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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE AGOSTO DEL AÑO 2023 (06/08/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 25

25 NORMAS LEGALES Domingo 6 de agosto de 2023 El Peruano / proceda con la asignación del seguro de viaje por la suma de US$ 60,00. Artículo Tercero.- Disponer que d entro de los diez (10) días calendario siguientes de efectuada la comisión de servicios, la fi scal mencionada en el artículo primero de la presente resolución, deberá presentar al Despacho de la Fiscalía de la Nación un informe detallado en el que se describan las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante la citada comisión materia de la resolución. Artículo Cuarto.- Disponer la noti fi cación de la presente resolución a la Ofi cina de Cooperación Judicial Internacional y Extradiciones, Secretaría General de la Fiscalía de la Nación, Gerencia General, O fi cina de Finanzas, O fi cina General de Asesoría Jurídica, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y a la interesada , para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.LIZ PATRICIA BENAVIDES VARGAS Fiscal de la Nación 2202495-1 Nombran Fiscal Provincial y Fiscal Adjunto Provisional Transitorio del Distrito Fiscal de Lima Centro, designándolos en el Área Especializada en Enriquecimiento Ilícito y Denuncias Constitucionales; y dictan otras disposiciones RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 1936-2023-MP-FN Lima, 5 de agosto de 2023VISTO Y CONSIDERANDO: Los documentos de fechas 04 y 05 de agosto de 2023, cursados por el abogado Hernán Wilfredo Mendoza Salvador, Fiscal Adjunto Supremo Provisional, Adscrito al Despacho de la Fiscalía de la Nación, en el Área Especializada en Enriquecimiento Ilícito y Denuncias Constitucionales, Coordinador del Área Especializada en Enriquecimiento Ilícito, mediante los cuales solicita el nombramiento de un Fiscal Provincial, formulando la propuesta respectiva. Mediante la Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 046-2023-MP-FN-JFS, de fecha 03 de julio de 2023, se dispuso, entre otros, la creación de cuatro (04) plazas de fi scales superiores, seis (06) plazas de fi scales adjuntos superiores, treinta y seis (36) plazas de fi scales provinciales y doce (12) plazas de fi scales adjuntos provinciales, todas con carácter transitorio, para el fortalecimiento de los despachos fi scales de las fi scalías superiores y de las fi scalías provinciales penales corporativas de los distritos fi scales implementados con el Nuevo Código Procesal Penal. El numeral 3 del artículo 65º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, modi fi cado por Ley Nº 31718, señala que corresponde a la Fiscal de la Nación el nombramiento de los fi scales provisionales de todos los niveles, siguiendo los criterios establecidos en la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, como son el orden de antigüedad, especialidad y experiencia en las funciones a desempeñar. Asimismo, según el numeral 4 del citado artículo la Fiscalía de la Nación tiene entre sus atribuciones la designación, según corresponda, de los fi scales titulares y provisionales en el órgano fi scal respectivo o plaza especí fi ca sobre la base del desempeño, experiencia y otros. Según el numeral 64.2 de la Ley Nº 30483, también modi fi cada mediante Ley Nº 31718, establece que los fi scales provisionales son aquellos fi scales titulares que ocupan en caso de vacancia, licencia o impedimento el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen con los requisitos para el nivel que se les designa. Así, el Tribunal Constitucional en reiterada jurisprudencia ha manifestado que, la “suplencia o provisionalidad como tal, constituye una situación que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no tiene titularidad alguna” ; ello se complementa con el fundamento de que la incorporación a la carrera fi scal de los fi scales provisionales no titulares, no se ha efectuado conforme a lo establecido en los artículos 150 y 154 de la Constitución Política del Perú; por lo cual la provisionalidad de los fi scales tiene naturaleza temporal. La Fiscal de la Nación como titular de la institución es la responsable de dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público; por lo que, con la fi nalidad de coadyuvar con la labor fi scal, se hace oportuno en mérito al marco normativo señalado asignar una (01) plaza de Fiscal Provincial Transitoria al Área Especializada en Enriquecimiento Ilícito y Denuncias Constitucionales; asimismo, previa veri fi cación de los requisitos de ley, nombrar y designar al Fiscal Provincial Provisional Transitorio que ocupe provisionalmente el cargo antes mencionado, así como al Fiscal Adjunto Provincial, cuya plaza se va a generar en virtud al nombramiento antes mencionado, nombramientos y designaciones que tendrán vigencia a partir de la fecha de su juramentación y hasta el 30 de septiembre de 2023, según corresponda, salvo que algún magistrado titular deba ser designado en alguna de dichas plazas fi scales o se presente algún supuesto que amerite sus conclusiones de acuerdo con la normatividad vigente. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 65 del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, modi fi cado por la Ley Nº 31718. SE RESUELVE:Artículo Primero.- Asignar, de manera temporal, una (01) plaza de Fiscal Provincial Transitoria, creada mediante Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 046-2023-MP-FN-JFS, de fecha 03 de julio de 2023, al Área Especializada en Enriquecimiento Ilícito y Denuncias Constitucionales. Artículo Segundo.- Dar por concluido el nombramiento del abogado Walter Arnaldo Giles Paucar, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional Transitorio del Distrito Fiscal de Lima Centro, y su designación en el Área Especializada en Enriquecimiento Ilícito y Denuncias Constitucionales, así como las prórrogas de sus vigencias, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nros. 1530-2022-MP-FN y 1563-2023-MP-FN, de fechas 22 de julio de 2022 y 28 de junio de 2023, respectivamente. Artículo Tercero.- Nombrar al abogado Walter Arnaldo Giles Paucar, como Fiscal Provincial Provisional Transitorio del Distrito Fiscal de Lima Centro, designándolo en el Área Especializada en Enriquecimiento Ilícito y Denuncias Constitucionales, con reserva de su plaza de origen. Artículo Cuarto.- Nombrar al abogado Roger Armas Sánchez, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional Transitorio del Distrito Fiscal de Lima Centro, designándolo en el Área Especializada en Enriquecimiento Ilícito y Denuncias Constitucionales. Artículo Quinto.- Disponer que el nombramiento y designación de manera temporal del personal fi scal señalado en el artículo tercero, tengan vigencia a partir de la fecha de su juramentación y hasta el 30 de septiembre de 2023, en mérito a lo señalado en la parte considerativa de la presente resolución y a lo dispuesto por la Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 046-2023-MP-FN-JFS, de fecha 03 de julio de 2023, salvo que algún magistrado titular deba ser designado en dicha plaza fi scal o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente. Artículo Sexto.- Disponer que el nombramiento y designación de manera temporal del personal fi scal señalado en el artículo cuarto, tengan vigencia a partir de la fecha de su juramentación y hasta el 30 de septiembre de 2023, en mérito a lo señalado en la parte considerativa de la presente resolución y a lo dispuesto por la Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 185-2022-MP-FN-JFS, de fecha 16 de diciembre de 2022, salvo que algún