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60 NORMAS LEGALES Viernes 4 de agosto de 2023 El Peruano / Juzgados de Trabajo Permanentes de la referida provincia, dispuesta en el numeral 13 del anexo del artículo tercero de la Resolución Administrativa N° 000177-2023-CE-PJ, se considere toda la carga pendiente en la referida etapa; con excepción de los que se encuentren expeditos para sentenciar al 31 de julio de 2023. Artículo Noveno.- Ampliar de manera de fi nitiva, a partir del 1 de agosto de 2023, la competencia funcional de la Sala Mixta Descentralizada del distrito y provincia de Huancané, Corte Superior de Justicia de Puno, para el ingreso de expedientes contenciosos administrativos laborales y previsionales (PCALP), manteniendo el turno abierto. Artículo Décimo.- Disponer las siguientes medidas administrativas en la Corte Superior de Justicia del Santa: 10.1 Culminar, a partir del 1 de agosto de 2023, con el cierre de turno del 3° y 8° Juzgados de Trabajo Permanentes del distrito de Chimbote, provincia del Santa. 10.2 Renombrar, a partir del 1 de agosto de 2023, el 1° y 2° Juzgados de Paz Letrados del distrito de Chimbote, provincia del Santa, como 1° y 2° Juzgados de Paz Letrados de los distritos de Chimbote y Nuevo Chimbote, de la referida provincia. 10.3 Renombrar, a partir del 1 de agosto de 2023, el Juzgado de Paz Letrado del distrito de Nuevo Chimbote, provincia del Santa, como 3° Juzgado de Paz Letrado de los distritos de Chimbote y Nuevo Chimbote, de la referida provincia; con competencia territorial en los referidos distritos. Artículo Undécimo.- Disponer que los gastos que se generen por la labor de itinerancia del Juzgado Mixto del distrito y provincia de Bolívar hacia el distrito y provincia de Celendín, Corte Superior de Justicia de Cajamarca; del Juzgado de Paz Letrado del distrito de Camanti, provincia de Quispicanchi, hacia el distrito de Sicuani, provincia de Canchis; y del Juzgado de Paz Letrado del distrito de Quellouno, provincia de La Convención, hacia el distrito de Ocobamba, de la referida provincia, Corte Superior de Justicia de Cusco; serán fi nanciados en su totalidad con cargo a las partidas presupuestarias asignadas a sus respectivas Cortes Superiores de Justicia. Artículo Duodécimo.- Transcribir la presente resolución a la O fi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, Ofi cina de Productividad Judicial, Cortes Superiores de Justicia de Ayacucho, Arequipa, Cajamarca, Cusco, Huánuco, Lima Este, Lima Norte, Piura, Puno y Santa; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.JAVIER ARÉVALO VELA Presidente 2201729-1 Prorrogan el funcionamiento de órganos jurisdiccionales transitorios de descarga procesal en diversas Cortes Superiores de Justicia Consejo Ejecutivo RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000320-2023-CE-PJ Lima, 31 de julio del 2023 VISTO:El O fi cio Nº 000697-2023-OPJ-CNPJ-CE-PJ, que adjunta el Informe N.° 00039-2023-OPJ-CNPJ-CE-PJ del jefe de la O fi cina de Productividad Judicial, concerniente, entre otros aspectos, a la prórroga de órganos jurisdiccionales transitorios con vencimiento al 31 de julio de 2023. CONSIDERANDO: Primero. Que, mediante Resoluciones Administrativas Nros. 000031-2023-P-CE-PJ, 000057-2023-P-CE-PJ, 000172-2023-CE-PJ, se prorrogó hasta el 31 de julio de 2023 el funcionamiento de diversos órganos jurisdiccionales transitorios, que se encuentran bajo la competencia de la Comisión Nacional de Productividad Judicial; así como se dispusieron otras medidas administrativas. Segundo. Que, por O fi cio Nº 000697-2023-OPJ-CE- PJ, el jefe de la O fi cina de Productividad Judicial elevó a este Órgano de Gobierno el Informe Nº 000039-2023-OPJ-CNPJ-CE-PJ, el cual contiene, entre otras medidas, propuestas de prórroga de órganos jurisdiccionales transitorios cuyo plazo de funcionamiento vence el 31 de julio de 2023. Tercero. Que, el artículo 82, inciso 26, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y e fi ciencia. En consecuencia; en mérito al Acuerdo Nº 1224-2023 de la trigésima sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 26 de julio de 2023, realizada con la participación de los señores Arévalo Vela, Lama More, Arias Lazarte, Álvarez Trujillo, señora Medina Jiménez y señor Espinoza Santillán; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Prorrogar, a partir del 1 de agosto de 2023, el funcionamiento de los siguientes órganos jurisdiccionales transitorios de descarga procesal: HASTA EL 31 DE AGOSTO DE 2023 Corte Superior de Justicia de Ancash- Juzgado Civil Transitorio – HuarazCorte Superior de Justicia de Ica- Juzgado de Familia Transitorio – ChinchaCorte Superior de Justicia de La Libertad- Juzgado Civil Transitorio – AscopeCorte Superior de Justicia de Lima Este- Juzgado Civil Transitorio – Lurigancho y ChaclacayoCorte Superior de Justicia de Lima Sur- Sala Civil Descentralizada Transitoria – Chorrillos - Juzgado de Paz Letrado Transitorio – Centro Poblado Huertos de Manchay – Pachacámac - Juzgado de Paz Letrado Laboral Transitorio - San Juan de Mira fl ores Corte Superior de Justicia de Piura- 4° Juzgado de Trabajo Transitorio – Piura - 7° Juzgado de Trabajo Transitorio – Piura Corte Superior de Justicia de San Martín- Juzgado de Trabajo Transitorio – MoyobambaCorte Superior de Justicia de la Selva Central- Juzgado de Paz Letrado Transitorio – Puerto Bermúdez