulación Vial de la Dirección General de Autorizaciones en Transportes, la renovación de la póliza de seguro de responsabilidad civil contratada, antes del vencimiento de los plazos que se señalan a continuación: Acto Fecha máxima de presentación Primera renovación o contratación de nueva póliza04 de diciembre de 2023 Segunda renovación o contratación de nueva póliza04 de diciembre de 2024 Tercera renovación o contratación de nueva póliza04 de diciembre de 2025 Cuarta renovación o contratación de nueva póliza04 de diciembre de 2026 Quinta renovación o contratación de nueva póliza04 de diciembre de 2027En caso que La Empresa autorizada, no cumpla con presentar la renovación o contratación de una nueva póliza al vencimiento de los plazos antes indicados, se procederá conforme a lo establecido en el literal c), artículo 45 del Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC, referida a la caducidad de la autorización. Artículo 4.- Disponer que ante el incumplimiento de las obligaciones administrativas por parte de la empresa “CENTRO DE INSPECCIONES TECNICAS VEHICULARES VIP SOCIEDAD ANONIMA CERRADA – C.I.T.V VIP S.A.C.”, a través de Centro de Inspección Técnica Vehicular, se apliquen las sanciones administrativas establecidas en la Tabla de Infracciones y Sanciones correspondiente. Artículo 5.- Remitir a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías - SUTRAN, copia de la presente Resolución Directoral para las acciones de control conforme a su competencia. Artículo 6.- Disponer la noti fi cación de la presente Resolución Directoral en: Av. Fray Martín de Porras Mz. 18 Lt. 1, Zn. H, Semi Rural Pachacútec, distrito Cerro Colorado, provincia y departamento de Arequipa, domicilio señalado por el administrado en el presente procedimiento. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSE LUIS QWISTGAARD SUÁREZ Director (e)Dirección de Circulación VialDirección General de Autorizaciones en Transportes 1 La Empresa solicita renovación de la autorización de funcionamiento como CITV, autorizada mediante resolución Directoral Nº 036-2018-MTC/15, para operar como Centro de Inspección Técnica Vehicular Fijo, con una (01) línea de inspección técnica vehicular tipo mixta y una (01) línea de inspección técnica vehicular tipo liviana, en el local ubicado en Av. Fray Martin de Porras Mz. 18 Lt. 1, Zn. H, Semi Rural Pachacútec, distrito Cerro Colorado, provincia y departamento de Arequipa. 2 Morón Urbina, Juan Carlos. Cometario a la Ley del Procedimiento Administrativo General, Décima Cuarta Edición. Gaceta Jurídica, abril 2019, pág. 217. 2167532-1