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21 NORMAS LEGALES Domingo 6 de agosto de 2023 El Peruano / resolución, salvo que un magistrado titular deba ser designado en dichas plazas fi scales o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente. Artículo Cuarto.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Segunda Fiscalía Suprema Transitoria Especializada en Delitos Cometidos por Funcionarios Públicos, Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales de Áncash y Lima Centro, Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios, Gerencia General, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano y a la fi scal mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese.LIZ PATRICIA BENAVIDES VARGAS Fiscal de la Nación 2202470-1 Nombran Fiscales Adjuntos Provinciales Provisionales del Distrito Fiscal de Lima Centro, designándolos en el Despacho de la Coordinación de la Fiscalía Superior Penal Nacional y Fiscalías Penales Supraprovinciales Especializadas en Derechos Humanos e Interculturalidad, y destacándolos para que presten apoyo a los diversos despachos del citado subsistema RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 1922-2023-MP-FN Lima, 4 de agosto de 2023VISTA: La Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 045-2023-MP-FN-JFS, de fecha 03 de julio de 2023. CONSIDERANDO:Mediante la Resolución de vista, se resolvió entre otros, crear una (01) plaza de Fiscal Superior, dos (02) plazas de Fiscales Adjuntos Superiores, tres (03) plazas de Fiscales Provinciales, treinta (30) plazas de Fiscales Adjuntos Provinciales y veintiún (21) plazas de Fiscales Adjuntos Provinciales con carácter transitorio que integrarán la Coordinación Nacional. Por Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 008-2023-MP-FN-JFS, de fecha 09 de enero de 2023, entre otros, se resolvió dividir la Fiscalía Superior Nacional y Fiscalías Penales Supraprovinciales Especializadas en Derechos Humanos, Interculturalidad y Delitos de Terrorismo en Fiscalía Superior Penal Nacional y Fiscalías Penales Supraprovinciales Especializadas en Derechos Humanos e Interculturalidad; y, Fiscalía Superior Penal Nacional y Fiscalías Penales Supraprovinciales Especializadas en Delitos de Terrorismo y delitos conexos. En esa línea, mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 499-2023-MP-FN, de fecha 27 de febrero de 2023, entre otros, se dispuso designar a la abogada Marena Mendoza Sánchez, Fiscal Superior Titular Civil de La Libertad, Distrito Fiscal de La Libertad, como Coordinadora de la Fiscalía Superior Penal Nacional y Fiscalías Penales Supraprovinciales Especializadas en Derechos Humanos e Interculturalidad Mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 078-2023-MP-FN, de fecha 12 de enero de 2023, se dispuso en su oportunidad, entre otros, asignar de manera temporal, tres (03) plazas de Fiscal Adjunto Provincial a nivel nacional, creadas mediante Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 087-2021-MP-FN-JFS, de fecha 15 de diciembre de 2021, al Despacho de la Coordinación de la Fiscalía Superior Penal Nacional y Fiscalías Penales Supraprovinciales Especializadas en Derechos Humanos e Interculturalidad. Asimismo, mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 094-2023-MP-FN, de fecha 12 de enero de 2023, se dispuso en su oportunidad, entre otros, asignar de manera temporal, seis (06) plazas de Fiscal Adjunto Provincial a nivel nacional, creadas mediante Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 087-2021-MP-FN-JFS, de fecha 15 de diciembre de 2021, al Despacho de la Coordinación de la Fiscalía Superior Penal Nacional y Fiscalías Penales Supraprovinciales Especializadas en Derechos Humanos e Interculturalidad. Sin embargo, mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 792-2023-MP-FN, de fecha 31 de marzo de 2023, se dispuso dar por concluida la asignación de cuatro (04) plazas de Fiscal Adjunto Provincial a nivel nacional, del Despacho de la Coordinación antes mencionada. En aras de contar con fi scalías especializadas en la investigación en materia de derechos humanos e interculturalidad, y en respuesta al requerimiento de una demanda adicional para fortalecer el nuevo subsistema especializado en Derechos Humanos e Interculturalidad efectuada por el Ministerio Público mediante o fi cio Nº 57-2023-MP-FN, se publicó en el Diario O fi cial “El Peruano” el 4 de junio de 2023, el Decreto Supremo Nº 109-2023-EF, mediante el cual se autorizó la Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2023, a favor del Ministerio Público, para fi nanciar gastos asociados a la creación de despachos fi scales de derechos humanos e interculturalidad, permitiéndose así la creación de plazas fi scales conforme a lo señalado en la resolución de vista. Que, el numeral 3 del artículo 65º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, modi fi cado por Ley Nº 31718, señala que corresponde a la Fiscal de la Nación el nombramiento de los fi scales provisionales de todos los niveles, siguiendo los criterios establecidos en la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, como son el orden de antigüedad, especialidad y experiencia en las funciones a desempeñar. Asimismo, según el numeral 4 del citado artículo la Fiscalía de la Nación tiene entre sus atribuciones la designación, según corresponda, de los fi scales titulares y provisionales en el órgano fi scal respectivo o plaza especí fi ca sobre la base del desempeño, experiencia y otros. Que, según el numeral 64.2 de la ley Nº 30483, también modi fi cada mediante Ley Nº 31718, establece que los fi scales provisionales son aquellos fi scales titulares que ocupan en caso de vacancia, licencia o impedimento el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen con los requisitos para el nivel que se les designa. Así, el Tribunal Constitucional en reiterada jurisprudencia ha manifestado que, la “suplencia o provisionalidad como tal, constituye una situación que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no tiene titularidad alguna”; ello se complementa con el fundamento de que la incorporación a la carrera fi scal de los fi scales provisionales no titulares, no se ha efectuado conforme a lo establecido en los artículos 150º y 154º de la Constitución Política del Perú; por lo cual la provisionalidad de los fi scales tiene naturaleza temporal. Con o fi cios Nros. 2280 y 2339-2023-MP-FN-CFSN- FPS-DHI, la abogada Marena Mendoza Sánchez, en su condición de Coordinadora de la Fiscalía Superior Penal Nacional y Fiscalías Penales Supraprovinciales Especializadas en Derechos Humanos e Interculturalidad, eleva las propuestas respectivas para ocupar las plazas de Fiscales Adjuntos Provinciales señaladas en el primer párrafo de la parte considerativa; asimismo, requiere el destaque del personal fi scal que se nombre para que presten apoyo a los diversos despachos del citado subsistema. Que, la Fiscal de la Nación como titular de la institución es la responsable de dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público; por lo que, con la fi nalidad de integrar la Coordinación de la Fiscalía Superior Penal Nacional y Fiscalías Penales Supraprovinciales Especializadas en Derechos Humanos e Interculturalidad, para el cumplimiento de sus funciones, se hace oportuno, en mérito al marco normativo señalado y previa veri fi cación de los requisitos de ley, nombrar y designar al personal fi scal que ocupe provisionalmente los cargos de Fiscales Adjuntos