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63 NORMAS LEGALES Jueves 3 de agosto de 2023 El Peruano / INSTITUCIONES EDUCATIVAS Autorizan viaje de docente de la Universidad Nacional del Altiplano de Puno – Perú para participar en evento académico que se realizará en México UNIVERSIDAD NACIONAL DEL ALTIPLANO - PUNO RESOLUCIÓN RECTORAL N° 0650-2023-R-UNA Puno, 29 de marzo del 2023 VISTOS:El OFICIO N° 112-2023-D-FCS-UNA de fecha 14 de marzo del 2023, emitido por el Decano de la Facultad de Ciencias Sociales de esta Casa Superior de Estudios, hace alcance el expediente tramitado por el docente de la Escuela Profesional de Arte de esta Facultad, Dr. BENJAMÍN VELAZCO REYES, quien participara como PONENTE en el II Congreso Internacional de Etno y Arqueomusicología, evento académico a realizarse en el Museo Nacional de Antropología de la Ciudad de México; CONSIDERANDO:Que, la Universidad Nacional del Altiplano de Puno se rige por las disposiciones contenidas en la Ley N° 30220 – Ley Universitaria, el Estatuto y normas administrativas internas; goza de autonomía en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico, que debe ser ejercida de acuerdo a lo previsto en el Art. 18° de la Constitución Política del Estado y Leyes de la Republica, para el cumplimiento de los fi nes y objetivos institucionales; Que, sobre la Publicación de viajes al exterior en el Diario O fi cial El Peruano, la Ley N° 27619, en concordancia con el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que regula la autorización de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, respecto contenido del acto de autorización, en su Art. 2°, dice lo siguiente: “La Resolución de autorización de viaje al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés especí fi co de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac. Sin perjuicio de lo expuesto, toda autorización de viajes deberá sujetarse a las medidas de austeridad, racionalidad y transparencia del gasto público, bajo responsabilidad”. En concordancia con lo señalado en su Art. 4° sobre la publicidad: “Las Resoluciones de autorización de viaje deberá publicarse en el Diario O fi cial El Peruano, con anterioridad al viaje. En aquellos casos en que se haya requerido una permanencia mayor a la autorizada, se deberá acreditar especí fi camente la circunstancia que la motiva, siendo necesaria, la publicación de la autorización de mayor permanencia”. Finalmente, su Art. 10° señala en relación a la obligación de presentar informe: “Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el funcionario o servidor público, deberá presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado”; Que, tal como prescribe el primer párrafo del Art. 1° de la Ley N° 27619, “La presente Ley la autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos o representantes del Estado que irrogue gastos al Tesoro Público y que se encuentren comprendidos en las entidades públicas sujetas al ámbito de control de la Ley de Presupuesto del Sector Público, incluyendo aquellos comprendidos en el Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado – FONAFE.”; de ello se colige que, todo viaje al extranjero de docentes universitarios que irrogue gastos al Estado (en calidad de bolsa de viaje, viáticos, etc.), deberá ser publicado en el Diario O fi cial “El Peruano” de forma obligatoria;Que, la Facultad de Ciencias Sociales, mediante RESOLUCIÓN DECANAL N° 061-2023-D-FCS-UNA (14-03-2023), ha autorizado la licencia por Capacitación con goce de remuneraciones al Dr. BENJAMÍN VELAZCO REYES, docente de la Escuela Profesional de Arte, quien participara como PONENTE en el II Congreso Internacional de Etno y Arqueomusicología, evento académico a realizarse en el Museo Nacional de Antropología de la Ciudad de Méxicoentre el 29 de marzo del 2023 al 02 de abril del 2023 organizado por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), por la distancia del evento se le otorga permiso en las fechas del 25 de marzo del 2023 al 04 de abril del 2023. Asimismo, se le Asigna, Bolsa de viaje por la suma de S/. 2,500.00 Soles, egresos que serán afectos a los Recursos Ordinarios de la Escuela Profesional de Arte del 2023 para los gastos de pasajes y viáticos de Puno a la ciudad de Lima y de retorno a la ciudad de Puno; elevando por consiguiente a instancia superior competente para su correspondiente aprobación; Que, de conformidad a la opinión técnica emitido por la Unidad de Presupuesto – O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, contenida en el INFORME N° 0514-2023-UP-OPP-UNA-Puno (16-03-2023), esta Unidad de la UNA Puno, considera, que podría existir disponibilidad de marco presupuestal en la Meta SIAF 0015 EJERCICIO DE LA DOCENCIA UNIVERSITARIA, Genérica de Gasto 2.3 Bienes de Servicios, Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, hasta por el importe de S/. 2,500.00 Soles, previa consideración que los gastos deben ser efectuados en territorio nacional; no obstante, los actos u omisión que se hayan dado en el presente trámite no son responsabilidad de la Unidad de Presupuesto; Que, el Art. 89°, numeral 89.16 del Estatuto Universitario de la UNA-Puno, establece que son atribuciones del Consejo Universitario, entre otras: “Autorizar los viajes fuera del país en comisión de servicio del Rector y Vicerrectores, Decanos, Director de la Escuela de Posgrado, docentes, funcionario y estudiantes; así también recibir los informes correspondientes”; Estando a la documentación sustentatoria adjunta, que forma parte de la presente Resolución; en concordancia con el pronunciamiento legal favorable contenida en la OPINIÓN LEGAL Nº 159-2023-OAJ-UNA-PUNO (23-03-2023) de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, acorde con el MEMORANDUM Nº 234-2023-SG-UNA-Puno emitido por Secretaria General de la UNA-Puno; En el marco de las atribuciones conferidas por la Ley N° 30220 - Ley Universitaria, el Estatuto y la Resolución de Asamblea Universitaria N° 009-2021-AU-UNA; y, con fi eren al Rectorado de esta Casa Superior de Estudios; y, De conformidad con lo aprobado por el Pleno del Honorable Consejo Universitario en Sesión Extraordinaria de fecha 24 de marzo del 2023; SE RESUELVE: Artículo Primero.- CONCEDER, la Licencia por Capacitación con Goce de Remuneraciones, para el viaje a la ciudad de MEXICO, en Comisión O fi cial de Servicio, a partir del 25 de marzo al 04 de abril del 2023, a favor del Dr. BENJAMÍN VELAZCO REYES, Docente de la Escuela Profesional de Arte, Facultad de Ciencias Sociales de la Universidad Nacional del Altiplano de Puno – Perú, para participar como PONENTE en el II CONGRESO INTERNACIONAL DE ETNO Y ARQUEOMUSICOLOGÍA, organizado por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), acorde con los fundamentos descritos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- AUTORIZAR, la Bolsa de Viaje por la suma de DOS MIL QUINIENTOS CON 00/100 SOLES (S/. 2.500.00) a favor del docente descrito en el Artículo Primero, para cubrir gastos de viáticos, pasajes y otros, que será atendido con cargo a la Meta SIAF 0015 EJERCICIO DE LA DOCENCIA UNIVERSITARIA, Genérica de Gasto 2.3 Bienes de Servicios, Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, en concordancia con la Resolución Decanal N° 061-2023-D-FCS-UNA. Artículo Tercero.- Los Vicerrectorados Académico, la respectiva Facultad, la Dirección General de Administración, la O fi cina Planeamiento Presupuesto, la Unidad de Recursos Humanos y demás dependencias