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35 NORMAS LEGALES Domingo 6 de agosto de 2023 El Peruano / 3. Los espacios en donde se realice cuidados y tratamientos de servicios de urgencia médica. 4. Cualquier otra zona que por su función deba mantener condiciones estrictas de higiene. TÍTULO XI ACCIONES EDUCATIVAS INMEDIATAS Artículo Vigésimo Cuarto.- PROMOVER LA PARTICIPACION CIUDADANA Y COMPROMISO MULTISECTORIAL. Con instituciones educativas, juntas vecinales, empresas, Asociaciones de Protección Animal, organismos estatales de salud y medio ambiente (MINSA, DIGESA, DIRESA) entre otros, a través de convenios que favorezcan a ambas partes. Artículo Vigésimo Quinto.- TRABAJAR DE LA MANO CON AGRUPACIONES PROTECTORAS DE ANIMALES. En cuanto ayudarán en la PROMOCIÓN de tenencia responsable y GESTIÓN de adopciones, resultando una base importante, el registro de sus miembros en expedientes del Programa de Tenencia Responsable de canes y felinos. Artículo Vigésimo Sexto.- CONTRIBUIR A LA PREVENCIÓN DE ZOONOSIS Y ACCIDENTES POR MORDEDURAS. En tal sentido se puede trabajar mediante talleres y charlas virtuales a los profesores y alumnos de los centros educativos, así como también hacer entrega de INSTRUCTIVOS VIRTUALES PARA PROPIETARIOS DE CANES Y/O FELINOS.Artículo Vigésimo Séptimo.- EVALUAR, DESARROLLAR Y EJECUTAR CONVENIOS CON INSTITUCIONES PÚBLICAS Y/O PRIVADAS. Que favorezcan las condiciones de control poblacional canino y felino en el distrito, toda vez que el cumplimiento del acuerdo se encuentre dentro de las posibilidades municipales. DISPOSICIONES FINALES Artículo Primero.- El ámbito de aplicación de la presente ordenanza se circunscribe a la jurisdicción del distrito de Carmen de la Legua - Reynoso. Artículo Segundo.- El cumplimiento de la presente Ordenanza estará a cargo de la Gerencia de Sanidad y Desarrollo Ambiental. Artículo Tercero.- La Sub Gerencia de Serenazqo y la Sub Gerencia de Fiscalización está obligada a prestar apoyo técnico y de personal para la realización del procedimiento de fiscalización, cuando así lo requiera la Gerencia de Desarrollo Ambiental bajo responsabilidad. De ser necesario, la Gerencia de Desarrollo Ambiental solicitara el auxilio de la Policía Nacional, conforme a lo establecido en la Ley Nº27972 - Ley Orgánica de Municipal. Artículo Cuarto.- Agréguese al cuadro único de infracciones y sanciones y al REGLAMENTO DE APLICACIÓN DE SANCIONES ADMINISTRATIVAS (RASA) de la Municipalidad Distrital de Carmen de la Legua Reynoso, aprobado por la Ordenanza Nº 005-2020-MDCLR, publicado en el Diario O fi cial “El Peruano el 16 de febrero del 2020, la infracción, multa y medida complementaria siguiente: CUADRO DE INFRACCIONES Y SANCIONES CODIGO INFRACCION GRAVEDAD UITMEDIDA COMPLEMENTARIA 30017Por no contar con el microchip o collar identi fi cativo donde se permita su adecuada y rápida identi fi cación, así como la de su propietario o poseedor y el registro clínico veterinario del mismo.L 10% RETENCION 30018Por apertura un establecimiento sin contar con la respectiva licencia de funcionamiento en los centros de Adiestramiento.G 100% CLAUSULA TEMPORAL Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Desarrollo Ambiental y a la Sub Gerencia de Sanidad Y Gestión Ambiental, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Artículo Sexto.- ENCARGAR a Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el “Diario O fi cial El Peruano” y a la Subgerencia de Tecnología de la Información en la Página Web del Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Carmen de la Legua Reynoso. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.EDWARDS JAVIER INFANTE LÓPEZ Alcalde 2202400-1 Ordenanza que regula el servicio de transporte público especial de pasajeros y carga en vehículos menores motorizados y no motorizados en el distrito de Carmen de la Legua Reynoso ORDENANZA MUNICIPAL N° 010-2023-MDCLR Carmen de la Legua Reynoso, 4 de julio del 2023 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CARMEN DE LA LEGUA REYNOSOVISTO: En Sesión Extra Ordinaria de Concejo Nº 006-2023 de fecha 04 de julio de 2023, Informe N° 108-2023-SGT-GSCT/MDCLR de fecha 04 de mayo de 2023, emitido por la Sub Gerencia de Transporte, Informe Técnico N° 016-2023-GPP/MDCLR de fecha 20 de junio del 2023, emitido por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, Informe N° 277-2023-MDCLR/GAJ de fecha 28 de junio del 2023, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, Memorando N° 247-2023-GM/MDCLR de fecha 03 de julio de 2023, emitido por la Gerencia Municipal, sobre “REGLAMENTO DE EMPADRONAMIENTO AL SERVICIO DE TRANSPORTE EN VEHÍCULOS MENORES NO AUTORIZADOS”, y;