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69 NORMAS LEGALES Jueves 3 de agosto de 2023 El Peruano / ejercicio de las funciones de supervisión y regulación; y que la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú (UIF-Perú) es la Coordinadora Nacional de la República del Perú ante el GAFILAT, organización intergubernamental de base regional que agrupa a dieciocho países de América del Sur, Centroamérica, América del Norte y el Caribe, con la fi nalidad de prevenir y combatir el lavado de activos, fi nanciamiento del terrorismo y el fi nanciamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva, a través del compromiso de mejora continua de las políticas nacionales contra estos fl agelos y la profundización en los distintos mecanismos de cooperación entre los países miembros; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 26702 “Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros”, la Ley N° 27619, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM, así como en la Directiva SBS N° SBS-DIR-SBS-085-26 sobre Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el Ejercicio 2023; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Autorizar el viaje de los señores Sergio Javier Espinosa Chiroque y Verónica Boza Santaolalla, Superintendente Adjunto e Intendente de Análisis Estratégico, respectivamente, de la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú, del 11 al 15 de setiembre de 2023 a la ciudad de Antigua Guatemala, República de Guatemala, para participar en los eventos señalados en la parte considerativa de la presente Resolución, quienes dentro de los 10 (diez) días hábiles siguientes a su reincorporación, deberán presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos. Artículo 2°.- Los gastos que irrogue la presente participación, por concepto de pasaje aéreo de uno de los participantes, serán cubiertos por el Grupo de Acción Financiera de Latinoamérica (GAFILAT), en tanto que los gastos por concepto de pasaje aéreo del segundo participante y viáticos serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2023, de acuerdo a lo siguiente: Pasaje aéreo US$ 932,89 Viáticos US$ 1 890,00 Artículo 3°.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor de los funcionarios cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARIA DEL SOCORRO HEYSEN ZEGARRA Superintendenta de Banca, Seguros y AFP 2200546-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICA Ordenanza Regional que aprueba dos Procedimientos Administrativos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Gobierno Regional de Huancavelica ORDENANZA REGIONAL Nº 503-GOB.REG-HVCA/CR Huancavelica, 4 de abril de 2023POR CUANTO: EL CONSEJO REGIONAL DE HUANCAVELICA:Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA DOS (02) PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS EN EL TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - TUPA DEL GOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICA. Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de Derecho Público con autonomía política, económica y administrativa teniendo por misión organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, comparativas y delegadas en el marco de las políticas nacionales y sectoriales para la contribución al desarrollo integral y sostenible de la región, sus normas y disposiciones se rigen por los principios de exclusividad, territorialidad, legalidad y simpli fi cación administrativa. Que, el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, en su numeral 40.1 del artículo 40º, señala que “Los procedimientos administrativos y requisitos deben establecerse en una disposición sustantiva aprobada mediante decreto supremo o norma de mayor jerarquía, por Ordenanza Regional, por Ordenanza Municipal, por Resolución del titular de los organismos constitucionalmente autónomos”. Asimismo, el numeral 40.3 prescribe que, “Los procedimientos administrativos deben ser comprendidos y sistematizados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos, aprobados para cada entidad, en el cual no se pueden crear procedimientos ni establecer nuevos requisitos, salvo lo relativo a la determinación de los derechos de tramitación que sean aplicables de acuerdo a la normatividad legal presente”. Que, la Ley N° 27783- Ley de Bases de la Descentralización, en su artículo 8° precisa que la autonomía es el derecho y la capacidad efectiva del gobierno en sus tres niveles, de normar, regular y administrar los asuntos públicos de su competencia. Que, mediante Informe N° 025-2023/GOB.REG.HVCA/ GRPPyAT-SGPEEYTA, la Sub Gerencia de Planeamiento Estratégico y Acondicionamiento Territorial Sub Gerencia de Planeamiento Estratégico y Acondicionamiento Territorial, remite la propuesta de actualización del Texto Único de Procedimiento Administrativo – TUPA de la Sub Gerencia de Planeamiento Estratégico y Acondicionamiento Territorial, del Gobierno Regional de Huancavelica, en el cual se propone, la aprobación de dos (02) Procedimientos Administrativos, mediante Ordenanza Regional del Consejo Regional. Que, mediante el Informe N° 033-2023/GOB.REG. HVCA/GRPPyAT-SGDIyTI, de fecha 04 de marzo del 2023, en referencia al Texto Único de Procedimientos Administrativos, de la Sub Gerencia de Planeamiento Estratégico y Acondicionamiento Territorial, el Sub Gerente Encargado - Marino Ordoñez Valladolid menciona, en el ítem 2.- El TUPA presentado de la Sub Gerencia de Planeamiento Estratégico y Acondicionamiento Territorial, está actualizado de acuerdo al nuevo formato del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA aprobado mediante la Resolución de Secretaria de Gestión Pública N°004-2018-PCM/SGP, del 24 de octubre del 2018, del mismo modo la Resolución de Secretaria de Gestión Pública N° 005-2018-PCM/SGP del 27 de noviembre del 2018, Que aprueba los lineamientos para la Elaboración y Aprobación del Texto Único de procedimientos Administrativos – TUPA en las entidades de la Administración Pública, adecuando los procedimientos administrativos que tiene dicha Sub Gerencia, adjuntando los formatos siguientes en versión física y versión digital. Los dos (02) procedimientos administrativos propuestos contienen los siguientes formatos: a) El Nuevo Formato del Texto Único de Procedimientos Administrativo – TUPA, b) Formato A Informe Resumen para la Aprobación o Modi fi cación del TUPA, c) Formato B Formato de Sustentación Legal y Técnica de