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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE AGOSTO DEL AÑO 2023 (18/08/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 30

30 NORMAS LEGALES Viernes 18 de agosto de 2023 El Peruano / y/o entrenamiento, participar en el apoyo al control del orden interno, apoyo social a nivel nacional en caso de desastres naturales (actualmente desbordes de ríos y sus a fl uentes) y del misionamiento encomendado por el Alto Mando Militar; asimismo, la ubicación geográ fi ca de las instalaciones permiten que éstas abastezcan de combustible a las unidades y dependencias en la zona norte, centro y noreste del país; Que, posteriormente, mediante O fi cio N° 02349-2023-MINDEF/VDR de fecha 21 de julio de 2023, el Ministerio de Defensa remite el Cronograma de Actividades de la Fuerza Aérea del Perú, de la Marina de Guerra del Perú y del Ejército del Perú; así como, copia de las Pólizas de Seguros que cubre cada Institución Armada; a fi n de iniciar el correspondiente procedimiento para el dictado de medidas de excepción; Que, mediante Informe Técnico Legal N° 1560-2023- OS/DSR, la División de Supervisión Regional señala que, realizadas las acciones de fi scalización por la O fi cina Regional Piura, se emitieron los siguientes Informes de Fiscalización: i) Informe de Fiscalización N° 17684-2022-OS/OR PIURA del 04 de agosto de 2023, que concluye que la instalación de la FUERZA AÉREA DEL PERÚ – GRUPO AEREO N° 7, cumple con las condiciones mínimas de seguridad para desarrollar la actividad de Consumidor Directo de Combustibles Líquidos con instalaciones Estratégicas de Turbo A1 y Diésel B5 S50. ii) Informe de Fiscalización N° 17688-2022-OS/OR PIURA del 04 de agosto, que concluye que la MARINA DE GUERRA DEL PERÚ - COMANDANCIA DE LA ESTACIÓN NAVAL DE PAITA, cumple con las condiciones mínimas de seguridad para desarrollar la actividad de Consumidor Directo Estratégico de Diésel B5 S50. Que, teniendo en cuenta los citados informes de fi scalización emitidos por la O fi cina Regional Piura, así como los cronogramas de actividades para presentar la correspondiente solicitud de inscripción en el Registro de Hidrocarburos y las pólizas de seguro alcanzadas a Osinergmin; en el Informe Técnico Legal N° 1560-2023-OS/DSR se concluye que se cumplen los presupuestos para el otorgamiento de una medida transitoria de excepción de la obligación de inscripción en el Registro de Hidrocarburos, a fi n de realizar actividades como Consumidor Directo con Instalaciones estratégicas, respecto de las instalaciones de la FUERZA AÉREA DEL PERÚ – GRUPO AEREO N° 7 y la MARINA DE GUERRA DEL PERÚ - COMANDANCIA DE LA ESTACIÓN NAVAL DE PAITA; Que, en este orden de ideas, y en cumplimiento del artículo 1° del Decreto Supremo N° 063-2010-EM, el citado Informe recomienda se otorgue la excepción de inscripción en el Registro de Hidrocarburos por el plazo de un (01) año, y se permita el acceso al Sistema de Control de Órdenes de Pedido (SCOP) a la FUERZA AÉREA DEL PERÚ – GRUPO AEREO N° 7 para adquirir y almacenar Turbo A1 y Diésel B5 S50 y a la MARINA DE GUERRA DEL PERÚ - COMANDANCIA DE LA ESTACIÓN NAVAL DE PAITA para adquirir y almacenar Diésel B5 S50, durante el plazo de la excepción; Que, de acuerdo con lo dispuesto en el literal c) del numeral 3.1 del artículo 3° de la Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, Ley N° 27332, modi fi cado por Ley N° 27631, la Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos; así como el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 063-2010-EM y modi fi catorias; Estando a lo acordado por el Consejo Directivo del Osinergmin en su Sesión N° 25-2023; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Otorgar medida transitoria de excepción Otorgar la medida transitoria de excepción, a favor de la Fuerza Aérea del Perú y la Marina de Guerra del Perú, de la obligación de inscripción en el Registro de Hidrocarburos a fi n de realizar actividades en calidad de Consumidor Directo con Instalaciones estratégicas en las instalaciones Grupo Aéreo N° 7 (Turbo A1 y Diésel B5 S50) y la Comandancia de la Estación Naval de Paita (Diésel B5 S50), respectivamente, por el plazo de un año (01) desde la entrada en vigencia de la presente resolución. Artículo 2°.- Incorporación al SCOP Incorporar el acceso al Sistema de Control de Órdenes de Pedido (SCOP), por parte de la Fuerza Aérea del Perú – Grupo Aéreo N° 7 para adquirir y almacenar Turbo A1 y Diésel B5 S50, y la Marina de Guerra del Perú - Comandancia de la Estación Naval de Paita, para adquirir y almacenar Diésel B5 S50, durante el plazo de la excepción. Artículo 3°.- Condiciones Especí fi cas Disponer que, a efectos de conservar la excepción, así como el acceso al SCOP, la Fuerza Aérea del Perú y la Marina de Guerra del Perú deberán mantener una Póliza de Seguro de Responsabilidad Civil Extracontractual por 100 UIT vigente durante el plazo de excepción. Artículo 4°.- Facultades de Osinergmin La medida dispuesta en el artículo 1° de la presente resolución, no exime a Osinergmin de su facultad para disponer las medidas administrativas correspondientes en caso de veri fi carse que, las actividades que desarrollen la Fuerza Aérea del Perú y la Marina de Guerra del Perú generan inminente peligro o grave riesgo a la vida o la salud de las personas. Artículo 5.- Vigencia La presente resolución entra en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el diario o fi cial El Peruano. Artículo 6°.- Publicación Publicar la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano y en el portal institucional de Osinergmin (www.gob.pe/osinergmin). OMAR CHAMBERGO RODRÍGUEZ Presidente del Consejo DirectivoOsinergmin 2206516-1 ORGANISMOS TÉCNICOS ESPECIALIZADOS CONSEJO NACIONAL DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN TECNOLÓGICA Aceptan renuncia y encargan funciones de la Sub Dirección de Innovación y Transferencia Tecnológica de la Dirección de Políticas y Programas de CTeI RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 103-2023-CONCYTEC-P Lima, 17 de agosto de 2023 VISTOS: La carta de renuncia presentada por la señora Liliam Lisett Cervantes Meneses; el Informe N° D000215-2023-CONCYTEC-DPP de la Dirección de Políticas y Programas de CTeI; el Informe N° D000462-2023-CONCYTEC-OGA-OP de la O fi cina de Personal, que cuenta con la conformidad de la O fi cina General de Administración a través del Memorando N° D000311-2023-CONCYTEC-OGA; y el Informe N° D000113-2023-CONCYTEC-OGAJ-EAF y el Memorando N° D000340-