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76 NORMAS LEGALES Jueves 3 de agosto de 2023 El Peruano / caso de las municipalidades deberá aprobarse mediante ordenanza municipal; Que, el proyecto de modi fi cación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y su estructura orgánica, propuesto por la Subgerencia de Planeamiento, Inversiones y Modernización de la Gestión Pública mediante Informe N° 047-2023-SGPIMGP-GPPDI-MDJM, el mismo que adjunta el respectivo Informe Técnico que sustenta la propuesta de modi fi cación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y la respectiva Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de Jesús María, considera los criterios y parámetros legales que permitirán el cumplimiento de los fi nes con mayor e fi ciencia y un mejor nivel de atención hacia los ciudadanos, con una integración de las funciones a fi nes, la eliminación de posibles con fl ictos de competencia y cualquier duplicidad de funciones entre sus unidades orgánicas, de conformidad con lo establecido en el Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM y sus modi fi catorias; Que, mediante Memorándum Nº 497-2023-MDJM/ GPDI, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional adjunta el Informe N° Informe N° 047-2023-MDJM-GPPDI-SGPIMGP, elaborado por el Subgerente (e) de Planeamiento, Inversiones y Modernización de la Gestión Pública con el que se remite el Informe Técnico que sustenta la propuesta de modi fi cación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y la respectiva Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de Jesús María, concluye que la propuesta del ROF, se enmarca en lo dispuesto por el Decreto Supremo N° 054-2018-PCM y sus modi fi catorias; señalando además que la presente propuesta cumple con lo establecido en el numeral 50.1 y 50.2 del Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, modi fi cada por el Decreto Supremo N° 064-2021-PCM; además señala claramente que la propuesta busca dotar a la Municipalidad de un proceso mucho más dinámico y fl exible, de reforma continua y que permita la adaptación a los cambios del entorno social, ambiental, económico, político y cultural en que se desenvuelven las actividades municipales, las mismas que tienen como principal objetivo responder mejor a las necesidades y expectativas de los vecinos de Jesús María, asegurándoles una prestación ágil, oportuna, efectiva y de calidad; Que, mediante Informe N° 158-2023-MDJM/GAJRC, la Gerencia de Asesoría Jurídica y Registro Civil, señala que de la revisión del proyecto de Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y del Informe Técnico que sustenta su propuesta, se puede apreciar que se ha desarrollado cumpliendo los lineamientos del Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM y sus modi fi catorias, respetándose la estructura básica establecida en el artículo 28 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, teniéndose en cuenta que lo que se está planteando es una modi fi cación de la Estructura Orgánica y ROF aprobado por la Ordenanza Nº 590-MDJM y sus modi fi catorias; por lo cual, opina que es procedente la aprobación de la nueva Estructura Orgánica y del Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital de Jesús María, lo cual deberá hacerse mediante ordenanza, debiendo remitirse los actuados al Concejo Municipal para su correspondiente pronunciamiento al amparo de la atribución establecida en el inciso 3) del artículo 9 de la Ley Nº 27972, previo Dictamen de la Comisión de Regidores, correspondiente; Que, de acuerdo con lo planteado y en atención a lo señalado en los informes precedentes, así como al proyecto de ROF presentado; a fi n de optimizar los procesos de la organización y con la fi nalidad de que las unidades orgánicas cumplan con mayor e fi ciencia su misión y funciones, corresponde la aprobación del presente documento de gestión como nuevo Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de Jesús María; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por los artículos 9 y 41 de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley N° 27972, y de acuerdo con las opiniones de la Comisión de Economía, Planeamiento y Presupuesto y la Comisión de Asuntos Jurídicos, efectuadas mediante el Dictamen Nº 005-2023-MDJM-CEPP y el Dictamen N° 006-2023-MDJM-CAJ, respectivamente; el Concejo Municipal del distrito de Jesús María, con cargo a la redacción y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, aprobó por UNANIMIDAD, la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL NUEVO REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) Y LA ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JESÚS MARÍA Artículo 1.- Aprobar el Reglamento de Organización y Funciones – ROF y la Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de Jesús María, los mismos que se encuentran detallados en el anexo que forma parte integrante de la presente ordenanza. Artículo 2.- Disponer la adecuación progresiva de los documentos de gestión municipal, conforme a las disposiciones previstas en la presente ordenanza. Artículo 3.- Encargar a la gerencia municipal, adopte las acciones necesarias para la adecuación de las Unidades de Organización de la municipalidad distrital de Jesús María a la nueva Estructura Orgánica aprobada mediante la presente ordenanza. Artículo 4.- Derogar las normas o disposiciones municipales que se opongan o contravengan lo dispuesto en la presente ordenanza municipal en materia de organización, funciones y competencias. Artículo 5.- Encargar al alcalde de la municipalidad distrital de Jesús María a emitir, a través de un Decreto de Alcaldía, las disposiciones requeridas para la implementación de la nueva Estructura Orgánica y Reglamento de Organización y Funciones, previo a la entrada en vigencia del correspondiente Cuadro para la Asignación de Personal – CAP PROVISIONAL. Artículo 6.- Encargar a la Secretaría General, la publicación de la presente ordenanza en el diario o fi cial El Peruano y a la Subgerencia de Tecnologías de la Información y Comunicación, publicar el texto íntegro de presente Reglamento de Organización y Funciones y Estructura Orgánica, en el portal institucional de la entidad (www.munijesusmaria.gob.pe); asimismo, en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano. Artículo 7.- Disponer que la presente ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese.JESÚS ALBERTO GÁLVEZ OLIVARES Alcalde 2201310-1 MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE Modifican el Decreto de Alcaldía N° 006- 2023-MPL, que aprueba el Cronograma de Actividades del “Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año 2024” DECRETO DE ALCALDÍA Nº 007-2023-MPL Pueblo Libre, 2 de agosto del 2023LA ALCALDESA DEL DISTRITO DE PUEBLO LIBRE;VISTO: El Informe N° 0211-2023-MPL-GPP, de fecha 31 de julio de 2023, de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; el Memorando N° 2260-2023-MPL-GM, de fecha 31 de julio de 2023, de la Gerencia Municipal; el Informe N° 416-2023-MPL-GAJ, de fecha 01 de agosto de 2023, de la Gerencia de Asesoría Jurídica; el Memorando N° 2273-2023-MPL-GM, de fecha 01 de agosto de 2023, de la Gerencia Municipal; y,