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37 NORMAS LEGALES Domingo 6 de agosto de 2023 El Peruano / Motorizados y No Motorizados, dentro de la jurisdicción del distrito de Carmen de la Legua Reynoso; asimismo, establecer la regulación de los procedimientos administrativos para el otorgamiento de los títulos habilitantes y establecer el régimen sancionador aplicable ante los incumplimientos de la presente ordenanza. Artículo Segundo.- FINALIDAD La presente Ordenanza tiene como fi nalidad garantizar las condiciones de idoneidad en la prestación del Servicio de Transporte Público Especial de Pasajeros y Carga en Vehículos Menores Motorizados y No Motorizados en el Distrito de Carmen de la Legua Reynoso, fomentando el uso racional de la infraestructura de transporte, la movilidad sostenible, la mejora del servicio y de la calidad de vida de los usuarios; así como el brindar las condiciones de seguridad física y sanitaria de los ciudadanos, durante la prestación del Servicio de Transporte Público Especial de Pasajeros y Carga en Vehículos Menores. Artículo Tercero.- ALCANCE La presente Ordenanza Municipal tiene alcance en el territorio del Distrito de Carmen de la Legua Reynoso; en consecuencia, su cumplimiento es obligatorio para todas las personas jurídicas, propietarios y conductores que prestan el Servicio de Transporte Público Especial de Pasajeros y Carga en Vehículos Menores Motorizados y No Motorizados. Artículo Cuarto.- BASE LEGALa) Constitución Política del Perú y sus modi fi catorias b) Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972.c) TUO de la Ley N° 27444 – Ley de Procedimientos Administrativos d) Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, Ley Nº 27181 e) Decreto Legislativo N° 1406 – Decreto Legislativo que modi fi ca la Ley N° 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre. f) Ley Nª 27181 – Ley de Transporte Público Especial de Pasajeros de Vehículos Menores g) D.S. N° 016-2009-MTC -Texto Único Ordenado del Reglamento Nacional de Transito – Código de Tránsito y sus modi fi catorias. h) Decreto Supremo N° 007-2016-MTC, Reglamento Nacional de Licencias de Conducir y sus modi fi catorias. i) D.S. N° 055-2010-MTC – Reglamento Nacional de Transporte Público de Pasajeros de Vehículos Motorizados o No Motorizados. j) D.S. N° 040-2006-MTC – Reglamento de Supervisión de las Asociaciones de fondos Regionales o Provinciales contra accidentes de tránsito (AFOCAT) y de funcionamiento de la central de riesgos de siniestralidad derivada de accidentes de tránsito. k) D.S. N° 025-2008-MTC, Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares y modi fi catorias. l) D.S. N° 017-2008-MTC, Reglamento Nacional de Rodaje m) D.S. N° 058-2003-MTC, Reglamento Nacional de Vehículos y sus modi fi catorias n) D.S. N° 004-2020-MTC, Reglamento de Procedimiento Administrativo Sancionador Especial de Tramitación Sumaria en materia de transporte y tránsito terrestre y sus servicios complementarios. o) RM N° 018-2016-MTC, Manual de dispositivos de control de tránsito para calles y carreteras. Artículo Quinto.- ABREVIATURAS Para los fi nes de aplicación de la presente Ordenanza, se entiende por: a) GSCT: Gerencia de Seguridad Ciudadana y Transporte b) SGT: Subgerencia de Transportec) CAT: Certi fi cado contra Accidentes de Tránsito d) CITV: Certi fi cado de Inspección Técnica Vehicular e) MTC: Ministerio de Transportes y Comunicacionesf) NTP: Norma Técnica Peruanag) PNP: Policía Nacional del Perúh) RNV: Reglamento Nacional de Vehículosi) SOAT: Seguro obligatorio contra Accidentes de Tránsito. Artículo Sexto.- DEFINICIONES En la aplicación de la presente Ordenanza Municipal se entiende por: a) Acción de Control: Es la actividad de fi scalización que realiza la Sub Gerencia de Transporte de la Municipalidad Distrital de Carmen de la Legua Reynoso, a través del cuerpo de Inspectores Municipales de Transporte, funcionario competente o a través de entidades privadas debidamente autorizadas, respecto a la prestación del transporte público. La acción de control tiene por objeto verifi car el cumplimiento de las disposiciones municipales vigentes, resolución de autorización, entre otras. b) Acta de Fiscalización: Documento numerado, suscrito por el Inspector Municipal de Transporte o funcionario competente, en el cual constarán los resultados de la acción de fi scalización de campo y/o gabinete, pudiendo realizarla mediante medios electrónicos, computarizados o digitales, etc. Este documento indicará la contravención a las disposiciones legales sobre la materia, dándose inicio al procedimiento administrativo sancionador. c) Acta de Disposición de Vehículo Menor: Acta mediante la cual el Inspector de Transporte ejecuta la medida preventiva y/o correctiva de internamiento de vehículo menor al depósito municipal según lo dispuesto en el Cuadro de Infracciones y Sanciones; de la misma manera, es el documento mediante el cual se dispone la liberación de vehículo internado, previo cumplimiento de los requisitos exigidos en el presente Reglamento. d) Acuerdo de régimen de gestión común: Es el acto mediante el cual distritos contiguos establecen los términos de gestión que deberá cumplir la prestación del servicio especial comunes que se ejerzan en sus territorios. La existencia del régimen común no faculta a la Municipalidad distrital a otorgar permisos de operación en ámbitos territoriales fuera de su territorio. e) Constancia o Certi fi cado de haber aprobado el curso de educación vial: Documento que acredita que el conductor ha cursado satisfactoriamente el curso de educación vial anual, el mismo que será emitido por la institución que dicto dicho curso, previa visación de la Sub-Gerencia de Transporte. f) Conductor del servicio especial: Es la persona natural, titular de una licencia de conducir vigente de acuerdo a la clase y categoría exigida, que ha aprobado el curso de Educación Vial y se encuentra habilitado para conducir un vehículo destinado a la prestación del servicio especial, de acuerdo a la normativa vigente. g) Constatación de características: Revisión que realiza la Subgerencia de Transporte de la Municipalidad Distrital de Carmen de la Legua Reynoso, respecto al cumplimiento de las condiciones técnicas - operacionales de las unidades vehiculares (moto taxis), tales como logotipo, numero de padrón, etc., necesarias para brindar servicio especial y obtener autorización como vehículo de transporte de servicio especial habilitado. h) Curso de educación vial: Capacitación anual y obligatoria en materia de transporte y tránsito que reciben los conductores de los vehículos habilitados que prestan el servicio especial, dictadas por las instituciones especializadas, la misma que será autorizada y supervisada por la Subgerencia Transporte de la Municipalidad Distrital de Carmen de la Legua Reynoso. i) Depósito municipal vehicular: Local autorizado por la Municipalidad Distrital de Carmen de la Legua Reynoso, destinado para el internamiento temporal de vehículos que prestan servicio especial, de acuerdo con lo establecido en la norma vigente. j) Fiscalización de campo: Esta acción de supervisión y control realizada por el Inspector Municipal de Transporte, funcionario competente o personal designado para dicha labor, sobre el vehículo, persona jurídica o conductor; con el objeto de veri fi car el cumplimiento de las disposiciones establecidas en la presente Ordenanza y sus normas complementarias, detectando infracciones y adoptando, cuando corresponda, las medidas preventivas y correctivas. k) Fiscalización de gabinete: Es la evaluación, revisión o veri fi cación realizada por la Subgerencia de