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77 NORMAS LEGALES Viernes 4 de agosto de 2023 El Peruano / GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO Aprueban el Manual de Clasificador de Cargos de la Municipalidad de San Isidro RESOLUCIÓN DE GERENCIA MUNICIPAL N° 116-2023-0200-GM/MSI San Isidro, 25 de julio de 2023EL GERENTE MUNICIPAL (e)VISTO: el Memorando N° 1404-2023-0900-GGP/MSI, el Memorando N° 1550-2023-0900-GGP/MSI y el Informe 283-2023-0900-GGP/MSI de la Gerencia de Gestión de Personas; el Informe N° 276-2023-0520-SDC-GPPDC/MSI y el Informe N° 294-2023-0520-SDC-GPPDC/MSI de la Subgerencia de Desarrollo Corporativo, la Asignación N° 1648-2023-0500-GPPDC/MSI de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Corporativo; y, el Informe N° 350-2023-0400-GAJ/MSI de la Gerencia de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO:Que, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme lo establece el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley N° 30305, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, y modi fi catoria; Que, la Ley N° 27658, Ley de Modernización de la Gestión del Estado, y modi fi catoria establecen los principios y la base normativa para iniciar el proceso de modernización del Estado. En su artículo 4, la citada Ley establece como fi nalidad fundamental, la obtención de mayores niveles de e fi ciencia del aparato estatal para lograr mejor atención a la ciudadanía optimizando el uso de los recursos públicos y transparentando su gestión con servidores/as públicos cali fi cados/as y adecuadamente remunerados/as; Que, el artículo 3°, numeral 3.1 del Reglamento General de la Ley del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM, prescribe que las o fi cinas de recursos humanos actúan sobre los subsistemas del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, entre los que se encuentra el Subsistema de Gestión de Plani fi cación de Políticas de Recursos Humanos que permite organizar la gestión interna de recursos humanos, en congruencia con los objetivos estratégicos de la entidad. Asimismo, permite de fi nir las políticas, directivas y lineamientos propios de la entidad con una visión integral, en temas relacionados con recursos humanos. Los procesos que se consideran dentro de este subsistema son: a) Estrategia, políticas y procedimientos b) Plani fi cación de recursos humanos; Que, asimismo, el artículo IV, literal j) del Título Preliminar del citado Reglamento establece que para efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, se entiende que el titular de la entidad es la máxima autoridad administrativa de una entidad pública. En el caso de los Gobiernos Locales, la máxima autoridad administrativa es el Gerente Municipal; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000150-2021-SERVIR-PE se aprueba la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH, “Elaboración del Manual de Clasi fi cador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional” y modi fi catoria, la cual establece los criterios a considerar para la elaboración del Manual de Clasi fi cador de Cargos - MCC, que sobre la base de las funciones de las unidades de organización establecidas en la estructura orgánica del Reglamento de Organización y Funciones, las funciones generales y especí fi cas, así como, los procesos estratégicos, misionales y de apoyo, permiten identi fi car un conjunto de actividades y tareas de las cuales se interrelacionan, a fi n de organizar mejor el trabajo y asegurar el desempeño adecuado de los servidores civiles siguiendo el modelo de la gestión por resultados; Que, el numeral 6.1.7 de la acotada Directiva señala que la ORH o la que haga las veces debe elevar la propuesta de MCC al (la) titular de la entidad, previa opinión favorable de la OPP o la que haga las veces, en lo concerniente al ámbito de su competencia. De obtener la validación, el (la) titular de la entidad aprueba el MCC y gestiona la publicación de la resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano”, en el Portal del Estado Peruano, en el Portal Institucional, en el Portal de Transparencia, y/o en el diario encargado de las publicaciones judiciales de la jurisdicción, o en otro medio que asegure de manera ineludible su publicidad; dependiendo del nivel de gobierno de la entidad. Asimismo, los numerales 5.1 literal h), 5.2.2 y 6.1.7 de la precitada Directiva prescribe, que el Titular de la entidad, es la máxima autoridad administrativa para efectos del SAGRH y es quien aprueba el Manual de Clasi fi cador de Cargos y sus modi fi caciones, según lo dispuesto en la presente directiva; Que, los artículos 1° y 2° de la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, tiene por objeto establecer los requisitos mínimos y los impedimentos para el acceso a los cargos de funcionarios y directivos públicos de libre designación y remoción, con el fi n de garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de su función, estando comprendidas dentro del ámbito de aplicación de dicha ley las entidades de la administración pública comprendidas en la Ley 30057, Ley del Servicio Civil; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 053-2022- PCM, se aprueba el Reglamento de la Ley N° 31419, contemplándose en la cuarta disposición complementaria fi nal que las entidades actualizan o modi fi can sus instrumentos de gestión de recursos humanos, en el marco de los lineamientos aprobados por SERVIR para la elaboración, aprobación, actualización y modi fi cación del CAP Provisional o el CPE y el Manual de Clasi fi cador de Cargos o el Manual de Per fi les de Puestos, según corresponda, siendo que las O fi cinas de Recursos Humanos, o las que hagan sus veces, bajo responsabilidad, tienen la obligación de asegurar el cumplimiento de lo dispuesto en la Ley, el presente Reglamento y las disposiciones complementarias emitidas por SERVIR ; Que, el literal c) del artículo 57° del Reglamento de Organización y Funciones – ROF de la Municipalidad de San Isidro, aprobado por Ordenanza Nº 505-MSI, modi fi cada por Ordenanza Nº 548-MSI, establece que corresponde a la Gerencia de Gestión de Personas la función de formular y proponer el Cuadro para Asignación de Personal Provisional o Cuadro de Puestos de la Entidad, Presupuesto Analítico de Personal, Clasi fi cador de Cargos, Manual de Per fi l de Puestos y Valorización de Puestos de la Entidad, en coordinación con la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Corporativo; Que, mediante Resolución de Gerencia Municipal N° 087-2022-0200-GM/MSI, de fecha 22 de junio del 2022, se aprobó el Manual de Clasi fi cador de Cargos de la Municipalidad de San Isidro; Que, al respecto, de acuerdo con sus funciones previstas en el ROF y la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH, la Gerencia de Gestión de Personas mediante los Memorandos Nº 1404 y 1550-2023-0900-GGP/MSI, remite el proyecto de actualización del Manual de Clasi fi cador de Cargos vigente, y solicita opinión técnica a la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Corporativo; Que, en ese contexto, mediante los documentos del visto, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Corporativo y la Subgerencia de Desarrollo Corporativo emiten opinión técnica favorable respecto de la propuesta de actualización del Manual de Clasi fi cador de Cargos de la Municipalidad de San Isidro;