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65 NORMAS LEGALES Viernes 4 de agosto de 2023 El Peruano / Justicia de la República en tres órganos jurisdiccionales: la Sala Penal Permanente, Sala Penal Especial y Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria, aprobada por el Consejo Ejecutivo mediante Resolución Administrativa Nº 135-2022-P-CE-PJ, totalizándose a dieciséis órganos jurisdiccionales implementados con el EJE en la especialidad penal – CPP. Los logros expuestos se encuentran en el Portal de Transparencia Estándar del Poder Judicial; con el propósito de contribuir a la mejora de la gestión, así como a articular el cumplimiento de las actividades operativas con las Acciones y Objetivos Estratégicos del Plan Estratégico en cumplimiento a Resolución Administrativa Nº 000260-2023-P-PJ. Sexto. Que, los resultados obtenidos por la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico, que promueve la implementación del Expediente Judicial Electrónico y cuyos objetivos están enmarcados en el Plan Estratégico Institucional (PEI) 2021-2030, se enlazan con las Políticas Públicas Nacionales: La Política General de Gobierno para el período 2021-2026 (D.S. Nº 164-2021-PCM), en lo referente a impulsar el Gobierno y Transformación Digital con Equidad, la Política Nacional de Competitividad y Productividad 2019-2030 (D.S. Nº 345-2018-EF), el Plan Nacional de Competitividad y Productividad al 2030 (D.S. Nº 237-2019-EF), la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública (D.S. Nº 004-2013-PCM) y la Estrategia Nacional de Implementación del Sistema Nacional Especializado de Justicia para la Protección y Sanción de la violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar 2021-2026 (D.S. Nº 011-2021-MIMP). La Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico es también cooperante activo en la implementación de la Política Pública de Reforma del Sistema de Justicia en el Poder Judicial (Resolución Administrativa Nº 338-2022-CE-PJ). Sétimo. Que, en cumplimiento a lo dispuesto por el Consejo Ejecutivo en el marco de la Resolución Administrativa Nº 000139-2023-CE-PJ, la Secretaria Técnica de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico ha elaborado el Informe Nº 045-2023-ST-CT-EJE-PJ, teniendo como sustento el O fi cio Nº 001136-2023-GI-GG-PJ y el O fi cio Nº 001373-2023-GI- GG-PJ de la Gerencia de Informática que gestionan el Informe Nº 000107-2023-CPY-SDSI-GI-GG-PJ y el Informe Nº 000151-2023-CPY-SDSI-GI-GG-PJ, respectivamente, mediante los cuales el Gerente de Informática de la Gerencia General informa respecto a las acciones realizadas en el marco de la ampliación de la implementación del Expediente Judicial Electrónico en la Corte Superior de Justicia de Puente Piedra – Ventanilla en la especialidad civil – Litigación Oral. Adicionalmente la Gerencia de Servicios Judiciales y Recaudación mediante el O fi cio Nº 000206-2023-GSJR-GG-PJ indica que no resulta necesario el redimensionamiento de la Mesa de Partes Física para la atención de ingresos de documentos, así como, con fi rma el alcance para la ampliación de la implementación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) en la especialidad civil, bajo los alcances de la Oralidad Civil en la Corte Superior de Justicia de Puente Piedra – Ventanilla, al Juzgado Civil Transitorio de la citada Sede Judicial. Al respecto, la Presidencia de la mencionada Corte Superior mediante el Proveído Nº 000455-2023-P-CSJPPV-PJ brinda conformidad a los precitados informes, así como, a la fecha de puesta en producción e inauguración correspondiente. Octavo. Que, existiendo la necesidad de continuar con las implementaciones del Expediente Judicial Electrónico, como parte de las acciones de fortalecimiento de transformación digital, y estando en ejecución las actividades correspondientes al Plan Operativo Institucional del Expediente Judicial Electrónico (POI) y Plan de Actividades de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico para el periodo 2023, se propone iniciar la ampliación de la implementación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) y la Mesa de Partes Electrónica (MPE), para la especialidad civil – Litigación Oral en la Corte Superior de Justicia de Puente Piedra – Ventanilla. Noveno. Que, el artículo 82°, inciso 26, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial establece que es atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, emitir acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias judiciales del Poder Judicial funcionen con celeridad y e fi ciencia. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo Nº 1280- 2023 de la trigésima primera sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 2 de agosto de 2023, realizada con la participación de los señores Arévalo Vela, Lama More, Arias Lazarte, Álvarez Trujillo, señora Medina Jiménez y señor Espinoza Santillán; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE:Artículo Primero.- Disponer la ampliación de la implementación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) y la Mesa de Partes Electrónica (MPE), a partir del 7 de agosto de 2023, en órganos jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de Puente Piedra – Ventanilla, que atienden procesos de la especialidad civil bajo el alcance de la Oralidad Civil, conforme al detalle siguiente: Sede CISAJ, ubicada en Mz. L1, Lote 8, AA.HH. Bella Aurora, Puente Piedra, Alt. Km. 35.5 – Panamericana Norte - Juzgado Civil Permanente de Puente PiedraLa ceremonia de inauguración, se realizará el 10 de agosto de 2023 Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia General del Poder Judicial; así como a la Corte Superior de Justicia de Puente Piedra – Ventanilla, en cuanto sea su competencia, realicen las acciones administrativas necesarias para el cumplimiento de la disposición establecida en la presente resolución. Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución a la O fi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico, Equipo Técnico Institucional de Implementación de Oralidad Civil, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Puente Piedra – Ventanilla; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.JAVIER ARÉVALO VELA Presidente 2201995-1 Declaran fechas de inicio de funcionamiento de órganos jurisdiccionales permanentes, creados mediante Res. Adm. N° 000436-2022-CE-PJ y su modificatoria Consejo Ejecutivo RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000327-2023-CE-PJ Lima, 3 de agosto del 2023 VISTO: El O fi cio Nº 000687-2023-OPJ-CNPJ-CE-PJ, cursado por el jefe de la O fi cina de Productividad Judicial. CONSIDERANDO: Primero. Que, mediante Resoluciones Administrativas Nros. 000177-2023-CE-PJ, 000190-2023-CE- PJ, 000195-2023-CE-PJ y 000200-2023-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso que las