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72 NORMAS LEGALES Jueves 3 de agosto de 2023 El Peruano / a) Se adjunta al expediente (i) proyecto de ordenanza regional, (ii) exposición de motivos, (iii) reporte (SUT), (iv) tablas ASME-VM, (v) resumen de costos debidamente visados, así como (vi) Formato A: Formato de informe resumen para la aprobación o modi fi cación del TUP; y (vii) Formato B: Formato de sustentación legal y técnica de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad. b) Se propone la modi fi cación del artículo tercero de la resolución Gerencial Regional Nº091-2020-GRL/GGR, que designa responsable SUT y equipo de trabajo para implementar el Sistema Único de Trámite (SUT) en el Gobierno Regional de Lima, así como la revisión integral con cada unidad de organización de los procedimientos administrativos que tiene a cargo como parte de un proceso de simpli fi cación administrativa o modernización institucional. 4. Que, en mérito a los dispositivos vigentes, como el Reglamento Interno del Consejo Regional y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Gobierno Regional de Lima, y normativas técnicas y legales que acompañan al informe, se recomienda lo siguiente: Artículo Primero.- APROBAR, la modi fi cación del Texto Único de Procedimiento Administrativo (TUPA) del Gobierno Regional de Lima, quedando redactado el mismo como el anexo consolidado que se encuentra adjunto al presente. Artículo Segundo.- DEJAR sin efecto la Ordenanza Regional Nº10, y las demás disposiciones legales que se opongan a la presente Ordenanza Regional o INDICAR que en lo no modi fi cado y/o actualizado del Texto Único de Procedimiento Administrativo – TUPA del Gobierno Regional de Lima, seguirá vigente los demás procedimientos y servicios conforme a sus normas regionales de aprobación según corresponda. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Administración del Gobierno Regional de Lima, realizar los trámites necesarios para actualizar los costos de procedimientos administrativos, debiendo coordinarse además con las unidades de organización respectivas para su implementación. Artículo Cuarto.- DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del trámite de lectura y aprobación del acta. Artículo Quinto.- La presente Ordenanza Regional se publicará en el Diario O fi cial El Peruano, en un diario de circulación regional, y en el portal web del Gobierno Regional de Lima (www.regionlima.gob.pe). En Sesión Ordinaria del Consejo Regional de Lima, realizada el día 09 de junio de 2023, desde la Sala de Sesiones “José Luis Romero Aguilar y Víctor Fernando Terrones Mayta, in memoriam” del Consejo Regional de Lima, en la ciudad de Huacho, con los consejeros regionales presentes y consejeros regionales conectados vía el software de videollamadas y reuniones virtuales ZOOM, se dio cuenta del pedido del visto, y; con el voto por UNANIMIDAD de los consejeros regionales presentes de la sesión ordinaria del Consejo Regional, y; En uso de sus facultades conferidas en la Constitución Política del Estado, modi fi cada por la Ley Nº27680, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº27867 y sus modi fi catorias Leyes Nº 28968, Nº 29053 y Nº 31433; HA APROBADO LA SIGUIENTE ORDENANZA REGIONAL: MODIFICACIÓN DEL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO (TUPA) DEL GOBIERNO REGIONAL DE LIMA Artículo Primero.- APROBAR, la modi fi cación del Texto Único de Procedimiento Administrativo (TUPA) del Gobierno Regional de Lima, quedando redactado el mismo como el anexo consolidado que se encuentra adjunto al presente. Artículo Segundo.- DEJAR sin efecto la Ordenanza Regional Nº10, y las demás disposiciones legales que se opongan a la presente Ordenanza Regional o INDICAR que en lo no modi fi cado y/o actualizado del Texto Único de Procedimiento Administrativo – TUPA del Gobierno Regional de Lima, seguirá vigente los demás procedimientos y servicios conforme a sus normas regionales de aprobación según corresponda. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Administración del Gobierno Regional de Lima, realizar los trámites necesarios para actualizar los costos de procedimientos administrativos, debiendo coordinarse además con las unidades de organización respectivas para su implementación. Artículo Cuarto.- DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del trámite de lectura, pase a comisiones y aprobación de acta. Artículo Quinto.- PUBLICAR, la presente Ordenanza Regional en el Diario O fi cial “El Peruano” y en la página web del Estado Peruano (www.gob.pe/regionlima), para conocimiento y fi nes. En Huacho, a los nueve días del mes de junio del año dos mil veintitrés. POR TANTO:Comuníquese a la Señora Gobernadora del Gobierno Regional de Lima para su promulgación. JOSÉ ANTONIO CAICO FERNÁNDEZ Presidente del Consejo Regional Mando se comunique, publique y cumpla.Dado en la ciudad de Huacho, sede central del Gobierno Regional de Lima, a los 14 días del mes de julio del año dos mil veintitrés. ROSA GLORIA VÁSQUEZ CUADRADO Gobernadora Regional de Lima * El TUPA se publica en la página WEB del Diario O fi cial El Peruano, sección Normas Legales. 2200859-1 GOBIERNO REGIONAL DE SAN MARTIN Disponen publicar concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados en el mes de julio de 2023 RESOLUCIÓN DIRECTORAL REGIONAL Nº 046-2023-GRSM/DREM Moyobamba, 24 de julio de 2023 CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ministerial Nº 009-2008-MEM/ DM, declaran que el Gobierno Regional de San Martín ha concluido la transferencia de funciones sectoriales en materia de energía y minas, siendo a partir de la fecha competentes de otorgar concesiones para la pequeña minería y minería artesanal de alcance regional; Que, el artículo 124° del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo N° 014-92-EM, concordante con el artículo 38° del Decreto Supremo N° 020-2020-EM; establece que la autoridad minera competente publicará en el Diario O fi cial “El Peruano” la relación de concesiones mineras cuyos títulos hubieren sido aprobados el mes anterior; De conformidad a las funciones establecidas en el artículo 126º del Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de San Martín; aprobado con Ordenanza Regional N° 023-2018-GRSM/CR.